Tuvo que llegar Hacienda para sacar a Al Capone de su plácida normalidad delictiva y tuvieron que llegar unos franceses borrachos a Madrid gritando que aquello era la Tierra Prometida para que Díaz Ayuso se sintiese, por primera vez, incómoda frente al reflejo de su propia gestión política. Como buena practicante del alt-right trumpista, Díaz Ayuso llegó a la gestión de lo público apostándolo todo al nacional-propagandismo y nada a la gestión. Sin imaginar que, a veces, las montañas de propaganda se te pueden derrumbar encima.
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¿Lo has deducido to o el el argumentario del día? Tendrá la gente que ir a votar ¿no?....¿o como las encuestas de la caverna mediática ya la dan por ganadora no hace falta ir?. Ten cuidado no les vaya a salir el culo por la culata.
Según se acercan las elecciones crecen los de siempre exponencialmente?
Artículo 6. Gestión ordinaria de los servicios.
Cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma y sin perjuicio de lo establecido en los artículos 4 y 5.
Artículo 12.
2. Sin perjuicio de lo anterior, las administraciones públicas autonómicas y locales mantendrán la gestión, dentro de su ámbito de competencia, de los correspondientes servicios sanitarios, asegurando en todo momento su adecuado funcionamiento. El Ministro de Sanidad se reserva el ejercicio de cuantas facultades resulten necesarias para garantizar la cohesión y equidad en la prestación del referido servicio.
Y según el gran Manolitro en el BOE NO estaba esto.
Artículo 6. Gestión ordinaria de los servicios.
Cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma y sin perjuicio de lo establecido en los artículos 4 y 5.
Artículo 12.
2. Sin perjuicio de lo anterior, las administraciones públicas autonómicas y locales mantendrán la gestión, dentro de su ámbito de competencia, de los correspondientes servicios sanitarios, asegurando en todo momento su adecuado funcionamiento. El Ministro de Sanidad se reserva el ejercicio de cuantas facultades resulten necesarias para garantizar la cohesión y equidad en la prestación del referido servicio.
www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-3951
No hay nada peor en ésta vida que perder la dignidad. (Saramago)