Ver el fútbol en la tele o Internet es lo que persigue una buena parte de la sociedad española, aunque no siempre a través de medios legales. El IPTV pirata y las webs piratas ponen a disposición de los usuarios los medios para ver los partidos de la competición nacional, de las ligas internacionales y de las competiciones internacionales como la Champions League. LaLiga, la UEFA y las operadoras luchan contra este problema desde hace tiempo y hoy acabamos de conocer que Movistar, Vodafone, Orange y MásMóvil podrán bloquear webs piratas sin...
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etiquetas: operadores , autorización judicial , webs , contenido ilegal , piratería
Lo que es cosa normal en este país es ver la paja del ojo ajeno y no la viga en el propio, cosa que tu haces: lo que yo hago no es robar, es lo que otros hacen...
Sé que no vivo en una democracia perfecta, pero la democracia no deja de ser menos perfecta porque no te deje a ti robar contenidos digitales.
Claro, el único defecto de nuestra maravillosa democracia es que no deja "robar". Por lo demás funciona perfectamente. Que haya corrupción hasta en la sopa, haya manipulación, se meta en la cárcel a titiriteros, se indulte a torturadores, se viole la Constitución sistemáticamente, se violen los derechos de los trabajadores sistemáticamente, se masacren países o se trafique con armas son defectillos de nuestra casi perfecta democracia. Claro, que solamente viendo la terminología que utilizas se puede comprobar el rigor de tus afirmaciones.
Conoces bien (o a alguien que trabaje con uno...) algún servicio de VPN (bueno, barato, rápido...) que vaya bien en OS UNIX-Like que se conectan a Internet a través de 4G??
Porque yo también creo que va ser necesario usar una VPN; si quiero seguir yendo al cine un par de veces al año (la última fue para el estreno de "Blade Runner 49", porque merecía la pena verla en un pantallón, pagando 9€) y leer algunas novelas de autores que ya son multimillonarios...
Saludos cordiales.
El autor puede decidir si publicar o no su obra, está en su poder, y nadie puede hacerlo si el propio autor no lo hace, pero una vez ha sido publicada, el autor pierde el derecho a restringir su mera difusión, digamos que es un derecho previo.
Sobre el ánimo de lucro, lo mismo, lo que está penado es lucrarse con la obra de otra persona. Yo no puedo vender libros de Harry Potter sin pagar a su autora - o a quien ella haya cedido sus derechos industriales - lo que acordemos.
El préstamo o el regalo de obras ya no incumbe al autor, el autor no tiene ningún derecho a prohibirme que le preste o le regale una obra suya a otra persona, o una copia privada. El problema viene de la capacidad de copia que tenemos ahora mismo con los medios digitales, que es cierto que pueden suponer un problema para los propietarios de derechos ( quédate con ésto, ya que en realidad los autores no le importan a nadie, a nivel industrial, estas leyes están hechas para discográficas y editoriales, no por respeto a ningún autor ), pero en cualquier caso, compartir sin ánimo de lucro no es delito - a no ser que cambien la ley, pero podría tener muchas implicaciones aledañas.
Por eso la fijación con los programas p2p, porque no es una publicación al uso, sino una compartición de un fichero. Un autor ( o su editorial ) me pueden obligar a quitar un texto completo que haya incluido en mi propia web, pero no puede evitar - legalmente - que le preste su obra a otra persona, siempre que no me lucre monetariamente en el intercambio.
Las páginas sí son responsables del contenido que se muestra en ellas, aunque lo suban los usuarios. Hasta hace poco, existía un protocolo de queja y unos plazos para retirar contenido con derechos. Ahora lo que han eliminado son los plazos, se supone que cada plataforma tiene que saber si lo que sube un usuario está protegido por copyright y el usuario tiene derecho a subirlo. Como te puedes imaginar, esta ley es una locura, yo puedo subir una foto al Facebook, y si es de otro, éste puede denunciar a Facebook directamente. Antes tenía que solicitar la retirada, y Facebook hacerle caso. Ahora creo que es inmediato.
Ésto genera indefensión jurídica, y es bastante más grave que compartir obras con copyright. Y te lo digo siendo escritor, músico y creador de programas informáticos. Todo lo que hago genera derechos de autor, y este procedimiento no sólo es execrable - por muy buen fin que le veas - sino también inconstitucional. Si te lees la Constitución Española, verás que en algún apartado pone que no se pueden censurar o secuestrar publicaciones si no es por mandato judicial.
[Edito para corregir una errata]
¡ Qué grande !
Me guardo tu explicación para profanos, es muy ilustrativa.
Por último, en el caso de las webs de enlaces, por ejemplo, nada te garantiza que no sean a la vez un lugar donde se publican artículos de opinión - cosa que una panadería no puede hacer - y el procedimiento administrativo sería el mismo, y se estaría saltando la Constitución con pértiga.
Pero toda esta disertación sobre lo que son o no son las cosas no es necesario llevarlas a estos extremos. Una web es por definición una publicación, y si no lo es, no podrían atacarla con el argumento de que 'publican' obras con copyright, porque no entrarían en la definición.
Al menos es mi modesta opinión, aunque todo es discutible, y si me convences con argumentos, habré aprendido algo nuevo.
El prestamo o regalo nada tiene que ver con esto. El regalo directamente funciona como una compra mas, solo que lo compras tu para otra persona. El prestamo a tus cercanos, tal como restringieron la cosa no se como estara ahora pero antes entraba dentro del ambito privado que estaba permitido pero compartir por internet nada tiene que ver con eso.
La fijacion con el P2P viene porque es difusion publica sin permiso y da igual que sea con lucro o sin el.
Todo esto lo explico el propio david bravo.
Saludos cordiales pa ti también
www.xataka.com/basics/que-es-una-conexion-vpn-para-que-sirve-y-que-ven