La Ley Orgánica del Régimen Electoral General de 19 de junio de 1985, normativa vigente, estableció en 350 el número de miembros de la cámara (escaños). Ésta asigna un mínimo de dos escaños para cada provincia (para Ceuta y Melilla uno a cada una), y el resto de escaños se reparten entre las diferentes circunscripciones, de forma proporcional a la población. Pero… ¿a qué se dedica el Congreso de los Diputados?