Comisiones de 40 euros por informar precisamente de un descubierto, intereses por demora en poner la cuenta ‘a cero’ y salir de los números rojos y un círculo vicioso de recargos y comisiones que llegaron desde 2004 a suponer 5.000 euros de deuda por estos conceptos para el titular de la cuenta.
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etiquetas: comisiones , descubierto , banco , juicio , león
A ver si se ratifica y sienta jurisprudencia.
Y este año toca volver a reclamar. Eso si, por escrito, nada de eso tan español como montarle pollos a los comerciales que trabajan en las oficinas.
nadie pagó por nada .
quieren hacernos ver que hay algo de justicia con el ciudadano de a pie ¿? . Paripeeeeeeeeeeeee .
Pero hay muchas razones para mantenerte. La primera de ellas es que hasta cierta cantidad te compensa quedarte en el banco por la cantidad de problemas y pérdida de tiempo y esfuerzo en notificar a todas las compañías de servicios y a tu empresa de ese cambio.
La segunda de ellas, que nada te asegura que los problemas no los tengas en otro banco, que no sería tan mala suerte tal como esta el panorama.
Y la última, porque si tienes un juicio o reclamación abierta, puede que esa acción intervenga en el proceso. Por ejemplo, el banco puede que no te quiera notificar nada con respecto a tu reclamación alegando que no eres cliente.
Cobran intereses por descubierto y por máximo descubierto. Puedes decir que son dos comisiones por lo mismo y por tanto también ilegales.
Lo que ponga en el contrato, si es una cláusula abisiba o ilegal no tiene validez.
Un escrito dirigido al servicio de atención al cliente, asunto "reclamación de comisiones e intereses indebidos". Con unlistado de fechas, importes y conceptos. Avisar de que en caso de no proceder a su compensación pasarás a reclamar intereses de demora y acudir a los tribunales. Dos copias, que te la sellen en el banco de buen rollo y adelante. A mí el director me preguntó que si todo eso que ponía era cierto y le comenté que lo mandara para arriba, que entendía que con él no tenía que discutir nada porque no tenía capacidad de maniobra.
En mi caso tengo varias cuentas y a veces aparecían descubiertos en alguna pero había saldo en otras. En el contrato ponenque el banco pueden compensar saldos y no lo hacían. Lo más fastidiado de ellos es que tienen un sistema informático tan malo que es incapaz de conectar una cuenta normalmcon una de crédito para que esta entre en acción cuando se carga algo en descubierto en la normal.
Ah, y puedes reclamar hasta cinco años atrás.
Aunque es parecido no es igual a clausula suelo.
1.- En clausula suelo es demanda de declaracion de nulidad de clausula. (cuantia indeterminada equivalente a demanda de 18.000 a efecto de costas) Aqui el abogado se saca una pasta.
2.- Una vez sacada la pasta en costas por nulidad el abogado sino pagan o proponen pago calculandolo ellos. vamos a coger una calculadora y rollos de interes compuesto por los cojones. ....mete demanda de ejecución reclamando la cuantia concreta como consecuencia de esa declaración.
Pero lo tuyo #2
El juzgado que esta hasta los cojones de demandas
teme hace lo siguiente. No, aqui se mete demanda de declaracion de nulidad Y reclamacion de cantidad todo junto que la cantidad es muy concreta 30€. (pasa lo mismo con gastos de hipoteca que sumar 4 facturas es muy concreto) Asi que de ejecucion luego nada.Como consecuencia me obligan a un ordinario por ser en parte declarativo y no a una mierdecilla de verbal pero eso si de cuantia determinada en 30€. Por virtud de un articulo de la LEC cuando ganas en costas estas no pueden superar 1/3 de la cuantia.
Como consecuencia ganas el juicio te pagan los 30€ y 10€ de costas.
El abogado no te va a decir ya me cobro con las costas sino que me pagas 800 a mi y 200 al procurador y favor que te hacemos. Asi que chaval no te sale a cuenta.
la banca gana.
disclamer: Esto no es asi en todas las provincias pero en la mia si.
1/3 1666€ abogado +procu. sale a cuenta.
He presentado quejas en todas partes, ahora me toca ir a la oficina.
¡¡¡ Es el mercado amigo !!!
esas clausulas se pusieron sin avisar? totalmente de acuerdo en que se devuelva
aqui no cabe el "todos los bancos lo ponían" porque esas clausulas las tenía ese banco, el resto no. Te lees el contrato, y si no te mola, te vas a otro, lo que no puedes hacer es firmar un contrato, firmar unas condiciones, beneficiarte de lo que el banco te da, a cambio de esas clausulas, y cuando las clausulas entran en juego, quejarte.
Ya lo dije con las clausulas suelo, como sigamos asi, nadie va a hacer un contrato a nadie, porque puede venir alguien pasado mañana y decirte que la clausula X que anteayer ayer y hoy es legal, pasado mañana no lo es.
Supongamos (caso extremo para que veais lo absurdo que es esto de la nulidad) teneis un contrato. Trabajais 40 horas semanales, y os pagan, el sueldo que queráis, ponedle, 1000€ mensuales y 3000 extras (todos los meses, en plan dietas)
Llevarás 1 año con ese trabajo, y un día, un juez (porque se nos queja una empresa porque paga demasiado) dice que es nula la clausula de los 3000€ en dietas, que solo se pueden pagar... 500€, claro, al ser nula... no existió, y te toca devolver, 2500€x12 meses, 30000€, todos a la empresa.
Si, es un caso absurdo, pero demuestra que NO se puede poner ninguna condición en ningún contrato, porque mañana puede venir un juez, anularla, y joder al que hace el contrato (o al que lo firma como en mi ejemplo) mandando a la mierda todo contrato existente.
que hay que hacer?
se hace un contrato, (pongamos que se firma hoy, en enero del 2018) si es COMPLETAMENTE legal hoy, y lo firmamos ambas partes, entra en vigor, tenga las condiciones que tenga, son legales, y ambos las firmamos HOY.
Si el mes que viene una clausula o condición se declara nula, pues a partir del mes que viene, se anula, pero nada de hacerlo con efecto retroactivo.
Verdad que no os gustaría que pusiesen el canon digital con efecto retroactivo? que pasaría si ahora os dicen "oye, ahora tienes que pagar un 4% extra por cada equipo electronico comprado los ultimso 5 años" verdad que si se pone un impuesto, quereis solo que se aplique "de ahora en adelante"? pues con esto, debéis ser coherentes, y si ese contrato firmado por ti, era legal el día de la firma, joderte y apechugar con tus decisiones.
"la Circular del Banco de España 8/1990 de 7 de septiembre, a Entidades de Crédito, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela, establece en su norma tercera, apartado 3º, que “Las comisiones y gastos repercutidos deben responder a servicios efectivamente prestados o gastos habidos”.
En la misma línea, la Orden de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las entidades de crédito, señalaba en su artículo 5º que, “En ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente. Las comisiones o gastos repercutidos deberán responder a servicios efectivamente prestados o a gastos habidos.”"
ea!!! a reclamar
Burofax con fundamentos legales, sin haber hablado nada antes. Y el burofax buscas la sede central y lo envías ahí. Ya verás como te llaman rapidito de la oficina para arreglarlo.
No me acuerdo cuando dinero le pedian pero como 400 y pico euros, algo asi.
Este caso en concreto pagó y ya si cerró la cuenta.
Muchas gracias.,