El Tribunal Supremo no ve delito en que un médico consulte en la historia clínica la baja de un paciente sin su consentimiento. Esto dice una sentencia cuya ponente ha sido la jueza Carmen Lamela que corrige a la Audiencia Provincial de Ourense que condenó al sanitario a dos años y siete meses de prisión.
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O esta tía no se conoce la ley o prevarica, no hay otra
cegata perdidaciega, especialmente en España .El médico, aprovechando su condición de médico del Servicio Gallego de Salud y sin que existiera razón asistencial ni consentimiento ni conocimiento del afectado, accedió los días 23 y 29 de junio a la historia clínica de un paciente. La intención era conocer si tenía un parte de baja o no.