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Antiviolencia propone multas a Barça, Athletic y RFEF por la pitada al himno en la Copa

La Comisión Antiviolencia sanciona con 123.000 euros a la Federación, 66.000 al FC Barcelona y 18.000 al Athletic por los pitos en la pasada final del torneo. También propone multar a otras entidades como Catalunya Acció (100.000 euros) como instigadora de la convocatoria, así como otras entidades soberanistas.

| etiquetas: multa , pitada , barsa , esto es la guerra
  1. que hagan un kickstarter "madrid ens roba" para pagar las multas, aunque creo que para muchos de estos pagar y morir lo ultimo
  2. Los del Athletic eran más en la grada y la multa es 4 veces inferior. Todo muy lógico.
  3. ¿y al que puso el himno? porque sin himno no se hubiera desatado esa terrible violencia.
  4. #3 El campo era el del BCN. Si se ponen a multar a personas individualmente se monta una buena.

    Yo creo que el PP da por perdida Catalunya y ahora solo quiere salvar al votante ultra para que Rajoy tenga una ansiada segunda legislatura.
  5. Venezuela?
  6. No entiendo por qué tanta catolonofobia, evolucionad como lo ha hecho el pueblo británico. Sí, son feas sus mujeres, pero más tolerantes y abiertas al sexo.
  7. O sea que a partir de ahora van a sancionar las pitadas? O al ath Madrid cuando insultan a Zabaleta, al que mataron junto al Calderón? Etc etc..
    Fascistas, que nos están llevando al pensamiento unico
    Viva la libertad de expresión, cojones!!
  8. #8 Hombre por favor... ¿eso donde se ha visto?

    Pregunta a los nacionalistas a ver de donde sacan la inspiración para mezclar himno+líder +bandera en un partido de futbol y castigar al que no se ponga totieso , ¿Corea del Norte?.
  9. #6, el campo era el del Barcelona, pero el Barcelona no era el organizador del partido. Si eso que multen a la RFEF.
  10. Más de un millón de euros en multas por ejercer la libertad de expresión. Que puta vergüenza de país.
  11. La letra con sangre entra.... Vergonzoso. Despues critican a Maduro. igualitos o peores.
  12. #1 Eso, suma y sigue. En 1 año Adéu Espanya.
  13. Nada, pues recurso al TEDH por multar contra la libertad de expresión y otra multa (esta de verdad) más contra estos garrulos.
  14. Con esto ya se ha acabado la crisis. Gracias Mariano
  15. #4 Creo que la inmensa mayoria de los que pitaron pagarian gustosamente su parte de la multa, más o menos de un 1€ por cabeza, se ve que esto es lo que cuesta ejercer el derecho a la libertad de expresión en España, país transparente y democrático allá donde los haya.
  16. #22 Que sea una ley no quiere decir que sea una ley justa, de hecho es una ley que limita y coarta la libertad de expresión individual, en mi caso concreto si quiero silbar silbaré, y sino enseñaré el culo, y sino cantaré el himno republicano, lo que haga falta para dar a entender mi posición delante de un hecho concreto a favor o en contra o bien mostrar indiferencia, el que hagan los otros no es de mi incumbencia, si otros quieren aplaudir que aplaudan.

    Los politicos aún piensan que multando y metiendo miedo la gente se encerrará en casa, aplaudirá el himno aunque realmente no quiera y agitará la banderita aunque realmente no quiera. En los tiempos oscuros quizás funcionaba, en los actuales te aseguro que esta multa sólo servirá para que en la próxima final el mundo entero vea como se bate el récord mundial de decibelios silbando.
  17. #6 Era campo neutral, el Barcelona no era el organizador de la final
  18. Ponen la multa mayor al Barcelona y eso que había mas seguidores del Athletic, como ha escocido el triplete...
  19. Fue una pitada en caliente así que no hay infracción. :calzador:
  20. #26 El respeto no se otorga gratis, se merece o no se merece. El actual Rey pertenece a una dinastia que fue impuesta por la fuerza por Franco a todos los españoles, quisieran o no. Eso a mí no me inspira demasiado respeto, máxime cuando se permite la aprobación pero se multa la desaprobación.

    Si realmente se quiere respeto, debe merecerlo, que se haga el referéndum para decidir entre monarquia o república, y si sale monarquia él tendrá el máximo de mis respetos. Mientras me multen por silbar a un señor que fue impuesto por la fuerza por un dictador, lo único que se conseguirá es que a la próxima silbe mucho más fuerte.
  21. #5 ¿Y los que fueron a jugar? Porque si no van a jugar no se hubiera desatado tal muestra de falta de respeto.
  22. #24 Se te olvida el padre de Neymar. Con lo que cobró en negro Piqué puede estar toda su vida ganando al póker que no lo recupera.
  23. #29 xD xD xD Que sí, que todo el puto Universo está en contra de vosotros. xD xD xD
  24. Como ya es repetitiva la falta de respeto al himno de España, fuera de la competición, por insultar al resto de los españoles que sí sienten ese himno como suyo. Ya verías como vendrían rogando que los readmitiesen...
    Y tienen los santos cojones de hablar de libertad de expresión :palm: :palm: :palm:
    #32 Eso que cuentas es mentira. Al Rey se le puede pitar en otro momento que no sea mientras suena el himno de España, incluso en otro momento que no sea una competición deportiva. A otro perro con ese hueso.
  25. Yo no entiendo nada: "Un auto de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional consideró en 2009 que pitar el himno de España está amparado por la libertad de expresión". Es decir, estos administrativos deciden saltarse decisiones judiciales para multar por expresar una opinión política. Gustara más o menos (a mi se me ocurren otras formas de protesta mas "joviales") pero no deja de ser: A mi esto no me representa. Y no sólo se multa al Barça, también a Catalunya en Acció (100.000€) y a varias organizaciones culturales con 70.000€ (como El Sotrac).

    ¿Sabéis de cuando es la última multa en España por pitar el himno? De 1925, con la dictadura de Primo de Rivera.

    Sospecho que Cardenal quiere ir en la lista unitaria con Mas y Junqueras, desde luego se está esforzando para convencer a los indecisos.
  26. #36 Define "resto de los españoles"

    #18 pues será de ahora porque la última vez que lo miré incluso quemar la bandera estaba amparado en la libertad de expresión según su tribunal constitucional.
  27. #40 Sigue leyendo las siete siguientes palabras:
    ¿Ves? No estaba tan lejos la definición/aclaración.
  28. #39 Los autos de la Sala de lo Penal NO CREAN JURISPRUDENCIA.
    Y Mas no quiere la independencia: quiere seguir viviendo como un corregidor de la milonga independentista, no te confundas.
  29. #36 Perdona, es que mis ojos han tardado un poco en adaptarse a leer tanto cuñadismo junto.
  30. #36 Si, fuera de la competición, así los derechos a nivel mundial se venderán a la mitad de precio al no participar uno de los principales equipos, menor asistencia y recaudación en los estadios y unos cuantos millones menos en concepto de impuestos para el Estado, eso por no hablar de la imagen que se veria en el mundo al expulsar a un equipo de una competición deportiva por un problema politico...si para tí eso es castigar pues vale...
  31. #42 Sí que la crean, no en el sentido del art. 1.6 del CC pero sí vinculan a los Tribunales. De hecho no sólo la AN crea jurisprudencia, también el TC (en materia de amparo de derechos fundamentales) y los TSJ (en materia de derecho foral propio). La AN al ser un tribunal especial para determinados delitos también crea jurisprudencia, es decir, no puede resolver de forma distinta un caso que es idéntico a uno ya juzgado. Y sí, un caso con un auto de sobreseimiento definitivo crea jurisprudencia.
  32. #18 Sino ha cambiado la cosa, hasta donde yo sé silbar el himno norteamericano y quemar una bandera norteamericana está amparado por la libertad de expresión según el Tribunal Supremo de Estados Unidos.
  33. #6 El PP no da por perdida a Catalunya, es que Catalunya nunca ha sido del PP, no puedes perder lo que nunca has tenido.
  34. #26 Si, ya me hago una ligera idea de cómo algunos españoles respetan los himnos, los catalanes deberiamos tomar ejemplo, dónde va a parar...

    www.youtube.com/watch?v=6VMZ55tJwPM
  35. #51 Vuelvo a decir que en Estados Unidos quemar una bandera norteamericana o silbar el himno estadounidense está amparado por la libertad de expresión, Estados Unidos tampoco es Corea del Norte.
  36. Habrá que ver la cara de los de las asociaciones jojojo.
  37. #49 pues tienes un problema
  38. Pitar el himno me parece una horterada. Multar una pitada me parece una imbecilidad.
  39. El barsa es el mejor ejemplo de como politizar el deporte. No les da la más mínima vergüenza. Todo un ejemplo para los niños. Encima no se conocen las normas de los torneos que juegan y se sorprenden cuando les multan por politizar los encuentros.

    Ala, a pagar nenes.
  40. #29 La multa mayor es a la federación.
  41. #4 No creas. Publicidad bastante barata. Es como el chiste del catalán que deja el coche en el banco para irse de vacaciones.
  42. #45 Mucho me temo que has leído algo por internet y no te has enterado de mucho. No sabes cuánto lo lamento.
    La jurisprudencia, como fuente del Derecho, sólo la sienta las SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Oir favor, no te inventes cosas.
    www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/jurisprudencia/jurisprudencia.ht
  43. #61 La jurisprudencia nunca es fuente del derecho, es un complemento del ordenamiento jurídico que ayuda a la interpretación y aplicación de la normas. En el modelo anglosajón sí que es fuente del derecho (EEUU o Inglaterra) en el modelo europeo (el de España, Italia, etc...) no. Así que por favor no te inventes cosas.

    De todas formas si quieres vamos al TEDH que condenó al Estado español por la STC a Otegi al decir: "El Rey es el jefe de los torturadores". Si eso está amparado por la libertad de expresión es evidente que silbar al rey también lo está.
  44. #61 Edit: De hecho es lo que pone en el enlace que has puesto, te lo podrías haber leído ;)

    Yo lo que quería decir (y me he expresado mal) es que la AN está vinculada por sus resoluciones anteriores en casos idénticos.

    Sí que te voy a dar la razón en una cosa, cuando esto llegue al contencioso-administrativo estos órganos no estarán vinculados al auto de la AN, pero me juego 1 contra 100 que esa multa no se pagará. En algún momento (quiero pensar) un tribunal español la anulará (y si no lo hace ya llegará el TEDH para volver a sacar los colores a España).
  45. #62 Mira. No me discutas que las fuentes del Derecho Civil, por ejemplo, atribuyen a la jurisprudencia del Tribunal Supremo el carácter de fuente.
    Amparado por varias sentencias que confirman la utilización de dicha jurisprudencia como referencia citada en otras sentencias y autos de Juzgados inferiores. Si eso no es fuente, ya me dirás qué lo es.
    Deja de consultar la Wikipedia para contestarme a cosas que he estudiado, por favor y que he visto durante un período largo de mi vida de primera mano en Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de Justicia.
  46. #64 Esto dudo que le interese a nadie (la discusión que estamos teniendo) pero como me está gustando te contesto. Yo también lo he estudiado y lo he visto durante un periodo largo de mi vida. Por ejemplo que me niegues que los TSJ crean jurisprudencia en el ámbito de sus derechos forales no tiene sentido.

    Aquí te dejo lo que venía en un manual (carperi) para las oposiciones a judicatura.

    Valor jurídico. ¿Es o no fuente del Derecho?
    - Posición de la doctrina.
     Los que afirman que sí. Se apoyaban en 1.692 LEC de 1881, que permitía el recurso de casación por “infracción de ley y doctrina legal” (= jurisprudencia). Esta postura no es sostenible por la Ley de Reforma Urgente de la LEC de 1984, que permite el recurso de casación contra la “infracción de las normas del ordenamiento jurídico o la jurisprudencia que fueren aplicables para resolver las cuestiones objeto de debate”, y que no considera por tanto a la jurisprudencia como fuente del Derecho. La LEC de 7 de enero de 2000 sigue la misma línea, pues permite el recurso de casación por “infracción de normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso” y “cuando la resolución del recurso presente interés casacional”, lo que ocurre “cuando la sentencia recurrida se oponga a doctrina jurisprudencial del TS”.
     Los que afirman que no. Dicen que el TS tiene funciones meramente interpretativas. Críticas: no sólo ésas, aunque de esto no se deriva que creen NJ.

    - Posición de la legislación.
     CC. 1.1 no lo enumera entre las fuentes del Derecho, aunque lo aproxima a las mismas al regularlo en el mismo precepto y otorgarle función de complementar el ordenamiento.
     CE. 117.3 (potestad jurisdiccional exclusiva a Jueces y Tribunales), 117.4 (no tendrán más funciones que ésa y las que determine la ley), parecen configurar al TS como aplicador de las NJ, no creador de las mismas.

    - Conclusiones. Funciones de la jurisprudencia (DÍEZ PICAZO):
     Interpretación en sentido estricto. Establecer el alcance y significado de una expresión ambigua de un precepto legal.
     Interpretación integradora. Introducir en las NJ variantes que, sin aparecer expresamente en las mismas, son exigidas por su coherencia sistemática dentro del ordenamiento jurídico o por cualquier otro tipo de razones.
     Interpretación y aplicación de los PGD. Los consagra y refuerza su consideración de fuente del Derecho.
  47. #65 Mira. Déjalo, porque, además, no tiene sentido hablar de jurisprudencia ante una decisión de la Comisión Antiviolencia que no forma parte ni del Poder Judicial siquiera. Como para hablar de Derecho Foral...
    Es un error de base en tu comentario #39, que no había querido mencionar con anterioridad pero que, ante tu insistencia en el tema, te he tenido que recordar.
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