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El Supremo impide que las empresas descuenten de la jornada laboral las pausas para ir al baño

El Tribunal Supremo considera que una empresa no puede repercutir en el teletrabajador los tiempos de interrupción de la red eléctrica o de desconexión a internet por causas ajenas a su voluntad, y tampoco considerar tiempo de descanso el necesario para acudir al aseo. En una sentencia fechada el pasado 19 S a la que ha tenido acceso la Agencia Efe, la sala de lo social concluye que la empresa no puede obligar al trabajador a recuperar esa parte de su jornada o reducirle el salario.

| etiquetas: supremo , impide , empresas , descuenten , jornada laboral , pausas ir al baño
  1. Es flipante que esta basura de cerdos esclavistas haya llegado hasta el tribunal supremo.
    Una vez me dijo mi jefe que tenía que ir al baño en el descanso del almuerzo. Me hinché a reír, se me hizo ameno aquel día. Desde entonces, tardaba cinco minutos más cuando iba al baño.
  2. #2 Muchas gracias. Por favor, algún @admin sería tan amble de descartame este envío que es duple.
  3. Sin leer la noticia ya sabía que era una empresa de call center, como no podía ser de otra manera, sicópatas esclavistas.
  4. #4 No alcanzo a entender cómo puede haberte bloqueado...
  5. #1 una empresa que se lo haya llegado a plantear merece una inspección detallada tanto laboral como fiscal.

    Seguro que algo encuentran.
  6. #7 y fecal.
  7. "en caso de producirse dentro de la jornada prestada en teletrabajo incidentes debidos a desconexiones que impidan la prestación, [..] la empresa puede o no computar ese tiempo efectivo de trabajo."
    Debo estar dormido. ¿puede o no puede? :-S
  8. #9: Eso está redactado un poco como el culo. Creo que ha querido decir que el TS ha entrado a valorar en la sentencia si una empresa puede dejar de computar esas ausencias para ir al baño como tiempo de trabajo efectivo.

    Y, a tenor de la misma, la respuesta es que no puede hacerlo.
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