Si sois autocaravanistas o furgoneteros, sabréis de sobra que muchas veces somos mal vistos cuando aparcamos por ahí y nos disponemos a dormir. A veces las autoridades no conocen bien la legislación que debe aplicarse a una autocaravana (o furgoneta habitada) y creen, erróneamente, que por el hecho de aparcar con la intención de dormir, estamos acampando y debemos irnos a un camping. Siempre es bueno estar bien informados, así que desde la Furgoteta os vamos a hacer un resumen de los aspectos más importantes de la legislación española.
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etiquetas: furgoneta , pernocta , acampada , autocaravana , camping
P.D.: Creo que es la primera vez que veo un envío en portada sin que tenga ningún comentario
#1 No es frecuente, pero ya ha ocurrido más veces.
Como el artículo que salió hace ya tiempo de la legislación acerca de sacar fotos en lugares públicos... pensé que la guardé, pero la perdí.
Otra cosa es que te guste que te levanten a las tres de la mañana, te pongan una multa que roza la prevaricación y tengas que reclamar vía judicial tu derecho.
En los espacios naturales protegidos tipo playa virgen... supongo que está bien prohibido pernoctar, pero con la ley en la mano, y cumpliendo lo anterior, podrías podrías dormir delate de la puerta misma del congreso, siempre que encuentres sitio para aparcar, o peor aun, en Benidorm.
Ahora, esto de enseñar legislación a la policía tiene una pega: puede que te dejen en paz ...o puede que no se bajen del burro, pues hacerlo supone aceptar que se han equivocado, lo que para algunos supone una humillación inaceptable. Así que en algunos casos puede ser incluso contraproducente y que en vez de recular incluso se pongan más bordes. Lo que comenta #6 puede ir en este sentido.
Por ejemplo, en Santander esta terminantemente prohibido aparcar una caravana excepto en las zonas de camping privado.
Respeto absoluto al que respete la ley. Pero el pis mañanero desde la puerta de la caravana y el motor encendido a las 2 de la mañana a modo de generador para cargar el móvil no es respetar la ley.
En el pueblo una cuadrilla tenía una y se la llevaban a las fiestas. La conocíamos por "la folloneta" y tenía las ballestas echas polvo.
Como puede que sepas, la inviolabilidad del domicilio está protegida por diversas leyes y (una vez machacada por N sentencias la Ley-Corcuera) sólo se puede ejecutar un registro domiciliario por firme evidencia de estar cometiéndose un delito en ese momento o con autorización judicial.
Ahora vivo fuera de España, pero en verano voy allá de vacaciones, así que llevaré ese papel impreso...
En Asturias hay un montón de sitios donde la GC va a lo hijoputa a las 3 de la mañana a levantar a la gente... a los que se ponen "chulos" (entrecomillado porque simplemente se oponen a irse) les hacen un registro completito...