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El Tribunal Supremo acuerda no descontar a los presos de ETA las penas cumplidas en Francia

El Supremo considera que la norma europea que prevé acumular penas cumplidas en los países de la UE no debe llevar a la excarcelación de presos de ETA al descontarles las condenas cumplidas en Francia, al contrario de lo acordado por la Audiencia Nacional en el caso de Santi Potros, entre otros.

| etiquetas: sala penal , tribunal supremo , tribunal luxemburgo , acumular penas
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  1. Lo que faltaba ya era un puto 2 por uno.
    Mate en dos países y cumpla condena en uno.
    Venga ya.
  2. #0 Medio AEDE te van a freír a negativos :-)
  3. El tribunal supremo prevaricando, nada nuevo. Se mean y cagan en los acuerdos internacionales, y eso nos costará a los contribuyentes una pastaza. Y algunos os escandalizaréis cuando la comisión europea imponga las correspondientes multas...
  4. #1 #2 Se supone que las dos penas son por el mismo delito
  5. #5 No, tienen penas pendientes en España por otros delitos. A la puta cárcel, no haber matado.
  6. Me ha costado pero he encontrado un análisis jurídico, el tema va en esta linea:
    Si en España tienes varias condenas, se te suman todas (x años) y de ese total se te empieza a descontar lo cumplido y las bonificaciones (ley post doctrina Parot) hasta que llegues al máximo de años que permite la ley (¿30?) (con lo cual puede estar los 30 años) o bien se te va restando (lo cumplido y las bonificaciones) del tiempo máximo que permite la ley (siempre estará menos de 30 años)
    La norma Europea dice que las condenas Europeas se suman a las nacionales para los cómputos anteriores y el TS ha dicho que no porque hay un RD Español que dice que las condenas en el extranjero no se suman a las nacionales

    www.elconfidencial.com/espana/2015-01-08/la-fiscalia-del-supremo-da-el
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menéame