La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha autorizado el cierre temporal de las plantas eléctricas de ciclo combinado de Palos de la Frontera 1 y 3, Cartagena grupo 2 y 3 y Sagunto grupo 3, en los términos contenidos en la solicitud presentada el 25 de mayo de 2017 por Naturgy Generación S.L.U ante la Administración, lo que se puede generar un grave problema para la cobertura de la demanda eléctrica.
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Si es necesaria alguna, expropiese. El resto, su negocio sus riesgos.
Si lo publico funcionara y esas plantas no debían cerrarse mandando la negativa desde la administración no se cerrarían.
Eso sí, la electricidad de Marruecos, que allí sí contaminan importa un bledo.
.La forma jurídica de la empresa ya da pistas
elperiodicodelaenergia.com/el-cable-electrico-que-une-espana-y-marruec
En este caso el silencio administrativo es una negativa. Pero parece que al haber ocurrido dos silencios administrativos, el segundo lo interpretan distinto los jueces.
Ya dejando eso de lado, parece que Red eléctrica desmiente el titular de este meneo. Algo que también está en la decisión judicial:
"además, que, de acuerdo con Red Eléctrica (ahora Redeia), el cierre de esas centrales no pone en riesgo el suministro eléctrico."
elpais.com/economia/2023-11-10/el-supremo-da-la-razon-a-naturgy-y-auto