Hace un par de días me pasaron este artículo en el que una fiscal, que además ha sido propuesta por Podemos como magistrada al Tribunal Constitucional, comenta las asimetrías penales en materia de violencia de pareja en España. Vamos a echarle un vistazo, a ver qué cuentan. Para este artículo, no va a estar de más enlazar al Código Penal y la LIVG, referencias absolutas para todo lo que vamos a ver. Todas las afirmaciones sobre "hombre" o "mujer" en este artículo se hacen en el contexto de las relaciones de pareja.
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etiquetas: asimetria penal , violencia de género , real
www.meneame.net/story/desmontando-mito-asimetria-penal-violencia-gener
PD: No me hace ninguna gracia la violencia contra las mujeres heterosexuales, como tampoco contra los homosexuales, hombres heteros, ... y la ley no los protege de igual manera que al primer colectivo.
Porque, si vamos a eso, y se supone que son más en un sentido que en otro y que no sé qué, ya puestos ¿por qué no se da agravante cuando es un hombre el que agrede a otro hombre pareja suya? porque el autor es hombre y puestos a tener colectivos perjudicados socialmente y blablabla, el otro es gay, ¿o es que los gays no han sido históricamente más agredidos por heteros que al revés? ¿esa asimetría no cuenta?
www.meneame.net/story/ts-pone-fin-calvario-teo-acusado-falso-exmujer-v
La Ley de Violencia de Género se pasa por el forro los principios de igualdad jurídica, el derecho a tutela judicialmente efectiva y unas cuantas mas violaciones de los derechos humanos (sí los hombres son seres humanos, aunque no lo creas).
De broma:
Constitución Española:
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 24
Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
Y finalmente, uno de los principios básicos del derecho penal, directamente se lo cepilla:
In dubio pro reo: locución latina que expresa el principio jurídico de que en caso de duda, por ejemplo, por insuficiencia probatoria, se favorecerá al imputado o acusado (reo).
Si ha sido el primero, tendria una sentencia judicial que prueba que ha habido una acusación falsa con lo que podría acusar a su ex de ese delito y una prueba "judicial" que lo indica. Y si lo hace ojalá caiga todo el peso de la ley sobre ella.
Si no denuncia a su ex ya, es que lo que ha aplicado el Tribunal es la presunción de inocencia por falta de prueba. Lo cual no indica que sea una acusación falsa, si no que no hay suficientes pruebas para condenar.
Las cárceles están llenas de presos preventivos absueltos al final por insuficiencia de prueba. Triste, pero así es.
Por suerte, la justicia suele absolver si no hay pruebas suficientes, aplicando la presunción de inocencia.
Hoy, en España, al igual que delitos en el que el odio a un determinado grupo se considera agravante, el maltrato a la pareja es un problema que sigue afectando más a un determinado grupo. Las leyes asimétricas están hechas para corregir asimetrías que existen en la realidad.
También habrá algún heterosexual que será agredido por homosexuales al grito de " te lo mereces por heterosexual" y alguna mujer que agreda a su "hombre"*al grito de "te lo mereces por ser hombre", pero eso es un hecho anecdótico que no se necesita ser corregido socialmente. A diferencia de la violencia machista que sí que es un problema que afecta a nuestra sociedad (aunque esto lo sepa tooodo el mundo, menos en mnm, que se dice que "es una violencia como otra cualquiera") .
(*He usado hombre ahí con toda la intención, justo porque tampoco significa lo mismo: Un "hombre puede tener mujer"...Pero una mujer ¿tener hombre? )
Yo solo te he dicho que si hay. Tú decías que no. Evidentemente hay que cumplir unos requisitos legales. Como para casi todo.
Esto lo sabe todo el mundo. Lo que pasa es que hay cierto sector que defiende la LIVG a capa y espada y miente sobre ese asunto concreto porque
salva vidasvive de eso.numerariosadoctrinados.El agravante de homofobia hay que probarlo por cierto.
Tu lo has dicho, aun determinado grupo se considera agravante, no por sus echos sino por su pertenencia aun grupo.
www.youtube.com/watch?v=AHJLg2ZCGI8
Y te guste o no, España tiene de los números más bajos en violencia contra las mujeres heterosexuales en relaciones de pareja en países de nuestro entorno (si, la ley no protege a todas las mujeres), tenéis que dejar de lado ese "miedo" a proteger otros colectivos que aunque sean inferior en numero creo que merecen la misma protección (y subvenciones).
Joder... menuda jetaza que tienes, colega.
dominación o machismo en la conducta del autor, se la da por supuesto en virtud a los supuestos hechos de otra gente (codigo penal de autor).
"CUATRO >>> Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad."