Este reglamento tiene cuatro objetivos principales. En primer lugar, mejorar la eficiencia de la Administración electrónica. Para ello, se facilita el derecho de los ciudadanos a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas; la obligatoriedad de relación electrónica de las personas jurídicas y de algunas categorías de personas físicas; y la tramitación electrónica de los procedimientos como actuación habitual de las Administraciones Públicas.
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etiquetas: sector público , medios electrónicos , transformación digital
Es verdad que este año de pandemia le ha dado un empujoncito a mucha gente para intentarlo y no tener que hacerlo presencialmente, pero en este país nos queda mucho camino por recorrer para conseguir que la Administración sea digital y accesible a todo el mundo.
como hacer login con la cuenta de facebook o google,
pero si es complicado de usar el dnie o certificado digital para un usuario,
no quiero ni imaginar para una administración que lo tiene que integrar en su web.
- Solicitar la carta de invitación:
Todo correcto, hice la solicitud y en tres días tenía la carta en casa.
- Registrarme en el sistema:
Tampoco tuve problemas. Me creó el pdf con mi código personal.
Una vez registrado, tardó un par de horas en llegarme un SMS diciendo que ya estaba añadido a la base de datos.
- Solicitar la Cl@ve Permanente:
Todo era muy fácil (sorprendentemente fácil), así que el problema tenía que llegar y llegó en este paso. Voy a la página que me indica el pdf:
clave.gob.es/activar
Relleno el formulario con mis datos y añado el código personal que viene en el pdf. Al instante me llega el SMS con otro código que debo añadir en el siguiente paso. Meto el código y la página se queda cargando... cargando... y al final un mensaje que dice: "El servicio solicitado no se encuentra disponible en estos momentos. Disculpe las molestias."
Así unas cuantas veces. Esta mañana mando un correo electrónico desde la página de ayuda y me responden una hora después:
Buenos días. El error que nos describe ha sido reportado a los responsables del Servicio para su revisión. Le rogamos disculpe las molestias. Por favor reintente el trámite transcurridas unas horas ya que quedará resuelto en el menor tiempo posible. Reciba un cordial saludo.
Pues nada. A esperar. Esta tarde vuelvo a intentarlo y me encuentro que clave.gob.es/activar me devuelve lo siguiente:
Mensaje
Aplicación Cerrada temporalmente.
Motivo
La aplicación Serv Usuario Pass y Certificado se encuentra en estado cerrado. Motivo : En estos momentos los servicios de gestión de Cl@ve Permanente no se prestan con normalidad por causas ajenas a Seguridad Social. Estamos trabajando para restablecerlos. Disculpen las molestias. La fecha prevista para la próxima apertura es: 06/04/2021 15:00.
Y ahora toca esperar a que activen (esperemos) el servicio el día 6 de abril. Suerte que la gestión que me llevó a iniciar la solicitud de mi cl@ve no es urgente.
Te recomiendo que pidas cita en la FNMT de tu zona y lo hagas de forma presencial. En este enlace informan sobre los lugares donde puedes acudir:
mapaoficinascert.appspot.com/
Lo que nos íbamos a reir si alguien pilla la clave y le entra al afectado a cambiar la declaración del IRPF poniendo, por ejemplo que ha tenido unos ingresos de unos milloncejos de un premio.
¿a quién no les van a quitar los chiringuitos?
¿qué chiringuitos?
Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.
2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
3. Reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
La verdad es que me emociona No sabía que iba a salir. No os imagináis la lucha que tenemos (algunos) desde dentro para implantar esto. Aquí se resisten como gato panza arriba...curiosamente los que más, los externos contratados para llevar el registro de documentos, igual temen que los despidan. Además de que la gente tiene querencia al papel, el problema es que el software no está suficientemente avanzado y da muchos problemas para hacer las comunicaciones electrónicas. Por suerte algunos jefes quieren modernizarse y apoyan que empujemos, pero hasta ahora ha sido un tema muy individual, porque no hay órdenes claras desde el gobierno.
#19 Como en tiempos de pandemia no me apetece dar muchas vueltas, voy a esperar a ver si solucionan el problema con cl@ve.
Si no, pues habrá que probar por esta vía.
Pues todo esto reemplaza a personas. Y hablando de personas aun hay las que al ser mayores o no tienen conocimientos estan varadas en "limbos".
Yo nunca me he hecho Cl@ve (o si me la he hecho, no me acuerdo) y todos los trámites electrónicos con la administración los hago con el certificado de la FNMT. Nunca me he encontrado con ninguno que exija Cl@ve y no acepte el certificado. Hay que decir que el proceso de crearlo/renovarlo también da problemas a veces, pero luego tienes varios años de tranquilidad hasta que toca la siguiente renovación.
También se pueden hacer los trámites con el DNI-e y un lector de plástico de los chinos que cuesta cuatro duros. Una vez quise usarlo (me había caducado el mencionado certificado de la FNMT y quería hacer un trámite rápido antes de renovarlo), pero con eso perdí un tiempo recuperando la clave para luego descubrir que el certificado que lleva dentro el DNI-e estaba caducado y creo que no era trivial renovarlo. Así que sigo con el certificado digital para todo.
¿recuerdas cuando cualquiera pudo acceder a todos los casos del sistema de justicia? Y tardaron semanas en solucionarlo
Cuando ha pasado eso con el login de facebook/google/apple? Nunca
#22 Para acceder a mis datos médicos he tenido que ir a la policía a que me diesen una nueva copia de mi dnie, porque el dnie 2.0 ya está desfasado y la web no aceptaba el certificado digital, obliga a usar el dnie 3.0
La complejidad en el uso no añade mas seguridad
No querrás darle tus datos médicos a Facebook o a Google , ¿verdad?
Para la mayoría de trámites es suficiente con el certificado de la FNMT, como aconsejan usar en otros comentarios y no suele dar problemas.
Para datos de salud suelen exigir más seguridad , como tener que usar el DNIe.
Pero esto se hace por normativa europea.
Y los servicios básicos de un país no pueden depender de empresas extranjeras con servidores seguramente ubicados también en el extranjero.