Sin duda, en los últimos años la precariedad, con permiso de los Riders, ha tenido rostro de mujer y la profesión: camarera de piso. Una de las reivindicaciones clásicas ha sido que sus “enfermedades profesionales” no eran reconocidas como tal. Incluso se ha llegado a argumentar que esto no es más que una discriminación indirecta dado que la norma daba más importancia a las enfermedades de profesiones masculinizadas que de las enfermedades de profesiones feminizadas como las camareras de piso. En este contexto se enmarca la presente sentencia..
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etiquetas: enfermedad profesional , túnel carpiano , camareras de piso
Noticias más allá del COVID
Porque a mí me pasaron la contingencia a enfermedad común y con la consecuente bajada notable de pensión.
No es una enfermedad profesional para los informaticos.