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La Guardia Civil sanciona por exceso de velocidad a un agente que acudía a una llamada de urgencia por maltrato

Un vehículo de la Guardia Civil sufrió un accidente en Gran Canaria mientras se dirigía a detener, con carácter urgente, a un presunto autor de malos tratos hacia su pareja. El conductor fue castigado con “falta grave”, y la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) recurrirá la sanción. Además, los airbags no saltaron después del choque.

| etiquetas: guardia civil , sanciona , exceso , velocidad , agente , maltrato , llamada
  1. Pobre guardia. Con "compañeros" como esos, quién necesita peligrosos jipis manifestándose...
  2. Habría que ver que ha pasado... porque es mejor llegar unos minutos tarde que no llegar.
  3. Tienen que llegar al cupo de multas sea como sea xD xD xD
  4. Reglamento general de circulación sobre vehículos prioritarios.

    ARTÍCULO 67. Vehículos prioritarios.

    Tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando se hallen en servicio de tal carácter. Podrán circular por encima de los límites de velocidad y estarán exentos de cumplir otras normas o señales en los casos y con las condiciones que se determinan en esta Sección (artículo 25 del texto articulado).

    www.race.es/seguridadvial/formacion-race/en-caso-de-emergencia/vehicul
  5. #4 Se refiere en cuanto a maniobras, el exceso de velocidad no se contempla. Te lo digo como Guardia Civil, la situación a llegado a casos tan irrisorios que si el delincuente me va 20km mas rapido que la via le digo adios con la mano. Logicamente no me voy a jugar mis lentejas si el sistema no me las protege.
  6. #4 Te has olvidado algo...
    ARTÍCULO 67. Vehículos prioritarios.
    Tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando se hallen en servicio de tal carácter. Podrán circular por encima de los límites de velocidad y estarán exentos de cumplir otras normas o señales en los casos y con las condiciones que se determinan en esta Sección (artículo 25 del texto articulado).
    Los conductores de los vehículos destinados a los referidos servicios harán uso ponderado de su régimen especial únicamente cuando circulen en prestación de un servicio urgente y cuidarán de no vulnerar la prioridad de paso en las intersecciones de vías o las señales de los semáforos, sin antes adoptar extremadas precauciones, hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se disponen a facilitar la suya.
  7. #7 No olvidé nada, está todo en el enlace...pa eso lo puse. Ponemos todo el código de la dgt para que no se nos olvide nada de nada??

    DJ Matices xD
  8. #6 Pues el reglamento dice " Podrán circular por encima de los límites de velocidad y estarán exentos de cumplir otras normas o señales en los casos y con las condiciones que se determinan en esta Sección " mientras no se ponga en peligro a nadie.
  9. #9 Si siempre que no suponga un peligro para los demás... luego te piñas y el juez dice que era un peligro para los demás y a pagar el coche de patrulla el coche implicado, mobiliario o lo que pillases y sanción del cuerpo... y mañana vuelves a patrullar con una sonrisa.
  10. Típicos piques entre compañeros de curro :troll:
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menéame