Los tribunales de Madrid y Castilla y León han tomado decisiones opuestas sobre el confinamiento obligado por Sanidad. En Andalucía, el Gobierno ha echado mano de una ley obviada por los otros dos ejecutivos, la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
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En un asunto privado o penal, en el que la opinión del juez es neutra o dudosa, la información aportada tiene relevancia. En algo que es político o tiene apariencia de serlo el juez juzga según su ideología.
Es muy común pensar en los jueces como una suerte de superciudadanos que apartan su parecer para realizar la justicia, pero solo son unas personas que se han sacado oposiciones difíciles.
Corrección
En una primera versión de esta información se aludía a que la Junta de Castilla y León argumentaba el confinamiento echando mano de la ley 1986, algo que no había hecho Madrid. Así lo había comunicado el gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad, que en su nota informativa hacía alusión a que las medidas de la Junta se habían tomado "al amparo" de esa norma.
No es así. La nota hacía alusión erróneamente a que la Junta era quien había incluido en su argumentación la ley 1986, pero es el tribunal quien la esgrime para avalar el confinamiento. De hecho, los jueces incluyen una leve reprimenda al Gobierno de Castilla y León por su "déficit de motivación".
De hecho lo de Madrid es llamativo. Encima de que no conocen la ley de 1986, se permiten cargar contra el legislador.
Resulta llamativo que ante el escenario sanitario descrito no se abordara una reforma de nuestro marco normativo más acorde con las confesadas necesidades de combatir eficazmente la pandemia del Covid-19.
TSJ de Madrid