El Congreso chileno aprobó una ley que pone fin a una antigua discriminación en contra de las mujeres, que las obligaba a esperar -a diferencia de los hombres- 270 días tras divorciarse o enviudar para volver a casarse y así despejar dudas respecto a la paternidad de eventuales hijos.
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Pero, ¿Cómo solventan entonces el tema de las dudas de la paternidad de los hijos?
Pero se puede hacer con el más tradicional método de las espadas en vez de pistolas.
En Chile no le tienen tanto miedo a la democracia como aquí, donde cambiar cualquier coma se vende como otra guerra civil
...o eran los sables?
Y no lo digo por racismo, es que lo propuso un rey judio.
El que una parte se ponga los puños delante de los hombros y mueva los codos de arriba a abajo mientras llama a la otra gallina.
Si tu mujer te pone los cuernos, estás obligado a mantener al hijo de otra persona. No puedes pedir una prueba de paternidad para desentenderte del niño.
Mujer en edad fertil con pareja amigo de la infancia. Se enamora de otro y le oculta su relación con el anterior manteniendo dos relaciones durante al menos 2 meses. Decide cortar con su pareja dándole "un polvo de despedida", palabras literales. Se queda embarazada. Su nueva pareja no sospecha nada, y de hecho se lo esperaba porque iban a pelo. Su vieja pareja no sabe nada porque decidió cortar toda relación. De no ser porque 2 años más tarde una amiga se fué de la boca en facebook, ahora mismo habrá un señor que no conoce a su hijo y otro señor que no sabe que su hijo es su hijo.
Es que creo que para poder molerse a puñetazos al amanecer es necesario antes haber determinado este caso.
El que vive, es el padre.
Como la tía tenga la mínima sospecha de que el nene es del butanero, va a decir que miau.
Ahora se presumirá hijo del actual marido pero se puede disputar.
>La actualización de la norma establece que si una mujer contrae sucesivamente dos matrimonios, y da a luz un niño después de celebrada la segunda nupcia, se presumirá hijo del actual marido, cualquiera sea el plazo que haya transcurrido desde la disolución del primer matrimonio, manteniendo el derecho del actual cónyuge para desconocer esta paternidad, en caso de que se den los supuestos previstos.
www.lanacion.cl/pinera-firma-ley-que-elimina-restriccion-contra-mujere