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Condenan a una mujer por agredir a su pareja en Ciutadella

Una mujer natural de Ciutadella ha sido condenada esta semana a cumplir 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad, como responsable de un delito de lesiones en el ámbito doméstico. La mujer agredió a su pareja con reiteración durante la tarde del 10 de agosto del pasado año, primero en el domicilio del hombre, situado en la calle Ángel Ruiz y Pablo, de Ciutadella, y minutos después en plena vía pública.

| etiquetas: viogen , mujer , violencia , condena , igualdad
  1. Pobrecilla... seguro que lo hizo fruto de la opresión masculina generada por el ambiente.
  2. ...como responsable de un delito de lesiones en el ámbito doméstico...

    La noticia es esa. Que el delito es diferente a si tuviera pene.
  3. ¿Cuándo acabará esta lacra del maltrato a los hombres por parte de las mujeres y la pasividad de la Justicia? ¡Basta de impunidad!
  4. Ahora vas, le haces lo mismo a tu pareja mujer, vienes y me cuentas eso de que la justicia es igual para todos. #pussypass
  5. Un día tras otro ejemplos de la igualdad de los ciudadanos ante la ley sin ser discriminados por su sexo, género o como coño lo quieran llamar. Otra vergüenza más.
  6. Solo se defendía de las futuras agresiones de un machista-maltratador apocado.
  7. #3 se dice violencia doméstica. Hay que decirlo más.
  8. Igualdad lo llaman...
  9. #1 porque no la agredió "por el mero hecho" de ser mujer.
  10. #4 A ver si te inventas una canción guapa con coreografía que podamos expresarnos.
  11. #9 Igual-da.
  12. #7 Y violador, por supuesto.
  13. Suerte tiene de ser mujer, si no estaría en el trullo.
  14. Con condenas como esta por maltrato es un aviso a navegantes en toda regla. "Ve y denuncia, que no sirve de nada".
  15. Si tienes pene son 31 años de prisión.
  16. #10 y varias veces pero no se suman los delitos
  17. #1 Sólo han aplicado la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que dice en su artículo 35:

    «En el caso de que el reo hubiera sido condenado por un delito relacionado con la violencia de género, la pena de prisión sólo podrá ser sustituida por la de trabajos en beneficio de la comunidad. En estos supuestos, el Juez o Tribunal impondrá adicionalmente, además de la sujeción a programas específicos de reeducación y tratamiento psicológico, la observancia de las obligaciones o deberes previstos en las reglas 1.ª y 2.ª, del apartado 1 del artículo 83 de este Código.»

    Por cierto, esto también se aplica a los hombres (especialmente, por cierto), es decir, si tu me pegas una paliza (soy hombre) te toca ir a la cárcel, sin embargo si es a tu mujer esta pena puede ser sustituida por trabajos a la comunidad y programas de reeducación.
  18. #19 Pero no es una ley de autor anticonstitucional... uy qué va, para nada.
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