El Ministerio de Trabajo y Economía Social quiere aprobar próximamente una nueva ley que regule el teletrabajo para garantizar que aquellos trabajadores que voluntariamente acepten esta modalidad no sufren una merma de ingresos o de derechos laborales. Así figura en la consulta pública que ha publicado el Ministerio en su página web como paso previo para la elaboración de un proyecto normativo consistente en la modificación y elaboración de las condiciones para prestar trabajo por cuenta ajena a distancia. Los interesados en enviar sus [...]
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etiquetas: teletrabajo , gobierno , regulación
Durante la cuarentena por ejemplo, en mi trabajo que hay una parte de retos y bonuses, se ha parado por completo por lo que, al gasto personal que conlleva trabajar desde casa, se suman menos ingresos. No es ni mucho menos un caso dramático pero me da por pensar la de otros casos más graves que habrán sufrido otros trabajadores....
Yo prefiero trabajo presencial, pero en mi sector eso solo está en Madrid o Barcelona, y ya intenté vivir en Madrid y es imposible.
Pero como dije antes, para mi, el principal problema del teletrabajo es que tu horario es 24/7
Por lo menos en la empresa donde trabajo dejaron de usarlas porque los resultados no eran nada buenos y al final costaba más arreglar el desaguisado y el cabreo del cliente que lo que te ahorrabas. También es cierto que hay fábricas indias "buenas", pero te cuestan casi lo mismo que hacerlo aquí.
Además de los problemas de comunicación (y eso que en India el inglés decente) estaban los problemas de diferencia de horarios.
De repente los jefes se han dado cuenta por la fuerza de que esto funciona razonablemente bien. Y por otro lado, que pueden alquilar la mitad de oficina que tenían antes: unos cuantos puestos de trabajo, salas de reuniones y algún despacho para los jefes. Y se ahorran una pasta.
Que el trabajador esté más o menos feliz les da igual. Pero ahorrar pasta es otro tema.
El resultado no fue el esperado, la gente se puso las pilas, sí, pero en buscar trabajo, los senior con más experiencia se largaron, la empresa se quedó sin leads, y casi sin seniors, yo de aquella era junior y me acojoné, la cosa fue cuando llegó la prueba de china, no había por donde cogerla, era un curre de inferior calidad al de un becario, los dueños se pasaron meses buscando otras empresas, y hasta un año después no repusieron a los senior, los que contrataron cobraban mucho más que los que se fueron.. y el proyecto se retrasó casi un año..
También tuvieron mala suerte, cuando soltaron la amenaza acababa de abrir una empresa del mismo sector y buscaba gente...
Eso sí..mucho dinero tirado y algin ascenso inmerecido.
Sólo estoy para urgencias.
Es más,..aclaro .cierro el ordenador del trabajo y enciendo el personal..y a veces continuo una o dos horas en la misma silla, pero está vez para mí, con mi ordenador y sin atender email o slack de trabajo.
Siempre he tenido un horario bastante libre. Básicamente, llego al trabajo de 9 a 10, almuerzo entre 45 y 90 minutos y me voy a casa entre las 6 y media y las 8. Un día trabajo 7 horas y al otro hago 10.
A veces trabajo en casa, otras en vista. Esporádicamente me tomo un día de fiesta y lo recupero el fin de semana.
Y ahora tengo que andar entrando en una puta página web a qué hora entro y a qué hora salgo y cada día me salta una alarmita, por trabajar poco o por trabajar mucho. Y ni a mí ni al señor que me paga nos importa una mierda si hago 40 horas o no, ni como las hago.
Espero estar equivocado.
Que tendrá que ver lo que habla la noticia con facilitar los despidos.
Pero como lo normal es que ya esté tributando por su salario en su país de origen, existen lo que se llaman "tratados de doble imposición", que se firman entre países, y España ha firmado con todos los países de la UE, y es para evitar esto, que puedan haber dos países que te reclamen que les pagues a ellos los impuestos.
#23 Lo normal es que sus impuestos los pague donde esté localizada la empresa para la que trabaje
Y ciertos tipos de trabajo es hasta perfecto, unos desarrollar y hacer una versión de un programa y al acabar su jornada despliegan y otro grupo empieza su jornada y testear etc.
Para algunos tipos de trabajo es hasta mejor.
De la historia anterior, se puede entender que si los jefe solo tienen intereses en el sector IT no habrá problemas en la empresa a niveles altos para ir empujando al trabajador a esa modalidad...pero creo que hoy en día, cualquier cárnica tiene varias patas a nivel de interés - de lo que deduzco que la modalidad no tendrá una tasa alta de estabilidad.
Todo lo contrario, están encantados, supongo, al ver que todos los idiotas estamos currando mucho más por el mismo sueldo.
Lo máximo que he echado de más es media hora y porque se alargó una reunión importante. Y recuperé ese tiempo y listo.
La legislación a nivel europea es clara... eres residente fiscal de facto en el país en el que físicamente estés más días en un año.
Si tú trabajas para una empresa radicada en Alemania, y has pasado 200 días de un año en España, estás obligado a pagar tus impuestos (el IRPF, para entendernos) en España. Y si no lo haces estás cometiendo una ilegalidad bajo las leyes españolas y probablemente alemanas.
Para las empresas es distinto, y mucho más restrictivo de hecho. Si tú trabajas 1 sólo día en otro país (siendo la clave el haber realizado trabajo, no simplemente ir de fin de semana), la empresa debería según la letra de la ley pagar los impuestos (la seguridad social, para entendernos) en ese país. En su día leí que había excepciones (cierta gente que por la naturaleza de su trabajo se tienen que desplazar frecuentemente a otros países), pero en general la regla es esa. La diferencia con el trabajador es que es a partir del primer día, y que es proporcional por los días que se trabajen, a diferencia de los impuestos del trabajador que es todo o nada.
Ahora bien, otra cosa es que se haga... y por eso normalmente cuando te vas a España a teletrabajar, lo haces de "estrangis" con conocimiento de tu jefe coleguilla y sin notificar a recursos humanos. Porque si tú o tu jefe les pregunta, no te dejarán por las implicaciones de pagos de impuestos y el lío que ello les supondría.
CC #23
Eso se debe medir de alguna manera, aquí es donde se relacionará con la productividad y muchos tendrán la excusa perfecta para despidos.
Además ten en cuanta que cuando empezó el estado de alarma, ha prohibido los despidos. Así que no se entera mucho de lo que firma la ministra de trabajo.
Lo que se habla en esta noticia es de regular el teletrabajo dentro de España para evitar abusos y posiblemente legislar requerimientos de las empresas (eg. si tienen que pagar el ordenador, internet, etc.., que no se pueda discriminar subidas u otras cosas por trabajar desde casa...). Lo que tú planteas son casos de gente que se muda de país y quiere seguir trabajando para la misma empresa, para eso entra la legislación que yo comentaba. El gobierno no va a tocar eso, principalmente porque tampoco podría.
Sobre tu amigo, ese mismo caso lo he visto en varias ocasiones. Todas menos una, fallido. Las opciones (legales) para un trabajo "normal", se reducen a:
1) Se le hace un contrato nuevo con condiciones nuevas en la filial española.
2) Se hace autónomo o crea una empresa, y factura directamente a la empresa para la que trabaja ahora, pagando sus impuestos en España.
Después, pues no...
Potencialmente podemos quejarnos, sí, de si hay horas extra. Otra cosa es demostrar que te han pedido que las hagas y no que la persona está a más del 100% de capacidad, por ejemplo.
Intuyo que si queremos teletrabajo, mejor negociarlo antes de que saquen esto y posiblemente desincentiven que se acepte. Aunque aún así, luego revisarán esos acuerdos y veremos si no los anulan por no salirles a cuenta.
En poco tiempo buscarán las facultades de informatica de rumania y ya está.
Una cosa es que uno se organice la vida para no gastar más y otra que la empresa te obligue a no gastar más. A esto también se puede contestar que antes te podías ahorrar pasta viviendo en un piso patera y no lo hacias...
Cuando alguien lleva un buen retraso, puede mirar la legislación de otros que ya lleven un tiempo con el tema y a los que les haya dado tiempo de probarla y pulirla. Se copia, se adapta y se publica. Rápido y muchas veces la mejor solución.
Y si vamos a temas de despliegues, igual o peor porque ni conocen ni les importa. No saben lo que realmente es importante, no distinguen entre una entrega de mierda de una entrega que si no se hace bien puede repercutir en tu negocio gravemente. Y aunque lo digas, les importa una mierda ¿y por qué? Porque todos los clientes les dicen lo mismo. Pero ninguno pone dinero para el extra de cariño porque para pagar más no salen fuera.
Susceptible es, la realidad es mucho más jodida. Empezando por los accesos. Aquí (España) tenemos fibra en casi todos sitios. Si haces videoconferencia con otros países es un dolor (y eso dentro de Europa) y si te vas a otro continente ya te da la risa.
Por lo que mover grandes cantidades de datos se hace complejo. Después cada país tiene unas costumbres y fiestas, un idioma y aunque sea América Latina escribir allí documentos que se van a leer aquí queda muy extraño y hay que adaptarlos con la consiguiente pérdida de tiempo.
No es tan fácil.
El primer caso es contratación normal de la de toda la vida, pero con teletrabajo. El segundo, es subcontratación y responde a una lógica totalmente diferente, de empresa que contrata a empresa, y los trabajadores de la empresa subcontratada pueden teletrabajar o no, pero eso es irrelevante. Y el tercero dudo siquiera que se pueda dar con la legislación actual, porque ¿dónde, cómo y cuánto cotizaría ese trabajador? ¿A qué legislación laboral se somete? ¿Cómo regulas sus vacaciones, su salario, etc.? Si acaso, este tercer caso habría que regularlo... prohibiéndolo. Pero es que lo mismo ni se puede hacer hoy por hoy...
Y te diré otra cosa: en cualquier caso, a la mayoría de las empresas te aseguro que no les va a salir más rentable un equipo de trabajo en el tercer mundo, ya sea teletrabajando o presencialmente. El coste será menor, pero los resultados son inaceptables. En el proyecto en el que estoy se trabaja con gente de Egipto, India y Marruecos, y los pobres son unos inútiles, no saben hacer ni la o con un canuto. De hecho, el cliente le tiene prohibido a las consultoras que trabajan para él, que externalicen servicios a otros países, porque el cliente lo hace y sabe lo mal que funciona.
El único motivo por el que no ha dejado de trabajar con estas personas es por lo barato que le sale, pero sólo se ocupan de ciertas tareas muy concretas, y aun así de no haber aquí en España un grupo de profesionales con más conocimientos y habilidad, las cosas no funcionarían.
Así que yo no le tengo ningún miedo al teletrabajo, y mucho menos algo como lo de que pueda terminar provocando que el trabajo se desplace a otros países, que es algo que de todas formas no tiene nada que ver con el teletrabajo.
Lo que descubrió la empresa que mencionas no es "que el teletrabajo abarataba costes", sino que la externalización abarataba costes, que es muy diferente.
Y lo más importante, puedes aspirar a cobrar más, cosa que en una ciudad pequeña es harto difícil. Y todo lo que cobres de más son ahorros.
Está regulado el número de horas de trabajo. Está regulada la obligación de fichar para controlar cuántas horas se trabajan.
Compensar gastos derivados, bien, pero habrá que justiificarlos. Equipo de trabajo, mobiliario, internet, electricidad... ¿hasta qué punto son gastos de trabajo?
Y aunque sería justo que el ahorro en desplazamiento no cuente (ya que rara lo ha asumido la empresa), será raro que no entre en la ecuación.
La regulación que me parecería útil es la de dar al trabajador el derecho a elegir teletrabajo si el puesto lo permite. Y si el tiempo de desplazamiento se incluyera en la jornada laboral, no digo ya el coste, cambiarían muchos puntos de vista.
La parte de accidentes, para alguien que está en casa en una silla... no digo que no pueda haberlos, pero me parece menor.
Y además, nos quitamos los in itinere.
Esa es la base máxima de cotizacion ahora mismo, bastante lejos de los 37k. Y si, si que va a variar y más después de los ajustes que se harán.
Y si, subirá el alquiler, pero el alquiler no es el 100% del sueldo. Si tengo unos ahorros del 50% (por decir algo) y me suben el sueldo acorde con el IPC al igual que el alquiler la subida también la tengo en los ahorros. Y si has comprado, más ahorro todavía porque la cuota no va a subir en función del IPC y si tienes hipoteca fija ya si que no hay duda.
A parte de gastos, también están las condiciones. En la oficina están obligados a unos mínimos y máximos de temperatura, por ejemplo. En mi casa yo no tengo ni calefacción ni aire. Trabajar en agosto desde mi casa va a ser maravilloso.