La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha resuelto el expediente sancionador iniciado, tras varias vicisitudes judiciales, a raíz de la denuncia que la Asociación de Promotores Musicales (APM) presentó en 2005 contra la SGAE por abusar de su monopolio e imponer determinadas condiciones abusivas a los promotores musicales.
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De hecho si entras en www.cncompetencia.es/Inicio/Legislacion/NormativaEstatal/tabid/81/Defa hacen referencia a los documentos de CNMC.
Ni idea de las diferencias, la verdad.
Sobre la sentencia, estando la SGAE de por medio, sabía que la otra parte iba a tener razón. Es un monopolio de facto.
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La resolución, notificada este jueves, impone a SGAE una multa de 3.103.196 €; insta a esta institución a que “cese en su conducta en el plazo de tres meses” y, en el futuro, “se abstenga de cometer prácticas como las sancionadas u otra análogas que puedan obstaculizar la competencia”; y, asimismo, insta a la Dirección de Competencia a vigilar el cumplimiento de la resolución.
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