Todos aquellos que hayan incluido su dirección de email en cualquier trámite con la Comunidad de Madrid, bien sea para solicitar guarderías públicas, inscribirse en las listas para optar a una vivienda protegida o simplemente enviar una queja o sugerencia a través de la web del Gobierno, han recibido un boletín con los logros de Esperanza Aguirre.
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etiquetas: aguirre , hazañas
Pero aparte de eso, espero que entre sus hazañas incluya la de colarse ante las narices de todos los madrileños y saltarse las listas de espera de la sanidad que ella destroza.
Recuerdo cuando un hospital publico tiro a la basura historiales clinicos en la misma calle, la APD cerró el tema diciendo que no habia "intencion" y punto.
Eso mismo lo hace una empresa privada y le cae la del pulpo.
Idem con otro tema de la policia local, caso cerrado, hazlo tu y ya verás.
España == pais bananero
En cuanto a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal:
Artículo 5. Derecho de información en la recogida de datos.
1. Los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco:
De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.
Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas.
De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos.
De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante.
Cuando el responsable del tratamiento no esté establecido en el territorio de la Unión Europea y utilice en el tratamiento de datos medios situados en territorio español, deberá designar, salvo que tales medios se utilicen con fines de trámite, un representante en España, sin perjuicio de las acciones que pudieran emprenderse contra el propio responsable del tratamiento.
2. Cuando se utilicen cuestionarios u otros impresos para la recogida, figurarán en los mismos, en forma claramente legible, las advertencias a que se refiere el apartado anterior.
3. No será necesaria la información a que se refieren las letras b, c y d del apartado 1 si el contenido de ella se deduce claramente de la naturaleza de los datos personales que se solicitan o de las circunstancias en que se recaban.
4. Cuando los datos de carácter personal no hayan sido recabados del interesado, éste deberá ser informado de forma expresa, precisa e inequívoca, por el responsable del fichero o su representante, dentro de los tres meses siguientes al momento del registro de los datos, salvo que ya hubiera sido informado con anterioridad, del contenido del tratamiento, de la procedencia de los datos, así como de lo previsto en las letras a, d y e del apartado 1 del presente artículo.
5. No será de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior, cuando expresamente una ley lo prevea, cuando el tratamiento tenga fines históricos, estadísticos o científicos, o cuando la información al interesado resulte imposible o exija esfuerzos desproporcionados, a criterio de la Agencia Española de Protección de Datos o del organismo autonómico equivalente, en consideración al número de interesados, a la antigüedad de los datos y a las posibles medidas compensatorias.
Asimismo, tampoco regirá lo dispuesto en el apartado anterior cuando los datos procedan de fuentes accesibles al público y se destinen a la actividad de publicidad o prospección comercial, en cuyo caso, en cada comunicación que se dirija al interesado se le informará del origen de los datos y de la identidad del responsable del tratamiento así como de los derechos que le asisten.
LOPD, art.6.2: "No será preciso el consentimiento cuando los datos de carácter personal se recojan para el ejercicio de las funciones propias de las Administraciones públicas en el ámbito de sus competencias..."
Aquí no hay problema ninguno con la LOPD porque los datos ya han sido recogidos por la misma Comunidad de Madrid para otros fines legítimos. Una vez que los tiene se puede comunicar contigo sin ningún problema, como además es bastante lógico. No nos volvamos paranoicos.
Es cómo si después de contratar con tu operador móvil te quejas que utilice tu correo electrónico para informarte del magnífico servicio prestado a sus clientes cuando resulta que no estás hasta el gorro de las que te han hecho. Te podrá parecer mucha jeta, pero no hay ningún problema de LOPD.
Otra cosa sería que los hubiesen facilitado a un tercero sin el consentimiento del afectado, pero no es el caso.
El caso "las hazañas de Aguirre" es simplemente lo surrealista que resulta que tenga esa jeta con la que está cayendo. Nada más.