El Supremo considera que la norma europea que prevé acumular penas cumplidas en los países de la UE no debe llevar a la excarcelación de presos de ETA al descontarles las condenas cumplidas en Francia, al contrario de lo acordado por la Audiencia Nacional en el caso de Santi Potros, entre otros.
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etiquetas: sala penal , tribunal supremo , tribunal luxemburgo , acumular penas
Mate en dos países y cumpla condena en uno.
Venga ya.
Si en España tienes varias condenas, se te suman todas (x años) y de ese total se te empieza a descontar lo cumplido y las bonificaciones (ley post doctrina Parot) hasta que llegues al máximo de años que permite la ley (¿30?) (con lo cual puede estar los 30 años) o bien se te va restando (lo cumplido y las bonificaciones) del tiempo máximo que permite la ley (siempre estará menos de 30 años)
La norma Europea dice que las condenas Europeas se suman a las nacionales para los cómputos anteriores y el TS ha dicho que no porque hay un RD Español que dice que las condenas en el extranjero no se suman a las nacionales
www.elconfidencial.com/espana/2015-01-08/la-fiscalia-del-supremo-da-el