Los agentes, que pertenecen a la comisaria de Alcalá de Henares, llevarán a juicio a sus jefes por acoso laboral. Fuentes policiales aseguran que les avisaron para que se centraran en otros delitos.
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Intuyo que el problema viene porque, en su comisaría, sus superiores les tienen asignadas determinadas tareas y estos dos se han dedicado en exceso al tema del maltrato animal que es competencia de la policía local.
Sin tener más datos, me parece el resultado de su decisión deriva en problemas de coordinación entre cuerpos y en el suyo propio.
Sus superiores no ganan nada con esto, más bien al contrario. Aplicando la navaja de Ockham...
A mi me da, y puedo estar equivocado, que hablamos de dos agentes, animalistas convencidos, que se pusieron a hacer la guerra por su cuenta, restando efectivos a la policía nacional, cuando las competencias son de otro cuerpo. Porque la retirada de un animal entre que llegas, compruebas, llamas a la protectora, etc, son horas que no dedicas a otros temas quizás más importantes.
A mi me da que por dar la razón a una de las dos partes, no defiendes realmente un estado de derecho, que para ello hay que tener en cuenta la presunción de inocencia y de hacerte una idea fiable, lo mejor no es dar por cierto la versión de sus superiores, cuando todos los demás tienen la sensación de haber un acoso laboral a estos dos agentes.
Claro que defiendo un estado de derecho. La presunción de inocencia también se aplica a la otra parte, a la que no veo qué interés puede tener en acosarles, sinceramente.
La foto podría ser la portada de la serie en Netflix
Mi jefe continuamente me dice las prioridades que debo ejecutar y cumplo con el papel que me corresponde, es un caso bastante frecuente en el mundo laboral, no entiendo el drama.
Si es un delito es competencia EXCLUSIVA de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad de Estado, es decir, Policía Nacional, Guardia Civil o policías autonómicas según demarcaciones.
Policía Local: atestados instruidos por accidentes de circulación y por extensión, todos los delitos contra la seguridad del tráfico.
En muchos ayuntamientos es habitual repartirse competencias entre las diferentes FCSE, dentro de unos límites legales.
Y, desde luego, las de la policía local no se limitan exclusivamente al tráfico. Ni mucho menos.
Otra cosa es que las policías locales asuman funciones de policía judicial usando un artículo de la ley de enjuiciamiento criminal que se lo permite y, en el ámbito de las Juntas Locales de Seguridad, se comprometan a ejercerlas, pero no les corresponden per sé, de hecho podrían negarse a realizarlas.
Me juego lo que queráis, voy sobre seguro.
Ejemplos que te contradicen abundan:
andaluciainformacion.es/ronda/996429/la-policia-local-de-ronda-instruy
www.alcaladeguadaira.es/noticias/3265/la-policia-local-de-alcala-detie
www.heraldo.es/noticias/nacional/2021/08/18/denunciado-el-dueno-de-un-
www.diariodecadiz.es/costa-noroeste/denunciado-en-chipiona-por-supuest
www.benalgo.es/noticias/la-patrulla-verde-de-la-policia-local-de-ronda
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Puede ser que me equivoque, pero todos sabemos cómo funciona este país.
TE LO VOY A PONER EN MAYÚSCULAS A VER SI TE ENTERAS ASÍ: competencia de Policía Nacional que PUEDEN PUEDEN PUEDEN PUEDEN PUEDEN ejercer las policías locales PERO NO ES SU FUNCIÓN, según la ley.
Yo lo flipo con el personal, se inventan lo que les sale de los cojones y lo elevan a jurisprudencia del Tribunal Supremo
La realidad es que, como te he demostrado, esos delitos los gestiona la policía local en muchos casos, con lo cual, sí entra dentro de sus funciones.
Campeón.
Campeón.
Ejemplo extremo: una comisaría atiende con tanto empeño las denuncias telefónicas de ruido nocturno por lo que deja desatendidos asesinatos y casos de violencia doméstica. ¿Es bueno eso? Obviamente no.
Ahora lo importante es que no te despistes para pillarlo del todo.
Campeón.