Un hombre de 82 años de Manresa (Barcelona) pone un anuncio para vivir los años que le quedan con una mujer joven y atractiva: No me da miedo que me quiera matar, asegura
#97 Y tu, con las pruebas que tienes ya sabes que no se cumple ninguno de esos supuestos.
Además que descartas la posibilidad de que pueda cambiar su residencia al País Vasco y cumplir con la legalidad para disponer esa libertad de herencia, o que pueda conseguirlo vía tribunales
#12 Depende de cuanto tenga el viejo. Si tiene 10 millones en pisos, puede perfectamente darle 400.000 a quien le venga en gana, sobretodo si hay boda de por medio
#103Además que descartas la posibilidad de que pueda cambiar su residencia al País Vasco y cumplir con la legalidad para disponer esa libertad de herencia, o que pueda conseguirlo vía tribunales
Pues le va a costar mover el piso de sitio
En 1965, a los 90 años y sin herederos naturales, Jeanne Calment firmó un acuerdo para vender su antiguo apartamento con reserva de usufructo vitalicio (hipoteca inversa) al notario André-François Raffray ―entonces de 47 años―, mediante un contrato de contingencia por el que le otorgaba un pago mensual hasta su muerte. A pesar de que accedió a pagar una suma mensual de 2.500 francos hasta que Calment muriera, Raffray nunca imaginó que Calment llegaría a vivir 122 años (32 años más) y terminó abonándole aproximadamente un millón de francos (unos 150.000 €), cifra que equivalía al doble del valor del apartamento. Raffray murió víctima de cáncer treinta años después en 1995, a los 77 años, y su viuda continuó el pago hasta el deceso de Calment el 4 de agosto de 1997.
"Ya he tenido alguna relación anterior con mujeres de menos de 30 años, así que no veo problema en pedir que tengan esa edad. Cierto que todas han sido extranjeras, ninguna del país. A las de aquí les cuesta mucho salir con un hombre jubilado", explica.
Vamos, que las de aquí tienen dinero o no las están explotando...
“Todas las mujeres que he conocido de mi edad están ya muy mal y yo me cuido muchísimo, solo tengo un poco de lumbago. Hago deporte y a pesar de mi edad cumplo bien". Por desgracia, Alberto prefiere que no aparezca su fotografía y no es posible apreciar su lozanía.
#12 La legítima se puede pagar en inmuebles. Les podría dar el % de la vivienda que les corresponda una vez se sepa a cuanto sube (lo cual supondría un condominio con los hijos, nada apeticible y nido de problemas) o les podría pagar la legítima en dinero, aunque no lo haya en la herencia si quiere conservar toda la propiedad de la vivienda. Es más en Catalunya ella podría aceptar la herencia sin que los legitimarios tengan que estar presentes.
No sé como habrá hecho testamento este hombre pero si en vida les ha dado a sus hijos cosas cuyo valor cubra la legítima cuando fallezca el padre podrían no recibir nada.
Y según sus circunstancias, quizás cabría la deshederación.
#103 Hombre, si hubieras leído el artículo sabrías que le ha dado a sus hijos un piso en la playa, por tanto todo indica que no se cumplen esos supuestos. Pero tu erre que erre. Además de que los pisos no tienen ruedas para cambiarlos
#135 Teniendo que no hay inmueblesssss, no, no puede pagarla en inmuebles, ya que sólo hay un inmueble. Todo eso lo sabrías leyendo el artículo.
Y no, en vida puedes dar lo que te de la gana, pero eso no es herencia, por tanto no cubre la legítima. Es de primero de herencias
#143 Aunque haya un inmueble en la herencia se puede usar para pagar la legítima. Se adjudicaría, por ejemplo un 25% a los hijos y el resto al heredero, que en este caso podría ser esta mujer. Es decir un inmueble en la herencia es bastante para poder cumplir con la legítima.
Si el padre ha donado un inmueble en vida al hijo por valor de X, en el testamento se puede poner que nada deja a su hijo Fulanito porque en vida ya le ha dado bienes bastantes que cubren esa legítima. La cuestión es ver si cuando fallece la persona los bienes donados y que valían X cubren la legítima (Y). Si la cubren el hijo puede no recibir nada, si no la cubren, el hijo tiene derecho a la parte de legítima que le corresponde (Y-X).
También es de primero de herencias que en España (incluyendo territorios con derecho propio como Catalunya) se puede desheredar. Que cueste más o menos es otra cosa.
#139 Se que ha "dado en herencia" a sus hijos un piso en la playa, tu no lees mis comentarios. además ahora tienes el aporte de #69 por lo que podría formar parte de la herencia.
SIgues sin decirme cuánto es "no hay mucho efectivo" en valor monetario, que pueden ser 50€ como 100.000€
Para tu información, la residencia no está relacionada con el lugar donde se tienen las propiedades, sino donde vives (resides), por lo que perfectamente se puede mudar, de alquiler, al País Vasco manteniendo la propiedad en Cataluña, y tener la herencia sujeta a su (nuevo) lugar de residencia, repito, siempre cumpliendo la legalidad al respecto (dos años de residencia continuada), lo que no es desacabellado ni imposible.
Veo muchas quejas sobre que la mujer tendrá que pagar, pero tal y como yo lo veo tiene dos opciones:
1) Quedarse como está, no ganar nada.
2) Heredar propiedades por valor de 400.000 euros, más vivir de la pensión de ese señor durante los años que resten, y a cambio tener que pagar una parte en impuestos o herencia legítima.
Vamos, que la duda está en cuanto valora su "cariño" y "atenciones especiales", con respecto a pasar de una mera cuidadora sin más.
#101 Lo vi en las noticias de Antena3 y para variar intentaron dejar al hombre como un machista opresor del heteropatriarcado con la loca idea de querer follarse a una joven, que locurón eh, lo divertido es que ya tenía una pretendienta
#154 No, no se lo ha dado en herencia. Él dice que lo ha dado en herencia pero en vida no se puede dar nada en herencia. Y lo que dice #69 es justo eso, que no es herencia, si lo citas al menos lee lo que dice
#146 No, el padre en vida puede dar lo que le de la gana, pero en testamento eso no puede ir incluido. De hecho es evidente que los hijos impugnarían un testamento así por ilegal
Lo que dices de desheredar, me lo puedes citar? Porque el unico sitio donde se puede desheredar es pais vasco, en el resto tiene que haber maltratos / similares de por medio
#162 Veo que sigues sin leer mis comentarios, pues me citas a mi para desdecirme a mi también.. Cierto es que me he equivocado al citar a #69 en lugar de #142, que era el que quería poner, y #142 aporta que sí se puede dar el caso de herencia en vida, aunque es más correcto decir que es una donación que se tiene en cuenta para el cálculo de la legítima.
#163 En vida no puedes dar lo que te dé la gana: hay los límites de los artículos 634 y 636 CC.
Si la donación que se ha hecho lo ha sido en consideracióin a la herencia del futuro (donación colacionable) se tiene en cuenta. Y el hijo recibirá de menos tanto como ya haya recibido en vida. Si este hombre fallece en Catalunya la legítima funciona de forma un poco distinta al derecho común (es un crédito contra la herencia).
En el CC tienes los artículos 848 y siguientes. En Catalunya tienes los artículos 451-17 y siguientes del libro IV del CCCat. En ambos casos tiene que haber una causa que justifique la desheredación pero eso no quiere decir que no se pueda.
#92 Si es posible , en Catalunya rige el derecho civil catalán que en sus artículos 412-3 y 451-17 establece las causas por las que se puede probar a los hijos de la legítima . No sé si es el caso concreto , pero posible es .
#131 No. En España se puede desheredar por las causas que marca la ley: básicamente hay que atentar contra la vida del progenitor, o similar. Pero eso sólo rige para herederos forzosos.
#175 Era un número cualquiera , porque se podría pagar como se quisiera y el porcentaje del inmueble podría ser otro, pero para el caso sirve. En Catalunya la legítima es una cuarta parte.
Otro artículo más con ese tufillo ultramoralista que parece haber contaminado todo este digital. Vamos a ver, el dinero es suyo y se lo gasta en lo que le da la gana. Mejor eso que dárselo a unos parientes que si los tiene pasarán de él, o a que se lo quede este estado expoliador que tenemos. Y respecto a la chica, lo hace libremente. Ya es mayorcita y toma sus propias decisiones, no necesita que los guardianes de la moral progre vengan a decirle lo que tiene que hacer con su vida.
Pésimo negocio para la cubana. Arrimarse a un vejestorio que ha de vivir con una pensión de 1800 euros es banstante arriesgado. Se cuida y puede llegar a los cien. Malvender la finca para curar los achaques y el piso necesario para vivir.
no fumadora, buena presencia, sensible, amante naturaleza. Y el litón alto, de entrada si quitamos a las fumadoras ya desaparecen el 15 % de una tacada. Lo de buena presencia me lo salto por si acaso las feministas, pero ya se caen de la lista otro buen porcentaje. Sensibles lo serán todas, pero unas más y otras menos (descartemos a las que sean sensibles a la jaqueca y enganchadas a la Aspirina) Ya quedan menos. Queda amante de la naturaleza. Ya, de los campos verdes, el rocío de la mañana, el ruido de las olas......... y los bodegones.
Para unas risas: quí tienen a un anciano de 90 años que se casa con un bombón de 20. Cuando regresan de la luna de miel visitan al ginecólogo, resulta que la muchacha está encinta.
—Don Eustaquio, esto me huele mal –comenta el doctor al viejito–. Déjeme le cuento una historia: era un cazador algo despistado que se fue de caza y en lugar de escopeta se llevó el paraguas. Entonces vio un halcón, le apuntó con el paraguas y el halcón cayó muerto…
—¡Imposible! Alguien más le disparó a ese halcón –asevera el anciano.
—¡Exacto!, eso mismo quería decirle –remata el doctor. www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2018-11-12/anciano-busca-muje
#43 La mujer cubana que a día de hoy aspira a casarse con Alberto ya conoce el patrimonio que va a heredar. Un piso céntrico y una finca privilegiada con árboles frutales, bosque y una casa en lo alto de un monte en Castellnou de Bages (Barcelona). También un pellizco en la cuenta corriente. "El piso y la finca valen más de 400.000 euros. En metálico no hay mucho, he trabajado toda mi vida en la banca y he sido siempre de invertir. También hay que sumarle la pensión de viudedad, yo ahora cobro 1.800 euros de jubilación", explica Alberto. "Por desgracia, tenía un apartamento en la playa pero se lo di en herencia a mis hijos cuando falleció mi esposa y lo malvendieron. Es lo único que les voy a dejar porque se han portado fatal conmigo y con mi familia".
#180 te equivocas . Mi difunto marido desheredo a su hija de su primer matrimonio porque ella no había mostrado ningún interés en el en los últimos 15 años , ni siquiera cuando estuvo enfermo , y fue legal . No es necesario que haya maltrato , ni físico ni psíquico , la simple indiferencia es suficiente
#187 te lo dije en el primer comentario , código civil de Catalunya , los artículos estaban allí (no me hagas buscar el testamento) Y si , conozco toda la historia , yo estuve allí los 15 años , estaba allí cuando se firmó el testamento, estaba allí cuando murió y por supuesto estoy aquí aún después de la resolución en la que la pequeña HDP no se llevó nada
Buen día estimado señor, estoy interesada en su propuesta, soy soltera, tengo 32 años de edad, si aun no encuentra a la mujer indicada por favor comuníquese conmigo.
#70 Esta es la más antigua en la que puedo contestarte, así que haya vamos. Recoremos tu mierder comentario:
"Tu querido certificado de la Renault dice que cumple Euro IV, pero es que eso lo hacen todos los Megane de 130cv, el caso es que tu no sabes si el tuyo tiene FAP o no.
A mí me la pela que no sepas ni que coche tienes, es tu problema si no le pones el aceite adecuado, pero ya te digo que si es de 2005/2006 NO TIENE FAP, que ese coche lo tiene mi suegro, y no tiene FAP, y cumple la Euro IV. "
Quizá tu suegro no sepa qué coche tiene, yo sí, y ni tengo el número de bastidor que sacaste de un fulano en un foro, ni el icono en el motor que lo indique ni pollas en vinagre. Hoy he cambiado a las gomas de invierno y en el elevador... ¡voilá!
#190 Que bien, me he puesto muy contento, tu coche no echa casi mierda a la atmósfera!!
Lo curioso es que hasta ahora no sabías realmente si tenías FAP o no, te he hecho un favor obligándote a que lo mires!!
Y al final de que año era? Porque esa era la cuestión importante para saber si llevaba FAP o no, seguro que es de 2004 o 2005 (ya no recuerdo tus comentarios exactamente)
Vuelvo a decir, ¿Dónde digo que no llevas razón?
Además que descartas la posibilidad de que pueda cambiar su residencia al País Vasco y cumplir con la legalidad para disponer esa libertad de herencia, o que pueda conseguirlo vía tribunales
La pela es la pela.
Pues le va a costar mover el piso de sitio
En 1965, a los 90 años y sin herederos naturales, Jeanne Calment firmó un acuerdo para vender su antiguo apartamento con reserva de usufructo vitalicio (hipoteca inversa) al notario André-François Raffray ―entonces de 47 años―, mediante un contrato de contingencia por el que le otorgaba un pago mensual hasta su muerte. A pesar de que accedió a pagar una suma mensual de 2.500 francos hasta que Calment muriera, Raffray nunca imaginó que Calment llegaría a vivir 122 años (32 años más) y terminó abonándole aproximadamente un millón de francos (unos 150.000 €), cifra que equivalía al doble del valor del apartamento. Raffray murió víctima de cáncer treinta años después en 1995, a los 77 años, y su viuda continuó el pago hasta el deceso de Calment el 4 de agosto de 1997.
Y las risas aseguradas.
Vamos, que las de aquí tienen dinero o no las están explotando...
“Todas las mujeres que he conocido de mi edad están ya muy mal y yo me cuido muchísimo, solo tengo un poco de lumbago. Hago deporte y a pesar de mi edad cumplo bien". Por desgracia, Alberto prefiere que no aparezca su fotografía y no es posible apreciar su lozanía.
El articulista se ha lucido con la última frase
No sé como habrá hecho testamento este hombre pero si en vida les ha dado a sus hijos cosas cuyo valor cubra la legítima cuando fallezca el padre podrían no recibir nada.
Y según sus circunstancias, quizás cabría la deshederación.
Y no, en vida puedes dar lo que te de la gana, pero eso no es herencia, por tanto no cubre la legítima. Es de primero de herencias
¿Y nadie ha pensado en la muerte por kiki? Menéame, no te conozco.
Si el padre ha donado un inmueble en vida al hijo por valor de X, en el testamento se puede poner que nada deja a su hijo Fulanito porque en vida ya le ha dado bienes bastantes que cubren esa legítima. La cuestión es ver si cuando fallece la persona los bienes donados y que valían X cubren la legítima (Y). Si la cubren el hijo puede no recibir nada, si no la cubren, el hijo tiene derecho a la parte de legítima que le corresponde (Y-X).
También es de primero de herencias que en España (incluyendo territorios con derecho propio como Catalunya) se puede desheredar. Que cueste más o menos es otra cosa.
SIgues sin decirme cuánto es "no hay mucho efectivo" en valor monetario, que pueden ser 50€ como 100.000€
Para tu información, la residencia no está relacionada con el lugar donde se tienen las propiedades, sino donde vives (resides), por lo que perfectamente se puede mudar, de alquiler, al País Vasco manteniendo la propiedad en Cataluña, y tener la herencia sujeta a su (nuevo) lugar de residencia, repito, siempre cumpliendo la legalidad al respecto (dos años de residencia continuada), lo que no es desacabellado ni imposible.
1) Quedarse como está, no ganar nada.
2) Heredar propiedades por valor de 400.000 euros, más vivir de la pensión de ese señor durante los años que resten, y a cambio tener que pagar una parte en impuestos o herencia legítima.
Vamos, que la duda está en cuanto valora su "cariño" y "atenciones especiales", con respecto a pasar de una mera cuidadora sin más.
Lo que dices de desheredar, me lo puedes citar? Porque el unico sitio donde se puede desheredar es pais vasco, en el resto tiene que haber maltratos / similares de por medio
Y la herencia jamás la dejaría a alguien que no la merece, como es el caso. Hay otras opciones.
Si la donación que se ha hecho lo ha sido en consideracióin a la herencia del futuro (donación colacionable) se tiene en cuenta. Y el hijo recibirá de menos tanto como ya haya recibido en vida. Si este hombre fallece en Catalunya la legítima funciona de forma un poco distinta al derecho común (es un crédito contra la herencia).
En el CC tienes los artículos 848 y siguientes. En Catalunya tienes los artículos 451-17 y siguientes del libro IV del CCCat. En ambos casos tiene que haber una causa que justifique la desheredación pero eso no quiere decir que no se pueda.
Falso -> www.legalitas.com/abogados-para-particulares/actualidad/consultas-frec
Esta es de las segundas.
Tienes que elegir, o "En España no es posible desheredar..." o tu frase "En España se puede desheredar...". Las dos a la vez no pueden ser ciertas.
Pista: La que es cierta es la tuya.
no fumadora, buena presencia, sensible, amante naturaleza. Y el litón alto, de entrada si quitamos a las fumadoras ya desaparecen el 15 % de una tacada. Lo de buena presencia me lo salto por si acaso las feministas, pero ya se caen de la lista otro buen porcentaje. Sensibles lo serán todas, pero unas más y otras menos (descartemos a las que sean sensibles a la jaqueca y enganchadas a la Aspirina) Ya quedan menos. Queda amante de la naturaleza. Ya, de los campos verdes, el rocío de la mañana, el ruido de las olas......... y los bodegones.
Para unas risas: quí tienen a un anciano de 90 años que se casa con un bombón de 20. Cuando regresan de la luna de miel visitan al ginecólogo, resulta que la muchacha está encinta.
—Don Eustaquio, esto me huele mal –comenta el doctor al viejito–. Déjeme le cuento una historia: era un cazador algo despistado que se fue de caza y en lugar de escopeta se llevó el paraguas. Entonces vio un halcón, le apuntó con el paraguas y el halcón cayó muerto…
—¡Imposible! Alguien más le disparó a ese halcón –asevera el anciano.
—¡Exacto!, eso mismo quería decirle –remata el doctor.
www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2018-11-12/anciano-busca-muje
"Tu querido certificado de la Renault dice que cumple Euro IV, pero es que eso lo hacen todos los Megane de 130cv, el caso es que tu no sabes si el tuyo tiene FAP o no.
A mí me la pela que no sepas ni que coche tienes, es tu problema si no le pones el aceite adecuado, pero ya te digo que si es de 2005/2006 NO TIENE FAP, que ese coche lo tiene mi suegro, y no tiene FAP, y cumple la Euro IV. "
Quizá tu suegro no sepa qué coche tiene, yo sí, y ni tengo el número de bastidor que sacaste de un fulano en un foro, ni el icono en el motor que lo indique ni pollas en vinagre. Hoy he cambiado a las gomas de invierno y en el elevador... ¡voilá!
Ale, entereao, buen provecho.
Lo curioso es que hasta ahora no sabías realmente si tenías FAP o no, te he hecho un favor obligándote a que lo mires!!
Y al final de que año era? Porque esa era la cuestión importante para saber si llevaba FAP o no, seguro que es de 2004 o 2005 (ya no recuerdo tus comentarios exactamente)