Mientras los españoles estamos de vacaciones en este verano del 2013, el Gobierno del Estado trabaja intensamente a favor del oligopolio energético. En los últimos tiempos ya lo ha hecho a favor de los bancos como en el caso Bankia y, en general, la llamada crisis financiera que todos negaban, Banco de España incluido. Analiza la estafa regulatoria que nos quieren colar.
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"Contra esta forma injusta de proceder sólo es posible la desobediencia energética y continuar adquiriendo kits de autoconsumo para ser libres frente a los abusos del oligopolio eléctrico."
ANTES DE LA REFORMA SOLAR...
Existían tres tipos de instalaciones:
1- Instalación conectada a red:
En esta instalación lo que no se consume se iba por la red, por lo que se obligaba a que la instalación solar se dimensionara con el consumo de la casa (si consumías 2Kw, máxima instalación de 2Kw) para que no vertieras nada o casi nada a la red de fuera.
Obligatorio tener 1 contador de 2 sentidos ya que si es de un sentido y es digital encima te contaba lo que dabas como si lo consumieras (si es de 1 sentido pero analógico no te cuenta pero estabas obligado a cambiarlo para legalizarla), lo que consumías lo pagabas como siempre (además de la parte fija de la factura) y lo que dabas lo perdías.
La situación de este tipo de instalación era legal y tenias que hacer un papeleo inmenso casi como si fueras una planta generadora (proyectos, certificados, permisos a industria) además de tener que comunicárselo a la compañía eléctrica y que te diera permiso también (tiempo estimado de 10 meses). Si no lo hacías te llevabas multa si te pillaban (no se dé cuanto, pero creo que no llegaba a ser de millones de euros).
2- Instalación semiaislada:
En esta instalación tenias un aparato que cuando se acababa la energía de las placas solares te cambiaba a la red eléctrica de la compañía. Siempre sin que se solaparan las dos líneas por lo que nunca se vierte nada hacia la red de fuera. Es lo equivalente a que tuvieras una red solar aislada y cuando se te acaba la energía de esta un mayordomo te la desenchufa de la red de casa y te enchufa a casa la red de la compañía.
Se llama semiaislada porque es lo mismo que una red aislada que cuando se acaba la cambias por la de la compañía eléctrica. Como no das nada hacia fuera no tienes que cambiar de contador. Lo que consumes de la compañía lo pagabas siempre (además de la parte fija de la factura), pero como no dabas ya que lo almacenabas en batería no perdías si estas no estaban llenas. Podías instalar cualquier potencia hasta 10Kw.
La situación de este tipo de instalación era alegal y se consideraba igual que una red aislada. Papeleo solo para realizar la obra de la instalación sin necesidad de darte de alta en industria y sin avisar a la compañía eléctrica.
Como observareis, este tipo de instalación es muy peligrosa para las compañías eléctricas ya… » ver todo el comentario
www.cne.es/cne/doc/publicaciones/cne80_13.pdf
Atención a cómo empieza el informe:
Esta Comisión considera que el plazo para informar la Orden por la que se actualizan los peajes
de acceso es insuficiente, máxime teniendo en cuenta que para analizar la suficiencia de los
peajes de acceso propuestos se hace necesario conocer el impacto de las diversas propuestas
normativas recibidas en la CNE para informe con plazo superior al de la propuesta de Orden.
Esta Comisión considera que debería haberse tramitado previamente la normativa del marco
retributivo de las actividades reguladas, que justifica la variación introducida en los peajes de
acceso de la propuesta de Orden, así como disponer de una valoración económica en detalle de
cada medida en el cuadro de costes del sistema previstos para 2013 de la memoria que
acompaña.
Me pregunto: si el organismo supuestamente independiente que debería vigilar estos atropellos reconoce que no ha tenido ni tiempo ni información para mirarse esto...
... ¿PARA QUE COJONES PAGAMOS A TODA LA BANDA DE LA CNE? ¿QUIÉN VIGILA REALMENTE ESTE CHIRINGUITO?
En definitiva, si queréis energía solar tendréis que abandonar la ciudad e ir al monte con un buen terreno donde montar las placas solares en aislada, si queréis estar legales.
Un saludo
1. A los efectos del presente real decreto se entiende por hibridación la generación de energía eléctrica en una instalación utilizando combustibles y/o tecnologías de los grupos o subgrupos b.1.2, b.6, b.7 y b.8, de acuerdo a los tipos y condiciones establecidos en el apartado 2 siguiente.
b.1.2 Instalaciones que utilicen únicamente procesos térmicos para la transformación de energía solar...
b.6. Centrales que utilicen como combustible principal biomasa procedente de cultivos energéticos...
b.7. Centrales que utilicen como combustible principal biogás ....
b.8. Centrales que utilicen como combustible principal biomasa procedente de instalaciones industriales del sector agrícola...
#17 Según el RD solo se permiten algunas variaciones de hibridación de las anteriores generaciones de energía expuestas, por cada instalación. Supongo que si lo ponéis como instalaciones por separado una y otra no habrá problemas. Pero claro, si son instalaciones separadas no podréis almacenar ni distribuir la energía por el mismo circuito, por lo que no se si al final sale rentable sin puentear ilegalmente las dos instalaciones.
Estos ciudadanos que quieren que mejore su sociedad sin molestarse un poquito...
Entiendo entonces que si tienes un par de placas y no inyectas a la red jamás de los jamases, también hay que pasar por el aro de dar de alta la instalación y pagar peaje de respaldo. Mi idea era poner como 250W en placas para cubrir el consumo "de fondo" (nevera, termo y cuatro cosas), asegurándome de no inyectar jamás, y pensaba que así me libraba, pero veo que no.
Esperaremos a tiempos mejores, mientras tanto SomEnergia y, sobre todo, votar en consecuencia.
en esta otra
Inflada a negativos por sensacionalista, ASI FUNCIONA MENEAME.
Se privatiza el sol en España: si te pillan recogiendo fotónes, te pueden caer hasta 30 millones de euros...
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