No se entiende que pueda haber una excepción a eventos y celebraciones religiosas relacionadas con las fiestas patronales, incluso contradiciendo el propio decreto. Si la cuestión no fuera tan seria, daría lugar a ironías diversas, que de momento, no las expresamos. Además del texto se deduce que se refiere, exclusivamente, a celebraciones católicas, lo que conllevaría un hecho aun más grave, ya que supone una discriminación con respecto a la diversidad y pluralidad de creencias.
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