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El Supremo califica como accidente laboral el sufrido por una mariscadora gallega

El Tribunal Supremo ha confirmado que el accidente de tráfico sufrido por una mariscadora autónoma en el traslado del marisco desde la playa de extracción a la lonja debe ser considerado accidente laboral, porque es consecuencia directa e inmediata de su trabajo. El Supremo estima que forma parte de la actividad profesional propiamente dicha de la mariscadora, y no es una actividad complementaria e instrumental, como pretendía la Seguridad Social.

| etiquetas: accidente laboral , supremo , mariscadora
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  1. La Seguridad Social en su recurso de casación rechazaba que el accidente pudiese calificarse como de trabajo, ya que ocurrió durante una actividad instrumental o complementaria como, según su criterio, era el traslado del marisco a la lonja.

    Todo el mundo sabe que cuando recoges marisco este va andando solo hasta la lonja. Si lo llevas tú es porque quieres.
  2. Manda cojones que a estas alturas aun tengamos que soportar estas..No se como llamarlas
  3. Cuando la SS es tu enemigo y el Tribunal Supremo tu defensor, algo no funciona en el país
  4. #1 Parece que los de la Seguridad Social son unos percebes.
  5. Eso es porque han considerado que se trata de un accidente en intínere.
  6. Cualquier trabajador, por cuenta ajena, está portegido durante su desplazamiento al lugar de trabajo y después de salir, durante cierto tiempo. El problema con los autónomos, es que no tienen un horario fijo con el que demostrar que estaban trabajando y no camino de casa de su suegra.
  7. #4 Les amenazaremos con unas navajas :troll:
  8. El INSS esta judicializando cualquier disputa con los ciudadanos, a ver si los jueces tienen un poco de sentido común y les llaman al orden definitivamente, no es posible que un pensionista deba de reclamar judicialmente errores en el cálculo de su pensión, por ejemplo.
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menéame