Las asociaciones de la prensa de Andalucía y la FAPE rechazan una “peligrosa” sentencia que “amordaza” la libertad de prensa. La Audiencia Provincial de Huelva condena a una periodista onubense por “revelación de secretos” al hacer pública información sobre el caso de asesinato de Laura Huelmo. La sentencia establece que la periodista obtuvo información del sumario del caso y la difundió a través de artículos periodísticos. Los jueces consideran que algunos detalles revelados eran innecesarios. La periodista ha sido condenada a 2 años de cárcel
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etiquetas: libertad de prensa , sentencia , huelva
Hay que recordar que ningún derecho es absoluto porque pueden entrar en conflicto entre sí. En este caso el derecho a informar parece que entra en conflicto con el derecho a la dignidad de la victima.
Además, e insisto que no conozco este caso y por tanto no me refiero a él en particular, últimamente estamos pasando de la información al morbo, y eso no es periodismo.
La periodista condenada publica:
-las tres versiones que hasta ese momento había dado Bernardo Montoya, el asesino de Laura Luelmo
-detalle de las lesiones que tenía la víctima
-la última imagen de Laura Luelmo con vida
(A3 tiene publicada esta imagen ahora mismo www.antena3.com/programas/espejo-publico/noticias/foto-laura-luelmo-vi)
Si bien es necesario la protección de la intimidad, si esta necesita ser rota por motivos divulgativos.
Por ejemplo, si decides no contar que tienes VIH a la persona con la que te acuestas, estas en tu derecho, pero si le contagias estas cometiendo un delito.
La periodista se amparó en el secreto profesional para no revelar cómo accedió al contenido del sumario, según la sentencia.
ama (efe, diario de Sevilla)».
Estaría bien saber los datos que afectando a la intimidad sean totalmente ajenos a lo 'noticiable', para saber si esta sentencia se excede o no. Hay profesores de derecho que piensan que se excede.
elpais.com/sociedad/2023-07-03/primera-condena-de-carcel-a-una-periodi
Y estaría bien saber si dicha pena se impondría a periodistas de conocidos programas de tv que actúan de igual manera o incluso peor, aún sin saber que noticias dio esta periodista que no eran relevantes para estos jueces, motivados por el morbo
Las cosas no son blancas o negras tal cual, para eso necesitamos a los jueces.
De todas formas, no te quedes con un caso en concreto, que además, ya se protegió la intimidad en ese caso y amplia un poco mas la mira.
Yo hablo en forma general ni de este caso en concreto ni de ningún otro.
En un sumario hay mucha información sensible y no toda se puede publicar. Desde datos personales de los implicados (es un sumario, no una sentencia), detalles de la investigación que pueden comprometer la instrucción de todo el proceso, ...
Un profesional del periodismo debería saber valorar qué se puede publicar (y cómo) y qué no y cuándo. Otra cosa es que en vez del titulo de periodismo renga una etiqueta de Anís del Mono, de toa la vida.
Y lo demás es eso, excusa. Como bien dices eso no se aplica cuando lo hacen los tertulianos de las noticias, sólo hay juicio si alguno se querella contra ellos.
cc #1
No creo que esto vaya de resguardar a la familia, sino de castigar una fuga de información.
En una sentencia tampoco publicas los datos personales, se les somete a un procedimiento de anonimizan.... (me resulta complicado, hasta escribirlo )
Pues si y así pasa luego, que luego lloran porque se meten con ellos, por no tener claro que publicar y que no.
Cuando debería ser de primero.
¿Aviso a
navegantesperiodistas?Las victimas de terrorismo tendrán alguna consideración que desconozco.