El presidente de la Generalitat, Alberto Fabra, ha comentado este miércoles, en relación al procesamiento de la diputada autonómica Elisa Díaz, hija del exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi, por una falta de lesiones después de que supuestamente lesionara a una mujer con la que discutió en un albergue de animales, que "una galleta no creo que sea motivo" para no estar en las listas electorales, según informa Europa Press.
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etiquetas: fabra , galleta , diputada , pp , sorda
Mayoría absoluta, naturalmente.
Una guaya bien dada a tiempo y a tomar por culo.
Una pata en los cojones no es motivo para denunciar a nadie...
Mayoría absoluta, naturalmente.
Habría que ser muy borrego para votarle.
Que nos podemos reir de él lo que queramos, se lo ha ganado, pero manipular las declaraciones está muy feo.
La realidad supera siempre al EMT.
Además, no tengo que perder el tiempo justificándome con nadie...
Estamos todos gilipollas...
Si hay gente que cobra millones en comisiones ilegales en las listas... ¿Por que no podría ir gente violenta? Sería de hipócritas.
Según se comenta en la otra noticia, hubo guantazos para ambas, por lo que la cosa no está ni medio clara. También dicen que ha sido una única bofetada, con la mala suerte de que la otra mujer se ha quedado sorda... tampoco es que se haya liado a patearle la cabeza en el suelo. En fin, nada que no hubiera podido pasarnos a cualquiera.
En cualquier caso, ahí estan los jueces para la responsabilidad civil, y los votantes para la politica, aunque en este caso no creo que tenga nada que ver.
follamos todosle pegamos "una galleta" a Fabra."La Sra deja sorda de un guantazo a la política".
Entonces montarían en cólera y ésta Sra habría sido machacada socialmente y condenada por unos jueces nombrados por políticos.
Terrorista, criminal, perroflauta y vaya usted a saber que otras lindezas habría recibido.
Por otra parte si la preocupación es donde colocar a esta señora para que chupe del bote no creo que el PP tenga problemas en este menester.
Ha sido una discursión particular de la que no se saben los detalles, pero que en principio no tiene nada que ver con su labor pública. Otra cosa sería que la hubiesen trincado robando o defraudando a hacienda.
-"Una galleta no es motivo para no ir en las listas, tete."
Si bien reflexionanado, tienes razón, si en realidad no debería haber límite alguno a las listas. Al final, son los borregos los que botan personas imputadas, por lo que esta señora es simplemente una persona incapaz de evitar una pelea, lo que tampoco la convierte en un monstruo.
¿En eso consiste la tan cacareada Marca España?
Me parece que estais pasando por alto que podría tratarse de un caso de legitima defensa. No solo eso, sino que leyendo los comentarios, vienen a dar por hecho que, sin mediar provocación, ha llegado a la carrera donde estaba la otra y le ha soltado tal galletón a mano abierta que la ha dejado sorda.
Es lamentable que se pierda la objetividad de esta manera solo por pertenecer a un determinado partido. Podría entender que se la prejuzgara hasta cierto punto en aspectos políticos o de corrupción, algo de lo que andan más que sobrados en el PP, pero esto es algo que no tiene nada que ver con la política.
#42 Si es condenada con inhabilitación, pues arreando, pero ahora mismo no lo veo justo. Será cosa de haberme visto metido en fregados similares (que no terminaron tan mal), sin comerlo ni beberlo.
Y si piensas lo contrario es que eres de ETA o del PAH.
Mayoría absoluta, claramente.
El juez admite en su auto que «existe una cierta duda» hasta qué punto la lesión denunciada «no pudiera provenir de otro suceso anterior, posiblemente de naturaleza deportiva, y no de la discusión objeto de las actuaciones». En este sentido, apunta a que una de las testigos, que estuvo presente durante el altercado, aseguró que «la diputada no llegó a golpear a su oponente», mientras que varios trabajadores y voluntarios del albergue aseguraban que la denunciante «se había quejado con anterioridad de fuertes molestias en su oído». El magistrado puntualiza que todos estos testimonios «son ciertamente imprecisos en cuanto al momento en que se produce estas quejas (doce días antes, cuatro o cinco días antes o justo antes) así como la naturaleza de la dolencia, ya que incluso se llega a afirmar que procedía de una infección». Sin embargo, el juez recuerda que frente a estos testigos está el informe del forense que establece que la lesión se debió «a un claro origen traumático, no patológico» y que la mujer recibió asistencia médica de manera inmediata tras el suceso. Por todo ello considera que es en el juicio donde se deben solventar todas estas contradicciones.
La fina linea entre la libertad de expresión y un acto político, deja q los pperos expresen sus odios personales q sino rebientan, y tu con cuidado mira debajo del tuiter.