El Juzgado de lo Penal número 2 de Gijón ha absuelto a la mujer acusada de llamar a su ex pareja 111 veces en seis días pese a tener en vigor una orden de alejamiento y prohibición de comunicación, han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas.
|
etiquetas: absuelta , movil , llamadas , acusada , ex pareja , tribunal , asturias
De momento, muy incompleta la noticia.
No se si finalmente será ese el motivo, pero eso he leído. Como bien dices, veremos.
A la mujer hay que creerla sí o sí.
1.- los hombres y el sistema heteropatriarcal que las obligan a ser dependientes y esclavas mentales de ellos y creer que tienen que tener una relación monógoma heterosexual católica-cristiana.
2.- Ese invento del sistema heteropatriarcal llamado pene que cuando las vioxxx mediante el rito vudu-machista de cortejarlas durante semanas o meses, o bien a través de tinder, les inoculan una droga que las zombifica y de seres de luz pasan a ser zombis y claro cuando ven otras zombis que se zumban a su droga, pues se cabrean aún más y la droga les hace más efecto. Así es como el sistema heteropatriarcal consigue sus fines y por eso el porno tiene tanto éxito, porque hace un alegato del falo opresor y también por eso los gallos vioxxxx a les gallines.
Iba a escribir más cosas, pero bueno ... He ganado?
A menudo es el hombre el que tiene la orden que le prohibe contactar con la mujer. Tendría que ser un caso serio en el que ella le acose a él (como efectivamente parece ser), para que se la pongan a ella.
Muy bien por parte de 20minutos.es
Para otras cosas bien rápido piden este tipo de cosas, como por ejemplo para empurarte por descargas "ilegales".
Es de suponer que no han quedado probadas las llamadas pero no lo sabemos, lo que si sabemos es que en las mismas circunstancias un hombre habría sido absuelto igualmente.
Normalmente la gente que se compra un móvil lo hace para comunicarse y de ahí que contrates los servicios de una compañía operadora de telefonía.
Así que dudo mucho que ambas personas tuvieran móvil pero sin tener contratados los servicios de una compañía de telefonía.
El registro de llamdas queda tanto en el registro saliente como en el entrante, vamos que pueden perfectamente ver si esas 111 llamadas se realizaron tanto desde los registros salientes de la operadora de ella, como pidiéndole el registro de llamadas entrantes a la operadora de él.
¿Que estoy defendiendo?
¿Te imaginas que fueran llamadas de Watchapp?
Ni grabando las llamadas le hacen caso al tío.
Alucinante.
Tal vez en casos de terrorismo, mafias internacionales u otros delitos muy graves se pudiera cursar las correspondientes comisiones rogatorias, no lo sé.
Su hubieran sido llamadas o mensajes con telefonía la cesión de los datos al juez si lo solicita es automática.
Voy a ver si encuentro la noticia, hasta me parece que también salió por aquí...
De todas formas, pueden pedir los datos de un tuitero mediante una orden judicial y twitter ha de proporcionar la IP, hora y fechas exactas de publicación del tuit, etc., como ya ha ocurrido más de una vez en estos últimos años.
Una vez que saben la IP no es muy dificil localizar al tuitero en cuestión, a menos que se haya por ejemplo enganchado a una red wifi que no fuera la suya ni la de cualquiera de sus vecinos, cosa que no suele ocurrir...
Pues con todo lo relacionado con facebook y demás redes sociales me imagino que será lo mismo, y de ahí que vea raro que no se pidiera un listado con las llamadas efectuadas tal y como se suele hacer en este tipo de casos tanto si se hacen por vía telefónica convencional, por voip o red social.
De todas formas estamos divagando de sobremanera ya que la noticia apenas dice nada de nada y lo mismo no se ha podido pedir el registro de llamadas por una razón que ni tiene que ver con las compañías de teléfono ni con las redes sociales, sino por un defecto de forma en algo relativo al proceso, por ejemplo.
Solo dije que no tenía porque haber operadoras en esas supuestas comunicaciones, y en mi mensaje anterior decía que no teníamos datos y que era de suponer que si es absuelta es porque esas comunicaciones no han quedado demostradas.
La cruz que les toca a guantar a algunos.
He utilizado mal la palabra divagar, no se por qué narices la he utilizado para decir que estamos haciendo conjeturas ya que no sabemos a ciencia cierta lo que ocurrió.
Lo que decíamos. Seguro que es culpa del maromo, que tenía una orden de alejamiento pero obligó mentalmente a hacer unaos cientillos de llamadas a la mujer para poder denunciarla
Más información www.lavanguardia.com/local/asturias/20191113/471578283394/trib--absuel
Al parecer, el juez consideró que la victima, al haber descargado el registro de llamadas en privado, podria haber manipulado el registro. Según dicen otros medios, la mujer ha sufrido alguna condena anterior por acoso (de ahí la orden de alejamiento y prohibición de comunicación). Evidentemente, un error de la victima haber descargado el registro en privado, pues hay una animadversión que el juez puede entender como causa de fabricación de falsas pruebas
Lo que no sé es por qué no se han pedido datos a la operadora, máxime al tratarse de un caso reincidente. A lo mejor es por la poca cuantìa de las peticiones de prisión once meses la acusación, nueve la Fiscalía. Lo cual hace que todo sea una mierda, pues las peticiones en este tipo de delitos, y con reincidencia, serian diferentes ( y el juez se habria movido más, sin duda) si el acosador fuese él