El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) podría volver a sacar este jueves los colores a la banca española, como ya lo hizo el pasado 21 de diciembre respecto a las cláusulas suelo, si considera que los jueces españoles tienen potestad para declara como nula o no puesta la cláusula de vencimiento anticipado del préstamo hipotecario, presente en la inmensa mayoría de las hipotecas en España y responsable del desahucio de miles de familias.
|
etiquetas: cláusulas suelo , bruselas , tjue , desahucios , hipotecas
Dios mio lo avariciosos que son los bancos. Y el juez, aun declarando nula la clausula, estaba atado de manos y pies para parar el desahucio porque la ley española se lo impedia.
Y va a ser divertido si la UE dice que hay retroactivida y hay que devolver el piso a la persona deshauciada, mas si ese piso lo han vendido a una tercera parte.
Dios mio lo avariciosos que son los bancos. Y el juez, aun declarando nula la clausula, estaba atado de manos y pies para parar el desahucio porque la ley española se lo impedia.
Y va a ser divertido si la UE dice que hay retroactivida y hay que devolver el piso a la persona deshauciada, mas si ese piso lo han vendido a una tercera parte.
Si eso no es usura que baje dios y lo vea
Y no soy ninguna autoridad en el Derecho, pero cualquier jurista sabe que lo que se está haciendo en España vulnera la normativa comunitaria. Y lo que se está haciendo en este caso es -que en la noticia no se explica muy bien- integrar las cláusulas nulas. Es decir, un juez español claro que tiene potestad para declarar una cláusula nula, eso no discute, lo que (algunos) no tienen claro es qué hacer con la cláusula una vez que se declara como tal.
Pues bien, el derecho de la UE es claro: se tiene por no puesta y punto. No existe, ni nunca ha existido. Por eso, ni se puede decir que existieron hasta un determinado momento, limitando los efectos de su retroactividad (como pretendió el supremo con las suelo), ni se puede, como pretenden ahora, integrar su inexistencia con una norma no imperativa. Es decir, como ya no tenemos cláusula de vencimiento anticipado, aplicamos el límite que dicta la ley para ese tipo de cláusulas.... Pero eso no es correcto, porque la nulidad hace desaparecer la cláusula, no ajustarla a ningún límite (eso sería, para entendernos, como tutelar al banco: "pobrecito, la puso mal, en realidad quiso poner esto, que sí se ajusta a la ley"), por lo que debe entenderse que el acuerdo se ha firmado SIN cláusula de vencimiento anticipado. Y punto. No hay otra interpretación posible. Pero claro, esto es desastroso para el banco.
Como ya decía en el comentario que cito arriba, tanto lo de las cláusulas suelo como ahora con las de vencimiento anticipado, lo que ha pretendido nuestro Supremo es simplemente darle a los bancos TIEMPO, a sabiendas de que el TJUE le leería la cartilla, si hasta la propia sentencia de las suelo reconocía implícitamente que se saltaban el Derecho para proteger la estabilidad del sistema bancario. Así que durante varios años los bancos han podido acumular reservas y prepararse para un descenso de su activo causado por las cláusulas suelo y ahora no les queda otra que hacerse el cuerpo de que tienen prestamos que vencen dentro de un cuarto de siglo, sin posibilidad de ejecutarlos anticipadamente.
Suelo en la hipoteca lo tiene muchisima gente, pero esos gastos nos los cascaron a todos.
Lo sorprendente es que intento explicar a todos mis familiares y conocidos que deben hacerlo porque van a recuperar un dinero pero no he visto a nadie que se haya interesado lo más mínimo, es como si a la gente le sobrara el dinero o algo, porque no es normal no querer recuperar miles de euros por la pereza de meterse en un juicio y buscar abogado...
– Entonces ¿me he suicidado por nada?
– Pues sí ¿a que tiene gracia?
– Me muero de la risa, oiga.
Hombre, es que ir al de la oficina con semejante palo, que igual le dejas mal delante de sus jefes o algo ¡y nos da caramelos cuando vamos a verle! Lo que pasa es que, a diferencia de tus familiares, eres un egoísta. Además, sin esos beneficios ¿cómo van a...? yo qué se ¿llevar a cabo su obra social con esos anuncios tan majos con gente sonriendo?
(Aforismo francés)
hdps.
poca gente lo sabe, pero como parte del enculamiento que la banca nos hizo a todos los españoles con permiso del gobierno del PP, hay una ley que permite a los bancos exigirte que se haga una tasación de tu vivienda en cualquier momento.
El tasador es elegido y pagado por la banca (así que va a decir lo que el banco quiera que diga).
Entonces si le valor de la vivienda es menor que el principal restante de la hipoteca el banco puede exigirte que aportes más garantías o canceles el sobrante del principal hasta igualarlo con el valor de la vivienda.
Si no puedes o no quieres hacerlo, entonces le banco puede ejecutar la hipoteca y desahuciarte incluso si no has dejado de pagar ningún recibo de tu hipoteca.
¿Lo sabíais? ¿no? Pues ale, votantes del PP a disfrutar lo votado.
Ni que decir tiene que con el tipo de hipotecas que se dan en españa (en las que hasta el año 11 o así solo se pagan intereses), con la bajada de los precios de las viviendas y con la crisis que ha dejado sin ahorros a casi todos, ahora mismo los bancos tienen en su mano la posibilidad legal de dejar en la calle a media España.
Empresas/Bancos/Multinacionales
- Banco Santander y BBVA son ramificaciones de la banca Rothschild (Grupo Inter Alpha).
- Petrolera Repsol, ramificación de BP (Rothschild)
- MANGO (tienda de ropa) - Isak Andic
- Cervezas Ambar - de judíos sefardíes
– Saica (empresa papelera controlada por la familia Balet-Aragüés, sefardíes).
– Luengo, minas, cultivos, alimentación.
– Bosch, judeoaragocatalanes, con mordidas en todos lis grupos de telecomunicaciones y energéticas.
m.casadellibro.com/libro-mi-lucha/9788494415623/2958118
Y mucho ojo con que te guste la pintura, que Hitler también pintaba... a ver si vas a ser un genocida en potencia..
¡cuidado! Igual es usted israelita.
(#25)
www.boe.es/boe/dias/2009/05/02/pdfs/BOE-A-2009-7352.pdf
Artículo 9. Ampliación de hipoteca.
Si por razones de mercado o por cualquier otra circunstancia el valor del bien hipotecado
desmereciese de la tasación inicial en más de un 20%, y con ello se superasen, en función
del principal pendiente de amortizar, los límites a que se refiere el artículo 5.1, la entidad
acreedora, previa tasación realizada por una sociedad homologada independiente, podrá
exigir del deudor la ampliación de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la
relación exigible entre el valor del bien y el préstamo o crédito que garantiza.
En el caso de que el deudor sea una persona física, el desmerecimiento al que se
refiere el párrafo anterior deberá haberse mantenido durante el plazo de un año, a contar
desde el momento en que la entidad acreedora haya hecho constar en el registro contable
al que se refiere el artículo 21 el citado desmerecimiento.
El deudor, después de requerido para efectuar la ampliación, podrá optar por la
devolución de la totalidad del préstamo o crédito o de la parte de éste que exceda del
importe resultante de aplicar a la tasación actual el porcentaje utilizado para determinar
inicialmente la cuantía del mismo.
Si dentro del plazo de dos meses desde que fuera requerido para la ampliación, el
deudor no la realiza ni devuelve la parte de préstamo o crédito a que se refiere el párrafo
anterior, se entenderá que ha optado por la devolución de la totalidad del préstamo o
crédito, la que le será inmediatamente exigible por la entidad acreedora.
Lo único que me parece que le he calzado una hostia la PP que era para el PSOE. en 2009 era Zapatero no?.
¿Reconoce que su intento de identificar a todos los israelitas con usureros malvados es igual de estúpido?
Los negativos son para lo que son, no para lo que a usted o a @TheIpodHuman les salga del ciruelo.
en esos casos se solía pedir avalista (sus señores padres por ej)
si pediste hipoteca por un 70% y tu piso ha bajado más (normal en muchos sitios) tendrás que ajustar el riesgo o buscar avalistas
La OCU te cobra 125 de abogado, 75 de procurador y el 20% de lo recuperado. Teniendo en cuenta que son unos 1200 a solicitar la OCU y esos gastos se llevan 440 minimo, seguramente me esperare a ver como van las cosas y empezaré tratando de negociar con el banco.
No se si me va a compensar reclamarlo judicialmente por que ademas tendre que declarar los 1200 el año que viene y me van a soplar enbla declaración. Tengo que echar números
#11 una cosilla, si te hiciero tasación tambien puedes solicitar la devolución del dinero si el tasador lo mando el banco sin darte posibilidad de escoger tu la agencia de tasacion.
Te aseguro que no habrás visto en la vida a nadie insistir tanto en que no canceles la hipoteca y que incluso la amplíes para muebles de la casa nueva. Nos ofrecían de todo, lo que teniamos clarisimo es que si el banco insiste tanto en que tengas hipoteca y te hace regalos por varios miles de euros eso es que te van a quitar hasta el hígado en cuanto puedan.
'...El TJUE vuelve a dar la razón a la PAH: abre la puerta a exigir la nulidad de todos los procedimientos de ejecución...'
www.meneame.net/m/actualidad/tjue-vuelve-dar-razon-pah-abre-puerta-exi
Apuesto algo a que esta importantísima noticia no abrirá todos los telediarios.
#50 Efectivamente el gasto de la tasación es uno de los papeles que tengo. A ver qué saco al final...
Botón rojo abajo derecha.
Si a una pacienteble digo: tiene gangrena en el pie, hay que cortarlo. El no quiere, es capaz y entiende que se puede morir le doy un papel, lo firma y le digo que avise si cambia de opinión. Autonomía del paciente lo llaman.
Con esa propuesta, que no se si leiste, eso no cambia nada.
Supongo que pensaras lo mismo de los antivacunas y las campañas antitabaco (u otras políticas de salud), para ti serán una chorrada.
Lo cojonudo es que lo dices siendo médico.
(Si es que lo eres claro).
Las vacunas son un caso distinto por que el que no te vacunas afecta al vecino.
Por eso no puedes vender a los hijos ni tu corazón en un "acuerdo voluntario".