Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recuerdan que las cestas, regalos y otros tantos obsequios tributan como un incremento de patrimonio en la escala general del IRPF, por lo que el valor debe sumarse al resto de rendimientos percibidos durante el año a la hora de hacer la declaración. De esta forma, este tipo de obsequios deben declararse deduciendo la retención o el ingreso a cuenta, salvo las cestas que las empresas distribuyen a sus empleados que se consideran rentas del trabajo en especie.
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acatar/amarraros a las normas mínimas de una democracia cuando os interesa.Si la propia entradilla ya se contradice...
El chupa chup venía en un paquete con varios más. El paquete 3€. Debo calcular la parte proporcional del valor del chupa chup?
fdo: Nos la vais a chupar.
La diferencia es que si te la dan en tu trabajo se consideran renta del trabajo en especie, que va en otra casilla.
Así, en lugar de ganar la empresa un dinero, pagar el impuesto de sociedades, luego retirar él el beneficio y pagar supongo que un cuarenta y tantos de IRPF, es gasto para la empresa, que gana menos y evita todos esos impuestos.
No creo que sean nuestras mierdas de cestas de 50 euros las que preocupen a Hacienda, sino las que se dan los jefes a sí mismos, que igual son de 5000 €
Patio de colegio!!!!
www.meneame.net/story/cientos-miles-millones-dolares-oro-efectivo-desa
#yomecagoenmiputacalavera
El otro caso cobras 1000€ más regalo de cesta que es como si cobraras 1100€