Lorena S. H., de 36 años, será condenada a seis meses de prisión y una multa de 2.160 euros por presentar una denuncia falsa contra un antiguo novio por violación. La mujer reconoció este lunes el delito, lo que le supuso una rebaja de la pena, ya que inicialmente se enfrentaba a 15 meses de cárcel y 4.320 euros de multa.
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Cuando dicen que a las mujeres hay que hacerlas caso si o si se trata de que se investiguen las agresiones, no que pasa como hacían antes, que ante una denuncia de ser agredidas por su marido las daban una palmadita en el hombro y les decían "vuelve a casa con tu marido, que es hora de hacer la cena".
Ni calvo ni tres pelucas. Una cosa es que se tnega que investigar la denuncia, y otra que los hombres sean automáticamente condenados.
Otro caso más difícil es que se comparta vivienda con el supuesto agresor, o que haya una dependencia laboral.
#1 A diferencia de lo que opina #3 yo creo que no incentiva a nadie a destruir a sus ex. Sólo indica que si denuncias sin ningún fundamento a tu ex aparte de perder ambos el tiempo te va a tocar pagar multa.
Multa no, multita. Por estigmatizar y hacer pasar un infierno a tu expareja. Que seguramente se habrá gastado más en abogados para defenderse de la falsa acusación y en psicólogos, que el importe de la multa que han impuesto a la señorita.
Quizás tu tengas 2000 para gastar en multas, pero conozco mucha gente que no los tiene. Conozco gente que vierte mentiras de sus ex pero no tiene lo que hay que tener para ir al juzgado a denunciar.
Así, conforme al artículo 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, salvo otros supuestos excepcionales, cabe reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita siempre que los ingresos económicos “brutos”, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no superen los siguientes umbrales:
Personas no integradas en ninguna unidad familiar: 2 veces el IPREM o lo que es lo mismo, que no ganen más de 1.400 € mensuales o 16.800,00 € anuales.
El perceptor individual de SMI 2023 percibirá 1.080 € /mes en 14 pagas anuales o 1.260 € prorrateadas en 12 meses, por lo que en 2023 no supera el límite legal de 1.400 € / mes y, por tanto, esa persona SÍ puede acceder al derecho de asistencia jurídica gratuita.
Personas integradas en una unidad familiar con menos de cuatro miembros: 2,5 veces el IPREM o lo que es lo mismo, que no ganen más de 1.750 € mensuales o 21.000 € anuales.
Si dos miembros de esta unidad familiar cobran SMI, por ejemplo más común: una pareja con un hijo menor en la que los dos progenitores cobran SMI, es decir, el sumatorio de 2.520,00 €, superan el umbral de los anteriores 1.750 €, por lo que es claro que esas familias NO pueden acceder al derecho.
Personas integradas en una unidad familiar con cuatro o más miembros o familias numerosas: 3 veces el IPREM o lo que es lo mismo, que no ganen más de 2.100 € mensuales o 25.200 € anuales.
Aquí es aún más exacerbante la traba, puesto que continuando el ejemplo anterior tendríamos cómo una pareja con más de dos hijos menores e incluso familia numerosa en la que los dos progenitores cobren SMI, es decir, el sumatorio de 2.520,00 €, superan igualmente el umbral de los anteriores 2.100 €. NO pueden acceder al derecho.
¿qué dice harkon?
Vamos, que no entrará en prisión, pero él si hubiese entrado de haber sido condenado.
Llámame escéptico pero dudo mucho que nadie elija la justicia gratuita para defenderse ...
Que, por cierto, este no es el caso, pero de ser una situación de divorcio con custodia de hijos para ella, aún sería el propio demandado el que pagaría la multa de ella con la pensión de manutención de los niños ¿que no?.
Y ojo, hablo específicamente de denuncia falsa, otra cosa es "no hay pruebas suficientes" o similares.
Pero el problema real no son las denuncias falsas, sino los jueces que condenan sin pruebas. Es ahí donde se rompe todo.
En la práctica solamente se caza a alguna tonta. A poco que vayas con cuidado al decir tu mentira, no te pueden coger.
El sistema está montado así a propósito. Se incentiva denunciar; puedes conseguir hasta dinero. Poco importa si la denuncia es cierta o falsa. Se incentiva y se protege.
Ojalá se creasen talleres para ayudar a deconstruir a estas mujeres tóxicas que hacen tanto daño.
[*] se habla -y se ha hablado- mucho de la masculinidad tóxica y de los talleres para deconstruir esta masculinidad pero no se habla nunca de la feminidad tóxica que es igual o más perjudicial.
Trabajos con menores, administración, ejercito, policia, auditorias, seguros, seguridad en puertos y aeropuertos, aduanas, transporte público de personas o mercancías, casinos, bingos y casas de apuestas.
La élite intelectual de menéame
Edito, por si te ayuda en algo para deshacerte de prejuicios y fakes: www.mundojuridico.info/la-declaracion-exclusiva-de-la-victima-como-uni
Esos tres criterios que hay en tu link son muy bien conocidos. Son un absoluto desastre.
Lo principal que hay que tener en cuenta es que cumplir con esos criterios no impide que la denuncia sea falsa.
Los jueces que condenan sin pruebas los usan como excusa. Esos criterios no son suficientes. Se debe justificar además el cómo se sabe que esa acusación no es mentira, algo que no se hace y se acaba condenando porque sí.
Por otra parte esos tres criterios son un engaño. En la práctica su cumplimiento, o no, queda a criterio del juez, algo que los jueces usan para condenar porque sí.
Repito: No hay nada que obligue al juez a que se cumplan esos tres criterios, y son muchas las sentencias que se los saltan justificándolo con cortos párrafos de bla bla bla sin ningún significado.
Un caso muy sangrante son los juicios por divorcio. Todos los abogados que asisten a las mujeres les recomiendan que denuncien violencia de género. Da igual que la acusación sea falsa y se acabe demostrando su falsedad. El solo hecho de presentar la denuncia hace que el caso pase a un juzgado de excepción donde la mujer goza de una ventaja desmesurada.
En este caso se debería usar la "Ausencia de incredibilidad subjetiva", ya que la mujer tiene sobrados motivos para denunciar en falso (empezando porque si se divorcian por algo será), por lo que la denuncia no es creible.
El razonamiento que estos jueces prevaricadores usan es partir de que la supuesta agresión se dió realmente (porque sí), por lo que es normal y esperable que la mujer esté en contra del hombre, ya que el hombre la ha agredido, y en consecuencia no se dá la "Ausencia de incredibilidad subjetiva" (se sigue dando pero les da igual), por lo que la acusación adquiere el caracter de prueba y se condena al hombre por la puta cara, y ya nos podemos imaginar los términos del divorcio.