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Especializar a los abogados del turno de oficio en violencia de género y que quienes defienden a las víctimas de esta lacra no puedan hacerlo con los maltratadores es una de las medidas estrella de Gabriela Bravo, consejera de Justicia, Gobernación y Reformas Democráticas de la Generalidad Valenciana para frenar su crecimiento frente a otras medidas de prevención y protección de las víctimas. Según ha podido saber Confilegal, esta medida se está negociando con los colegios de abogados valencianos, como ya anticipamos con anterioridad.
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etiquetas: generalitat valenciana , abogados , maltratadores , medidas violencia
1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
Poco me parece que solo se quiera aplicar en la Comunidad Valenciana.
(¿Nos estamos volviendo ya locos o qué? Que alguien ponga un poco de cordura en todo esto, por Dios).
De hecho no debería celebrarse ni juicio.
Y no quiero pararme en casos evidentes, con partes de lesiones, etc... me refiero al resto de personas que son acusados injustamente y sin pruebas (para así la parte denunciante poder gozar de ciertos privilegios, como custodias en procesos de separación).
Por que tu, y muchos como tu ya estáis acusando sin necesidad de juicios justos, y eso de las justicias de antorchas en la edad media tenía su pase, pero ahora ...
Edit. Perdona, fíjate como estará el panorama actual que no he logrado detectar una ironía como la tuya, pensaba que lo decías en serio
Yo también quiero mi premio.
Es un derecho. Mientras no quede demostrada la culpabilidad y vaya al talego o donde proceda, necesitará un abogado.
La MIERDA de justicia que tenemos, va a peor con tanta femiluminación.
Porque mira que va a ser mala suerte que te toque defender a una víctima y así sin quererlo ya no poder defender nunca más a un maltratador: "no, lo siento, yo soy abogado de víctimas"...
Si es solo en ese sentido puede llegar un punto en el que no exista ningún abogado de maltratadores, ¿entonces quedarían automáticamente libres por indefensión si no pueden pagarse un abogado?, ¿o habrá cursos de reciclaje para abogados de maltratadores?.
Salvando las distancias, es un poco como si vas a un abogado a que te ayude en una demanda contra un tercero y el abogado te dice que ya lo conoce de haberlo defendido antes.
/No sé si es buena o mala medida, pero no entiendo el histerismo que ha prendido en este hilo por una supuesta indefension que yo no aprecio por ningún sitio. Hay asuntos muchisimos mas graves en la justicia espanola que nos afectan a todos y de los que practicamente nunca se habla ¿Coincidencia? Creo que no ...
Y si no entiendes el revuelo del hilo, espérate a ver el revuelo causado entre los abogados valencianos:
confilegal.com/20191209-segregar-a-los-abogados-de-las-victimas-de-vio
Igual tampoco se enteran de nada. Vete a saber.
"Es mentira que España sea el tercer país del mundo con mayor demanda de prostitución. Te voy a explicar de dónde procede esa afirmación:
Procede de un informe de la ONU de 2010 en donde en un recuadro se citan casos de algunos países, entre ellos España. Esa breve referencia es una cita de un capítulo de un libro de 1998, que se remite a un artículo publicado en 1992, que cita una encuesta hecha pública en 1990 pero cuya fecha de realización es de 1988. Además, el tamaño muestral para España fue ridículo, con 428 individuos. Por comparar, para el mismo estudio sobre Finlandia el tamaño muestral fue superior a 1.100 individuos.
Aquí dejo el informe de 2010 que menciono. Ve a la página 59, al recuadro. A partir de ahí se rastrean las referencias y sale lo que digo. "
Y de hecho ya han metido bastantes aberraciones, porque fijate tu, para entrar en el turno de oficio para representar a victimas de LIVG el abogado debe acreditar Penal (general) y Civil (familia) y tiene facultades para actuar en "barra libre" sin tener que declarar especial complejidad.
5.- La pertenencia al turno de violencia de género implica la prestación del servicio de guardia de veinticuatro horas. El letrado a quien por el servicio de guardia le corresponda la defensa de una víctima de violencia de género, deberá prestar a la misma asesoramiento jurídico integral, así como iniciar de manera inmediata cuantas acciones procedan, de orden civil, penal, contencioso administrativo y social, y que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida, tanto en la zona de Madrid capital como encualquiera de los partidos judiciales existentes y con independencia de la zona y especialidad en los que se encuentren de alta.
Sin embargo para el hombre presunto agresor, uno de penal y circunscrito al proceso estrictamente. En caso de que acusado sea absuelto y quiera iniciar acciones (por ejemplo, lanzar una querella por calumnias o por falsa denuncia) se considera especial complejidad, lo que en la practica es que el abogado puede inhibirse y esperar a que asignen uno nuevo.
4.5.- En el orden penal si el imputado también desea constituirse en acusación particular, el mismo Letrado ejercerá ambas funciones, considerándose la designación como procedimiento de especial complejidad.
Para entendernos, si eres victima vas con un abogado que acredita mejor formación y máxima capacidad, si eres acusado, vas con lo mínimo que se despacha. Solo en tiempos de proceso la mujer va con un ferrari y el hombre andando con grilletes.
En cuanto a tu comparación, por muchas distancias que quieras salvar, no le veo ningún sentido. De entrada no veo que problema habría en que te represente un abogado que ha defendido a la parte contraria en otro caso distinto. Por lo pronto, lo normal sería que ambos casos no tengan absolutamente nada que ver, y aparte de eso existe la confidencialidad entre abogado y cliente o la obligación de secreto profesional. Y llámame loco, pero no me veo a un abogado jugandose la carrera por un cliente del turno de oficio.
Aparte de eso, de lo que están hablando es de especializar a abogados de oficio en defender a víctimas de un determinado tipo de delito. ¿Por qué debería haber abogados de oficio especializados en violencia de género y no en otro tipo de delitos? ¿el resto de víctimas/acusados no tienen derecho la misma defensa?. ¿Supondría también un problema que un mismo abogado defienda a víctimas y acusados de robo?
Lo mismo se me escapa algo, pero no le veo puto sentido ni necesidad a esto más allá de ponerse una medallita feminista.
En la edad media habian mas garantias procesales
Curiosamente fue la Inquisición Española la que viendo que el tema de denuncias falsas era escandaloso, por el secreto de delación que impreraba y el principio de in dubio pro fidei que definia el proceso, se introdujo como primer paso en la fase de amonestatio la posibilidad al acusado, sin informarle de la acusación, que tenia que dar una lista de personas que creyera que tuvieran interés en perjudicarle y porqué.
Como saliera el nombre del denunciante se le liberaba y se exploraba al denunciante para que justificase su denuncia (lo que implicaba tormento por lo normal), se llamaban testigos y si resultaba falsa, se le aplicaba la ley del talión, es decir la pena que hubiera esperado al denunciado de haber sido hallado culpable.
Es curioso que un tribunal inquisitorial del S.XVI pueda dar más garantías al reo que los actuales de LIVG, que por defecto no consideran de inicio que una mujer pueda estar interesada de forma espurea en denunciar para "agilizarse" un divorcio.
Fabulosa idea. ¿Por qué no impedir que un juez que ha absuelto a un maltratador juzgue más casos de maltrato, ya puestos?
viva la justicia heteropatriarcal...
Más de un vecino resentido por un tema de cuernos, o por querer quedarse con unas tierras o por putear a su cuñado acabaron muy mal, porque además mentir al Santo Oficio tenia categoría de sacrilegio, lo que ya era empezar a las malas con penas severas y con el tribunal ya canteado.
Por ejemplo si acusabas de blasfemia a un vecino que te tenia hasta los huevos porque hacia un cursillo de laud a altas horas de la noche (no habia television a todo volumen aún), para el vecino delatado como mucho la cosa terminaba o bien expresando gran arrepentimiento en la fase preliminar de confessio, autoacusandose en fase de amonestatio una vez se enteraba vagamente de que iba la cosa y el tribunal lo soltaba con una sanción monetaria y una carta para su párroco para que hiciera cierta penitencia. Muy rara vez se llegaba a la fase de Riguroso Examen o examinatio, por lo que la cosa quedaba en susto y conservabas todas tus uñas en su sitio.
Para el denunciante en falso desde que era arrestado y aprisionado (no era citado, se le apresaba), no tenia fases de confessio y amonestatio y tras unos dias a pan y agua para reblandecerlo, se iba con el directamente al turrón (fase de Riguroso Examen), cuando habia hueco en la agenda del torturador. Así que sin mediar palabra con el tribunal iba al potro hasta cantar por bulerias al inquisidor presente.
Pero una cosa curiosa del asunto es que mentir al Santo Oficio se consideraba sacrilegio como he dicho antes, por lo que no recibia la misma pena que el blasfemo ocasional (que era una falta), sino que se empezaba por prision (revisable según se levantara ese dia el inquisidor) y acababa con una relajación al brazo secular (más tormento).
No obstante la instancia máxima de la Inquisición, el Tribunal del Santo Oficio, apretaba o aflojaba el tema de las delaciones falsas según conviniera, ya que su propia existencia se justificaba por el numero de casos (como las asociaciones feministas) y habia veces que no habia cosecha de herejes suficiente y habia que generar trabajo.
no siempre que haya denuncia hay delito real, incluso si lo hubiese, no siempre se condena a la parte denunciada.
los abogados que muchas veces van con la acusacion cuando les toca a un acusado en este tipo de juicios se dan cuenta que la realidad no es la que se nombra en los talleres de genero
Yo creo que a estas alturas de involución juridica lo que propones tiene todo el sentido del mundo, pero tu método falla.
Veo mucho más práctico y económico que pongan un buen brasero con ascuas de carbón, tiene grandes ventajas sobre la olla de aceite, que es mucho mas aparatoso y que cuando sales culpable en la ordalía tiendes a sacar la mano achicharrada a toda prisa, salpicando y poniendo todo perdido de aceite.
Ademas, al fin y al cabo lo tendremos que pagar con nuestros impuestos y el aceite va muy caro y usar carbon nacional tiene el extra de que le damos trabajo a los mineros asturianos.
Es decir, los acusados (en falso o no) de maltrato tendran abogados que están en rodaje y que te verán como los estudiantes de medicina ven a los cadaveres que les ponen en las prácticas... pero también hay mucho hastio en la abogacía con el tema denuncias falsas, espureas e interesadas, asi que igual abogados con experiencia se atornillan al turno penal general defendiendo casos de presuntos maltratadores.
es.wikipedia.org/wiki/Cesare_Beccaria
Una pena que sea solo un tribunal de apelación para los ciudadanos de a pie... si pudiera pedirse amparo.
Pero sí, esto no parece tener ni pies ni cabeza. A ver si alguien versado en leyes viene a explicarlo.
no, creo que no. Según aumentan redes, cambios sociales y aumenta la calidad de vida, parece que va a menos. Y unicamente es estratos sociales muy bajos. Hace 50 años era la unica salida, ahora hay mil oportunidades mas para tener relaciones sexuales. Antes iban todos de estudiantes a abuelos pasando por todos los estratos. Ahora los adolescentes follan como conejos, los jovenes con match, tinder, adoptauntio los casado con tal.... y los abuelos no tienen que moverse de casa y tienen todo el porno del mundo para pajearse. La prostitucion han perdido mucho mercado.