Hoy hemos leído un artículo en la prensa que relata que una señora se marchó de su vivienda unos días para cuidar de su hermana enferma y que, cuando regresó, unos okupas estaban residiendo en su casa. El artículo incurre en un importante error, socialmente muy extendido, que informa sobre una supuesta impunidad okupa y que parece que si te vas unos días de puente te pueden ocupar la casa sin que puedas hacer nada al respecto. Esto no es así, por una sencilla razón: la okupación no es lo mismo que el allanamiento de morada.
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etiquetas: okupación , ley , legalidad , allanamiento , vivienda
O como el edificio de al lado de mi casa que estuvo okupado dos años, se iba a construir un hotel pero iba a estar dos años vacío, los okupas llegaron a un acuerdo con el dueño y se quedaron hasta que empezó la reforma (pero primero se ocupó al verlo vacío tanto tiempo).
A lo que voy es a que, como dice la noticia, si hay diferencia entre unos y otros, aunque sin tener mucha idea del tema vengáis aquí a decir lo contrario. Un okupa habla con el dueño y acuerda o lucha quedarse dentro dependiendo de las circunstancias, un usurpador o allanador de moradas no lo hace.
¿Conoces a Tomás, el hospitalero de Manjarín?
Habla con él. Ya ves que soy concreto...
Ahora te cuento yo, por añadir información, aunque no muy certera a estas alturas, creo.
En los inicios de esta comunidad ocuparon inmuebles absolutamente en ruinas, rehabilitaron parte de aquellos inmuebles y se quedaron a vivir, con gran disgusto del ayuntamiento. Posteriormente, los dueños, o parte de ellos, cedieron gratuitamente el uso de esos inmuebles, supongo que para librarse del IBI (es de mi cosecha) lo que les dio a los ocupantes carta de legalidad.
A partir de ese momento la cosa cambia, porque si te metes en casa de alguien eres un delincuente, pero si el dueño te da permiso para quedarte, o incluso te regala la casa, entonces ya no hay ni ocupación ni allanamiento. Allanamiento no lo podía haber en ningún caso, porque allí no vivía ni dios, y en cuanto los propietarios cedieron tierras y ruinas (porque llamar casas a lo que había es pasarse) dejó de existir ocupación. El problema vino con los terrenos y otros bienes comunales, que eran propiedad de la Junta Vecinal, una entidad que estaba extinta de hecho porque no puede haber Junta Vecinal sin vecinos, pero que no estaba legalmente disuelta. Se trata de una figura jurídica de por esta zona y sería un rollo del copón entrar en eso, porque la cosa dio para años de pleitos.
En todo lo demás, sin excepción,es como tú dices.
Y si te importa un carajo (que sería lo normal) disculpa el rollo.