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La Xunta de Galicia condenada por ocupación

El Superior condena a la Xunta por la ocupación ilegal de una parcela en Barrañán desde 1987. Los jueces reconocen a los dueños el derecho a ser indemnizados con el pago de un alquiler mensual de 542 euros desde 2012, cuando presentaron la primera reclamación, hasta 2020.

| etiquetas: xunta de galicia , ocupación ilegal
55 11 0 K 40
55 11 0 K 40
  1. La ocupación se remonta a 1987, pero los jueces solo reconocen una indemnización desde junio de 2012, cuando presentaron la primera reclamación.

    ¡ 25 años sin indemnizar !
  2. Eso les pasa por no cuidar la ortografía, si lo hubieran escrito con "k" no habría pasado nada.
  3. #2 Debían de haber pedido consejo a los ejjpertos de menéame, que le hubieran aconsejado alegar que la ocupación en realidad no existe porque "ocupación" no es un delito en el código penal. De "okupación" ya ni hablemos, claro

    Si alguno tiene algún problema al respecto, que pregunte por aquí:

    www.meneame.net/story/apoderado-pp-calp-okupa-casa-pide-400-000e-dueno
  4. En 2019 intentaron expropiar, yo no aceptaría la indemnización hasta verlos en la cárcel o 1.000.000€
    www.xunta.gal/dog/Publicados/2019/20191111/AnuncioCA01-311019-0004_es.

    www.conselleriadefacenda.gal/es/areas-tematicas/patrimonio/expropiacio
  5. #4 Ya sabía yo que estaría por aquí porque aún estás dolido de que te hayan dejado en ridículo. Pero lo peor no es eso, lo peor es que te tragas todo lo que lees siempre y cuando concuerde con el adoctrinamiento que recibiste. Esa sentencia de la que habla el meneo es sobre un "expediente de expropiación", te enlazo la sentencia:

    www.poderjudicial.es/search/documento/AN/9563958/urbanismo/20210611
    "RAZONAMIENTOS JURIDICOS
    PRIMERO.- Se formula el recurso contra la Orden de 24 de Octubre de 2019 de la Conselleria de Facenda
    de la Xunta de Galicia, por la que se acuerda la Aprobación definitiva y exposición pública del expediente de
    expropiación
    por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos que se precisan para la
    regularización, ejecución e implantación del Centro de Telecomunicación de Monte Barbeito na Parroquia de
    Barrañán en el Ayuntamiento de Arteixo..........".

    Y aquí te dejo el Código Penal para que nos busques e indiques a todos el "delito de ocupación" o el "delito de okupación" referidos a viviendas, lo que prefieras, espero que nos los indiques porque yo no encuentro tales delitos: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
  6. La condena trata sobre un "expediente de expropiación" no sobre "ocupación". Aquí va la sentencia:

    www.poderjudicial.es/search/documento/AN/9563958/urbanismo/20210611
    "RAZONAMIENTOS JURIDICOS. PRIMERO.- Se formula el recurso contra la Orden de 24 de Octubre de 2019 de la Conselleria de Facenda
    de la Xunta de Galicia, por la que se acuerda la Aprobación definitiva y exposición pública del expediente de
    expropiación
    por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos que se precisan para la
    regularización, ejecución e implantación del Centro de Telecomunicación de Monte Barbeito na Parroquia de
    Barrañán en el Ayuntamiento de Arteixo..........".
  7. #3 Allanando el camino para culpar al nuevo gobierno por las ocupaciones xD xD
  8. #6 Manolín dejándose la dignidad en casa y haciendo el ridículo otra vez más por 4 cacahuetes? xD
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menéame