La Agencia Tributaria dejará de sancionar a los contribuyentes por errores leves e involuntarios, tal y como reclamó el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) en una sentencia del pasado 28 de noviembre en la que recordaba que existe el "derecho al error".
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De todas formas, lo de los pequeños errores ya se hacía de forma más o menos informal, pero dependia del funcionario de turno. Por ejemplo, en una ocasión confundí un sujeto con otro (mismo nombre, distinto DNI) y en otra cometí un error en una delcaración informativa. En ambos casos hice la corrección correspondiente, explicando el caso y no me sancionaron, aunque podrían haberlo hecho.