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Bertrand Ndongo (Vox): "Si cometen delitos hay que expulsar a los inmigrantes, sean quienes sean"  

Pablo Ibarburu: "¿Entonces habrías expulsado a Cristiano Ronaldo por delito fiscal?".

| etiquetas: vox , bertrand ndongo , ronaldo , comisión delitos , expulsión inmigrantes
  1. Es ciudadano UE, no se podría, del mismo modo tampoco a Messi, que tiene doble nacionalidad
  2. Inmigrantes pobres joder, que todo hay que explicarlo.

    #1 Seguro que los "del este" también entran.
  3. ¿Entonces habrías expulsado a Cristiano Ronaldo por delito fiscal?

    El problema es que Portugal es un país de la UE y en ese caso no sé cómo va el asunto... pero si fuese extracomunitario yo creo que si un millonario comete un delito fiscal también se le debería expulsar.
  4. Eso es algo que deberia ser obvio.
  5. El Juan Jose Cortes de Vox.
  6. Ostias como ha reculado el cabron, como los cangrejos. Se ha olido el marrón y ha dicho mejor no me mojo. xD xD
  7. #2 Entonces en qué quedamos, somos racistas o clasistas?
    Importa el color, la procedencia o lo que tienes en el bolsillo?
  8. A ver... Está hablando de "delitos"... Un verdadero patrioto español nunca considera "delito" defraudar impuestos.
  9. #9 no lo tengo tan claro, si gastas dinero y lo gastas pasas de la categoría de moromierda a jeque en dos segundos, con trato vip incluido
  10. #10 Lo de la interseccionalidad siempre me ha parecido un mito, el dinero prevalece, pero en igualdad de condiciones el jeque se va antes que Sheldon Adelson.
  11. Pues me acabo de leer la ley de partidos y que alguien me explique por qué no se puede aplicar a VOX.  media
  12. #3 Absolutamente. Me la suda si alguien roba una gallina o cien millones; si es europeo, a la cárcel. Si no, cárcel una temporada y luego fuera.
  13. #13 Aplicando el argumentario xenófoVox...

    "A Iván Espinosa de los Monteros nos los tenemos que comer porque ha nacido aquí, pero a Rocio Monasterio hay que mandarla a su país".
  14. #8 Y si no se hace una complementaria de aquella manera y pa´lante. :roll:
  15. #6 Lo de olerse el marrón te ha quedado muy racista :troll:
  16. #3 Aún siendo ciudadano de la UE te pueden expulsar de otro país de la UE.
  17. La ignorancia que es muy atrevida...
  18. #1 libros-revistas-derecho.vlex.es/vid/articulo-25-229880

    PRIVACIÓN DE LA NACIONALIDAD

    No es, pues, posible que una Ley imponga, sin la voluntad del español afectado, la pérdida de la nacionalidad española de origen, ya sea ipso jure, y ya por decisión da la autoridad, gubernativa o judicial, y por grave que sea el hecho (aunque se trate de los mayores delitos contra la nación, contra sus instituciones, contra la vida y la libertad de las personas). La única posible pérdida de la nacionalidad es la causada por el español mismo, al ejercitar, en los términos legales, su derecho de expatriación.

    No gozan, en cambio, de esta garantía constitucional los españoles que no lo sean de origen. Respecto de ellos sí cabe constitucionalmente la pérdida como sanción de una conducta. Y, en efecto, la Ley en dos casos prevé que «los españoles que no lo sean de origen perderán la nacionalidad» como sanción de una conducta: en un supuesto, por decisión de la autoridad judicial (sentencia penal); en el otro, como sanción de una infracción civil-gubernativa [cfr. art. 25, 1.°, a) y b), del C. c.]. En uno y otro supuesto, las normas sancionadoras son, en el concepto del artículo 4 del Código civil, «leyes penales» y, por tanto, de interpretación especialmente restrictiva: «no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas» (cfr. artículo 4, 2, del C. c).

    Con esto quiero decir que a Messi podría quitársele la nacionalidad española, sin ningún problema y con la ley en la mano.

    Es más, si la primera vez se hubiera hecho esto, a lo mejor la segunda vez se lo pensaba porque significaría una expulsión del país.
  19. #13 Allí podría firmar como arquitecta y vender lofts sin cédula de habitabilidad.
  20. Expulsar a delincuentes es facha.
  21. Esto demuestra que no es cuestión de raza ni de color, tontos del culo los hay en todas las razas y colores.
  22. #13 Monasterio esta nacionalizada. Por otro lado ¿podrías enlazar la sentencia en la que un juez la ha condenado algún delito?
  23. #26 además no ha hecho guetos ni nada. Se ha integrado muy bien en las costumbres de la derecha española.
  24. "No, solo a la gente como yo" :palm:
  25. #1 La respuesta ya trasmite esa ignorancia, "Si cometen delitos hay que expulsar a los inmigrantes, sean quienes sean"

    Me hace gracia cuando dicen que los de Vox solo quieren "expulsar a los inmigrantes ilegales", como si sus seguidores no odiaran igualmente a rumanos, polacos, bulgaros...
  26. #21

    Lástima que una búsqueda en google deje tu argumento por los suelos.

    www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/areas-tematicas/nacionalid

    Los españoles que no lo sean de origen (por ejemplo, los que han adquirido la nacionalidad española por residencia) perderán la nacionalidad española si:

    Después de adquirir la nacionalidad española utilizan durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
    Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
    Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.


    Así que no, no se le podría quitar la nacionalidad por fraude fiscal.
  27. #31

    como si sus seguidores no odiaran igualmente a rumanos, polacos, bulgaros... catalanes, vascos, gallegos, ...
  28. #33 Lástima que no te hayas enterado que en ese artículo que encontré no se indica precisamente las notas del código penal y civil que sí que indico en mi comentario y que tú por vagancia, ignorancia o arrogancia no te has molestado en buscar:

    Artículos del código civil y penal:

    «los españoles que no lo sean de origen perderán la nacionalidad» como sanción de una conducta: en un supuesto, por decisión de la autoridad judicial (sentencia penal); en el otro, como sanción de una infracción civil-gubernativa [cfr. art. 25, 1.°, a) y b), del C. c.]. En uno y otro supuesto, las normas sancionadoras son, en el concepto del artículo 4 del Código civil, «leyes penales» y, por tanto, de interpretación especialmente restrictiva: «no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas» (cfr. artículo 4, 2, del C. c).</b>



    Es decir por una cuestión civil-guvernativa según el artículo 25 y 4, y según lo interprete el juez. Sí que se puede perder la nacionalidad por delitos, particularmente si son delitos que afectan al conjunto de la sociedad española. Que no va a pasar porque tenemos un poder judicial que da pena, es otra cosa, pero poder se puede.
  29. #14 ¿Y si es rumano?
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