La Corte Suprema avaló las líneas de autobuses en las que hombres viajan en la parte delantera y las mujeres en la trasera, siempre y cuando esta separación sea voluntaria. Se trata de las líneas llamadas "mehadrín", que se acercan al centenar y en las que los pasajeros son en su práctica totalidad judíos ultra-ortodoxos. El Supremo considera que "un operador de transporte público, como cualquier otra persona, carece del derecho de ordenar, pedir y decir a las mujeres donde tienen que sentarse simplemente porque son mujeres"...