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¿Cómo afecta la nueva ley de seguridad privada a la seguridad informática?
Se acaba de publicar en BOE el texto de la nueva Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. A falta de un reglamento que la desarrolle, vamos a analizar algunos puntos que afectan directamente a la Seguridad Informática y a las empresas que prestan dichos servicios.
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Y algunos artículos de la ley son ridículos.
es.blackle.com/
Es españa, q coño esperas?
chrome.google.com/webstore/detail/page-colourizer/jgegaianabmabodmfpac
Entiendo que esta ley afecta a las empresas de seguridad que ofrecen servicios de seguridad a terceros.
Si yo tengo un server puedo contratar para que vele por su seguridad a quien me dé la gana.
Así que tus amigos pueden ofrecer sus servicios, sólo que deberían hacerles contrato laboral en vez de mercantil, tal vez contrato por obra y servicio si son trabajos puntuales.
Y si quiero montar una empresa de seguridad informática y contar con profesionales discriminados por su carencia de titulación, la puedo camuflar como una ETT, y no dar servicios de seguridad sino facilitar dichos expertos no titulados a quienes requieran de su pericia.
Ante leyes injustas, picaresca.
leyendo el resumen, no me queda claro si una empresa que sea generalista (servicios de desarrollo, explotación de aplicaciones corporativas, comunicaicones, correo, web...) y que realice actividades de seguridad para los clientes y los servicios que presta, tendria que estar incluida o no.. intuyo que no, pero algun parrafo me crea duda ("empresas que realicen actividades de seguridad informatica"....)..
no te dedicas a eso, pero realizas esas actividades.