La situación ya era mala: si reclamabas por un problema de Consumo, aunque "ganases" no veías un euro. Pero al menos a la empresa le caía una multa. Ahora la situación es terrible: a petición de Telefónica, el Tribunal Constitucional deja en el aire las sanciones.
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etiquetas: telefónica , constitucional , anule , multas , reclamaciones
Y hablamos de multas de verdad. No es serio fijar cifras que suponen una minucia para una multinacional pero la ruina para una pyme. Lo que se debe hacer es multar con un porcentaje del volumen total de negocio de la empresa infractora.
Esta es la receta para defender a los consumidores. ¿Tendrán valor los gobernantes o les entrará flojera cuando llamen de las grandes corporaciones?
Me hice de Pepephone por que estaba hasta los cojones de los chanchulleos de Vodafone, pero el caso es que Pepephone utiliza las redes de telefónica.
Va para largo esto, mientras tanto las empresas no podrán ser sancionadas por consumo.
Pedí que me dieran la baja de mi adsl, y me decían que tenía que esperar 15 días para que fuera efectiva. Me quejé, pero a pesar de eso se mantenían en su idea.
Resulta que me informé al día siguiente, y me dijeron que existía el Real Decreto 899/2009, que les obligaba a darme la baja en 2 días hábiles desde que la pidiera. Volvía a llamar a Movistar y les dije esto mismo. Su respuesta fue flipante "no damos la baja en 2 días si el cliente no lo solicita expresamente". Vamos, que se pasan la ley por el forro si el cliente no es está informado de sus derechos.
Una puta vergüenza.
Esto suena a CONNIVENCIA POLITICA . ESTAS EMPRESAS SON UNA MAL EJEMPLO PARA EL PAIS Y una verguenza de PAIS.
Damos por hecho que joder al consumidor es lo habitual. Estamos jodidos por los oligopolios que controlan servicios que en otros países son infinitamente menos controlados por la casta.
Hablo del caso catalán que es el que conozco mejor,
- Bancos/cajas, reguladas hasta la nausea y con los partidos metidos hasta las cejas. La Caixa, por ejemplo, con CIU en su consejo.
- Inmobiliarias, colgadas de los bancos (las venden los bancos en periodos de alza y las recompran en periodos de crisis)
- TV y telecos
- Lo mismo para Agua (Agbar- participada por la Caixa), Electricidad, Energia (Endesa-Gas Natural)...
NO puede ser que el 70% de las nóminas de los españoles se dedique a mamoneos.
Hijos de la gran puta. No hay ni un sector donde no metan la mano.
Para empezar mezcla dos vertientes diferentes. La reclamación del consumidor y las multas que se pueden aplicar por parte de la administración a las empresas.
En el primer caso si un consumidor le reclama a telefónica algo pongamos que te ha cobrado indebidamente 400 € y tu reclamas te pueden dar la razón o no. Pero si te de la dan te van a devolver esos 400€. Por otra parte estan las multas que puede meter la administración (y que cobra ella). Imaginaros que vosotros teneis vuestra propia empresa de lo que sea y que una ley fija multas pero sin fijar cuantias. Con lo cual si por lo que sea la incumplis os pueden clavar lo que les da la gana. Ahí estaba el problema y eso es lo que ha resuelto el tribunal.
La culpa de esto no es ni del tribunal, ni de telefonica, lo es del legislador que ha redactado la ley como el culo. Y que lo que tendría que hacer es moverlo para redactar correctamente el artículado. Pero claro, para eso hay que levantar el dedo del Candy Crush.
Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
Yo no soy un experto, pero visto esto, la propia sentencia del constitucional ¿no seria anticonstitucional?
Esta convención existe, se conoce y se aplica, por tanto la relación mayúsculas-gritar es cierta.
Otra cosa es que no te guste o que la creas equivocada. En ese caso argumenta y convence para cambiarla.
La sentencia no es por el porqué de las multas, es porque la ley no especificaba cuantía ni definía que tipo de sanción correspondía a cada incumplimiento:
www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2256
- Use mixed case. UPPER CASE LOOKS AS IF YOU'RE SHOUTING.
Desde los tiempos de la usernet
Aparte de resultar lamentable que un ladrón se queje de que no sepa cuánto le va a caer cuando vaya a robar (pues no robes, cabrón!), resulta que el art. 50.1 de la Ley de Consumidores, el único precepto que trataba este extremo y que, por tanto, servía como "moderador" de las ansias latrocinas de estas compañías, ha quedado anulado...y hasta no se sabe cuando será aprobado un precepto similar.
Como bien dice el artículo, es otro ejemplo de los gobiernos que hemos de sufrir. Son incapaces de hacer una ley que defienda mínimamente bien a los consumidores.
En tu lugar me habría parecido más fácil defender el uso correcto de exclamaciones para expresar tonalidades en lugar de rechazar que las tonalidades se puedan expresar por escrito.
Estamos de acuerdo en que el uso de mayúsculas para expresar un grito o exclamación no está contemplado en el diccionario panhispánico de dudas ( buscon.rae.es/dpd/srv/search?id=BapzSnotjD6n0vZiTp ), y entiendo (corrígeme si me equivoco) que no te convence que nos atrevamos a añadir nuevos usos en dominios específicos (en internet).
No creo que llegue a convencerte de que el lenguaje es dinámico, evoluciona según su uso y según convenciones sociales y que este uso de mayúsculas es una convención social más aplicable en un dominio específico, así que no creo que esto llegue a ninguna parte.
En cualquier caso, que pases un buen día