La Comisión Europea ha lanzado un evidente aviso a España en forma de luz roja al proyecto de reforma del Consejo General del Poder Judicial. Bruselas había urgido a la renovación del órgano judicial, pendiente desde 2018, pero considera que la vía emprendida para hacerlo por el Gobierno de Pedro Sánchez puede poner en peligro la independencia judicial y agravar la impresión de que el CGPJ es vulnerable a una politización.
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etiquetas: gobierno , reforma , poder , judicial , bruselas
"El Gobierno polaco ya se había aferrado a la reforma del CGPJ de Sánchez para acusar a Bruselas de doble rasero por no actuar contra España. El serio toque de atención de este jueves probablemente contrarrestará el argumento de Varsovia al tiempo que pone a España en la peligrosa lista de países sospechosos de violar la independencia judicial."
Pero ya se que a ti te da igual de quien se hable tu con decir "pepesunia" o "voxemia" ya has cumplido con tu comentario, hala venga dilo y dejanos a los mayores seguir hablando
Y no estamos en esa lista.
Puro INVENT.
Sólo tienes que leerte la noticia para que te quede todo claro.
Besitos.
¿Porqué la gente no deja de pensar en clave de los bandos rojos y azules y se vuelve más critica?
Entonces a qué viene ese interés de los partidos en controlarlo si la ideología no influye.
Lo de ser estúpido suele aleatorio,o viene en el paquete de comentario inteligente.
Lo ilógico es lo contrario.
www.diariodeleon.es/articulo/espana/mayoria-conservadora-copa-cargos-c
www.eldiario.es/politica/nombramientos-funciones-poder-judicial_1_1065
www.elperiodicodearagon.com/noticias/espana/jueces-conservadores-copan
www.vozpopuli.com/espana/tribunal-constitucional-mayoria-conservadora_
m.europapress.es/nacional/noticia-cargos-juristas-pp-no-dan-perdida-ma
m.youtube.com/watch?v=9ztcj5D2pAo
Artículo 5601. El Consejo General del Poder Judicial tiene las siguientes atribuciones ,ni idiologia.
1.ª Proponer el nombramiento, en los términos previstos por la presente Ley Orgánica, del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial.
2.ª Proponer el nombramiento de Jueces, Magistrados y Magistrados del Tribunal Supremo.
3.ª Proponer el nombramiento, en los términos previstos por la presente Ley Orgánica, de dos Magistrados del Tribunal Constitucional.
4.ª Ser oído por el Gobierno antes del nombramiento del Fiscal General del Estado.
5.ª Interponer el conflicto de atribuciones entre órganos constitucionales del Estado, en los términos previstos por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
6.ª Participar, en los términos legalmente previstos, en la selección de Jueces y Magistrados.
7.ª Resolver lo que proceda en materia de formación y perfeccionamiento, provisión de destinos, ascensos, situaciones administrativas y régimen disciplinario de Jueces y Magistrados.
8.ª Ejercer la alta inspección de Tribunales, así como la supervisión y coordinación de la actividad inspectora ordinaria de los Presidentes y Salas de Gobierno de los Tribunales.
9.ª Impartir instrucciones a los órganos de gobierno de Juzgados y Tribunales en materias de la competencia de éstos, así como resolver los recursos de alzada que se interpongan contra cualesquiera acuerdos de los mismos.............