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Condenan a una multa de 1.800 euros a la doctora de Arriondas imputada por la muerte de una embarazada

El Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo ha condenado a María Teresa G.C., la doctora del Hospital de Arriondas acusada de homicidio y aborto imprudente por la muerte de una mujer de 40 años embarazada de siete semanas, a la pena de dos meses de multa con cuota diaria de treinta euros como autora de una falta de imprudencia con resultado de muerte.

| etiquetas: multa , doctora , muerte , paciente , embarazada
  1. Con dos peonadas paga la multa, que país........
  2. Una cosilla que no me ha quedado clara. Le ofrecieron hacerse una placa para descartar que fuera un infarto a lo que ella se negó por estar embarazada. ¿Hay otras pruebas que confirmen el infarto que no sea mediante placas? Es que si no, no entiendo que hayan condenado a las médicas :-S
  3. #1 La muerte está causada por un diagnóstico erróneo, por impericia de la médica, si quieres, de acuerdo. También sé por amarga experiencia que el corporativismo entre médicos es enorme.
    Pero tengamos en cuenta que la medicina no es una ciencia exacta. En este caso puede valer eso de "en el pecado lleva la penitencia".
  4. Debe ser que la doctora es una asesina nata...por eso estudió medicina, una de las carreras más duras que hay, preparo una oposición durísima, y trabaja todos los días pensando en quién va a ser su próxima víctima....en fin.
    La medicina está sujeta a opiniones y acciones humanas, absolución. La medicina no son matemáticas
  5. #3 y #4,
    bordao
    ;)
  6. El que estudie medicina debe de saber que la vida de muchas personas depende de sus manos, nadie dice que la doctora lo hiciera de mala fe, pero el resultado de su impericia fue la muerte de una paciente. La medicina no son matematicas, pero si ha ejercido mal su trabajo, habria que quitarle la licencia, pero ya se sabe como es la medicina, todos se tapan y nunca dicen la verdad.
  7. #6 No niego que tenga responsabilidad: efectivamente hay un homicidio por imprudencia. Lo que digo es que la pena ha de ser proporcionada y no es equiparable a un homicidio doloso.
    De todos modos la clave de la cuestión es la siguiente: para que se determine la responsabilidad civil (la indemnización a la familia de la fallecida) ha de determinarse previamente la responsabilidad criminal. En dos palabras: si no hay delito (en el grado que sea) no hay responsabilidad civil derivada de la responsabilidad criminal.
    Después la cuantía que el juez determina como responsabilidad civil la paga la compañía de seguros, Mapfre, creo.
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