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Iglesias reclama a Inda 250.000 euros y que le pida perdón en Al Rojo Vivo por publicar información “falsa”
El líder de Podemos acusa a Inda y Francisco Mercado de no haber contrastado la información con las partes aludidas y reclama que se declare que los demandados han realizado una intromisión grave en su honor.
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Pero Iglesias no lo denuncia por calumnias ( según C.P: "la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad"), sino por intromisión al honor que según nuestro ordenamiento juridico es:
"La divulgación de expresiones o hechos relativos a una persona cuando la difame o la haga desmerecer en la consideración ajena". Y eso es exactamente el caso que nos ocupa.
Ale cuñao, a poner cañas al bar.
¿Alguien quiere apostar?
Cosas de la "libertad de prensa" (ja!).
A ver si llegara un día en que los juzgados estén tan abarrotaos y saturados que no tengan hueco para lo importante.
Artículo 208
Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Si la noticia importante era la confluencia, encima no vamos a darle a Inda la oportunidad de que eso pase a segundo plano.
Pero Iglesias no lo denuncia por calumnias ( según C.P: "la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad"), sino por intromisión al honor que según nuestro ordenamiento juridico es:
"La divulgación de expresiones o hechos relativos a una persona cuando la difame o la haga desmerecer en la consideración ajena". Y eso es exactamente el caso que nos ocupa.
Ale cuñao, a poner cañas al bar.
Mediante un código deontológico fape.es/home/codigo-deontologico/
>>Qué es el rigor?
I – PRINCIPIOS GENERALES
III – PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN
Lectura recomendada. fape.es/home/codigo-deontologico/
En cambio, la reclamación pecuniaria por intromisión al derecho al honor sí es una demanda legal.
www.alopezletrado.com/2014/03/el-mal-llamado-derecho-de-rectificacion.
Art. 1, Art. 2 .La grabación de la vida íntima (imagen y sonido).
Art. 3. La divulgación de la vida íntima.
Art. 4 La revelación de secretos profesionales.
Art. 5 (con excepciones en 8.2). La captación de imagen.
Art. 6. El uso del nombre, voz o imagen con fines publicitarios o análogos.
Art. 7.7. Los juicios de valor lesivos a la fama o buen nombre.
Pues bien, el derecho a la información es un derecho recogido por la Constitución y por tanto es de rango superior a ley orgánica. Asi que en principio los medios de comunicación no incurren en intromisión al honor en los 5 primeros casos que cito anteriormente. Es decir, un medio de comunicacion puede difundir información de interés de una persona sin que haya intromisión al honor (hay varias sentencias del Constitucional al respecto). El problema ocurre como en el caso en el que nos ocupa, en que un medio difunda "hechos relativos a una persona cuando la difame o la haga desmerecer en la consideración ajena" con información falsa o inventada. Ahí el Tribunal Constitucional dictó sentencia en su momento y dijo que la divulgación de información falsa no está protegida por el derecho a la información.
Espero haberlo explicado bien.
Curioso.
JAJAJAJAAAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAjajajahahahaha
Y lo que nos reiríamos?
Menudo cizañero escupemierda, como Inda, a imagen y semejanza de Espeonza.
Es lo que le queda al PP, escupir mierda, que tienen de sobra.
Que tenga cuidado Rafael Hernando paseando por su pueblo, no le vayan a recibir como a Rajoy.
P.D. Cuando el PP de explicaciones de porque son tan ladrones y traidores... No nos engañemos, ni cuando los cerdos vuelen va a ocurrir eso.
"Podemos usa el poder judicial para ganar 250mil euros"
Coñas aparte, ahora sí creo que el documento era falso. Ni las declaraciones del banco, ni las del gobierno venezolano, ni las diferencias de formato con un original, eran pruebas reales (en mi humilde opinión)... esta demanda es ejemplar.
Me pregunto cómo acabará esto.
Que un gobierno extranjero pagara a un partido político no era delito en las fechas de las que estamos hablando.
Sí, todos queremos ver a Inda en el trullo, pero yo me estoy limitando a hablar sobre la posibilidad de que esta denuncia prospere. Y no lo veo del todo claro, dependerá muy mucho de la interpretación que quiera hacer el juez.
#58 Me está molestando un poco la reacción de la gente ante unas dudas que, creo, son del todo razonables. A Inda le deberían retirar el carnet de periodista y evitar que se acerce a menos de 100 metros de una redacción, pero como dice #2 me temo que esta denuncia quedará en nada.
Aun estoy esperando la prueba que el presidente de la asamblea Venezolana decia tener.
En periodismo, por lo que veo, en caso de existir, para lo único que lo usan los medios o es para hacerse unos canutos cojonudos o para limpiarse el culo con el.
Las dudas de los otros las pones en comentarios con otro nick.
Ahora nos hacemos los naif. Venga va.
Al final va a ser verdad eso de que Inda pertenece a un circulo de podemos, por que mas propaganda que les hace el no hay nadie en España, ni Marhuenda que ahora se ha hecho pseudo-podemita para intentar dañar en lo posible al PSOE y que el PP se quede con pocos rivales "fuertes"...
¿sabéis de ese tipo de niño (o algunos adultos) que te pican y agreden continuamente y en el momento en el que te defiendes pasan a hacerse la victima e ir a chivarse a la seño? pues eso
www.elmundo.es/tecnologia/2014/11/28/54786144ca4741086c8b4590.html
Lo que pide PI es muy similar.
Vaya, nos la ha colado a todos eh!!
Relación de ONG's venezolanas
www.wango.org/resources.aspx?section=ngodir&sub=list&newsearch
okdiario.com/investigacion/informe-del-g2-maduro-hizo-un-segundo-desvi
Lo veremos en proximos episodios.
¿No pronunciarte sobre nada de lo que no tengas la certeza absoluta que es cierto? Claro que entonces se acababan las tertulias y los tertulianos...
Era hijo de una prima de la mujer del sobrino de la hermana de su madre.
No sabía que además de denunciar puedes pedir que la condena sea una cantidad determinada de dinero, otra cantidad variable en función de lo que decidan los peritos de la publicidad, publicar la sentencia en unas determinadas condiciones y aparecer en un programa determinado diciendo algo concreto (¿qué pasa si los de la Sexta no quieren que Inda aparezca leyendo la sentencia? ¿tendría que pagar Inda los minutos de televisión o corre a cargo de la cadena?).
Si algún abogado o algún cuñao me lee, ilustradme, por favor, gracias.