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El juez acuerda que los policías de ‘la patada en la puerta’ sean juzgados ante jurado

El juez acuerda que los policías de ‘la patada en la puerta’ sean juzgados ante jurado

Los seis policías nacionales que el pasado marzo derribaron con un ariete la puerta de un domicilio en Madrid donde había varios jóvenes de fiesta están más cerca de sentarse en el banquillo por allanamiento de morada. Al no contar con el "consentimiento de los moradores" ni con "autorización judicial", considera que "hay sólidos indicios de la concurrencia del delito de allanamiento de morada" castigado con "inhabilitación absoluta de seis a doce años" y hasta con tres años de prisión si se considera que en la actuación ha habido violencia

| etiquetas: patada , puerta , vivienda , autorización , judicial , policía
  1. ¿Rociito? :shit:
  2. Ahora solo hace falta un jurado con pulseritas rojigualdas como requisito imprescindible.
  3. pues francamente uno esta hasta los cojones de que hijoputas se rian de klos demás y que no les vengan consecuencias...

    Y me refiero a los de la fiesta
  4. Que apechuguen.
  5. #3 Las "desventajas" de vivir en un estado de derecho, amigo....
  6. #5 ¿De derecho o de libertinaje?

    Yo creo que deberia haber una regulación que no permita tanto sinverguenza... que entre estos y ladrones apañao va el pais
  7. #2 con pulseras de cualquier.color. desconfío de los jurados populares. Ni creo que los ciudadanos debamos entender de leyes. Si han transgredido la ley,.como parece, que se les aplique lo que proceda.
  8. #7 Lo policías opinan lo mismo que tu, por eso han sorteado al juez.
  9. #8 eso parece
  10. La verdad es que yo no entiendo lo de los jurados populares. Si hay algún jurista que me resuelva la duda de por qué son necesarios, por favor.
  11. #6 Vox aprueba este comentario. :troll:
  12. Bueno pudieron hacerlo legalmente, haber llamado a la puerta o haberles denunciado al salir. En otro caso haber pedido una orden de entrada y registro, que no se les hubiera dado sin indicios suficientes de delito. Son policías y deben conocer que es lo que pueden y lo que no pueden hacer sin saltarse las normas. El delito es grave, pero su delito es mucho más grave por haber actuado siendo policías de servicio. No tienen excusa y ahora serán juzgados y espero que sean condenados y en todo caso expulsados de la policía. Y a los incívicos festeros, desgraciadamente, no se les podrá sancionar administrativamente, los tribunales han anulado casi todas las normas, y penalmente será difícil si no incurrieron en delito alguno.
    La policía está para cumplir la ley, no para quebrantarla y menos quebrando posibles derechos fundamentales, aunque pretendían hacer cumplir unas normas, no podían saltarse para ello ninguna y mucho menos de ese orden.
  13. #3 Si hubieran actuado bien alomejor eran los de la fiesta los juzgados.
  14. #10 por dos motivos:

    - lo recoge la Constitución

    - no realizan ninguna función jurídica, sino de valoración de pruebas.

    Un juez valora si cree el testimonio del testigo A o B o del perito A o B libremente, algo para lo que no existe preparación alguna y que de hecho no puede ser ni siquiera objeto de recurso. Ningún licenciado en derecho está más preparado que tú para valorar quién dice la verdad y quién miente, porque no es eso lo que han estudiado.

    Esta es la manera que tienen los privilegiados de este país de librarse de la acción de la justicia: "Fulanito estaba al corriente de todo", no me lo creo y no hay ninguna otra prueba que me sirva, ¡hala!, pues archivado el procedimiento contra Fulanito.

    Pregunta a Manuel García Castellón, que hay más de 100 menciones a María Dolores de Cospedal en la operación Kitchen y el ilustrísimo magistrado no ve ninguna prueba válida
  15. Tirar la puerta no se si era legal o no. Pero de lo que estoy muy seguro que la misma actuación que no sea en el barrio de Salamanca estarían en el juzgado los reunidos en el piso y no digamos si el caso se produce en Alsasua o similares

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  16. #12 Creo que a los fiesteros les han imputado por desobediencia a la autoridad, pero igualmente es un abuso porque es el comodín usual de agentes que no saben hacer su trabajo bien y sólo quieren castigar.
  17. #15 lo que me preocupa no es que estén menos preparados para valorar quien dice la verdad y quien no sino la falta de objetividad. Creo que un juez es, por lo general, más imparcial que la mayoria de personas. De hecho el ser humano responde mejor a las emociones que a la logica
    Ejemplo el caso de Dolores Vázquez
  18. #17 Igual los festeros salen absueltos, puesto que los policías perdieron su legítima autoridad al comportarse de esa forma.
  19. #8 totalmente de acuerdo, es tan evidente que se van a escapar pof el jurado de idiotas que van a poner
  20. #6 existe, se llama, llamar sl juez, o esperar q salgan, o llamar al propietario, hay alternativas, pero no entrar sin orden
  21. #7 #8 #10
    Se entiende que se hace porque es un derecho constitucional, ya que la Constitución garantiza la participación de los ciudadanos en la Justicia.
    El Jurado se utiliza para delitos concretos, que figuran en la ley (antes estaba incluido el de incendios forestales, lo quitaron hace un tiempo). Este lo juzga el Tribunal del Jurado porque así lo dice la ley, y no hay ningún tipo de conspiración (el Juez de Instrucción está obligado a declararlo así, el titular es manipulador porque da a entender que fue una elección del juez y eso es falso).

    Este delito siempre lo juzga un Jurado, con la única excepción de que el caso lo llevase la Audiencia Nacional, que en este caso ni de lejos.

    Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado.

    Artículo 1.

    Dentro del ámbito de enjuiciamiento previsto en el apartado anterior, el Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal:

    a) Del homicidio (artículos 138 a 140).
    b) De las amenazas (artículo 169.1.º).
    c) De la omisión del deber de socorro (artículos 195 y 196).
    d) Del allanamiento de morada (artículos 202 y 204).
    e) De la infidelidad en la custodia de documentos (artículos 413 a 415).
    f) Del cohecho (artículos 419 a 426).
    g) Del tráfico de influencias (artículos 428 a 430).
    h) De la malversación de caudales públicos (artículos 432 a 434).
    i) De los fraudes y exacciones ilegales (artículos 436 a 438)
    j) De las negociaciones prohibidas a funcionarios (artículos 439 y 440).
    k) De la infidelidad en la custodia de presos (artículo 471).


    Además de eso, el Jurado sólo valora el caso y emite veredicto (culpable o no culpable). La pena y los aspectos técnicos los lleva un Magistrado, que es el que preside el Tribunal.

    El Jurado tampoco puede hacer lo que le dé la gana, siguen teniendo que atenerse a la ley para valorar las pruebas y demás circunstancias.
  22. #22 gracias por tu comentario. Ha sido muy instructivo
  23. Me da la impresión de que los han echado a los pies de los caballos
  24. #18 se ve que vas poco al juzgado.

    Y el ejemplo de Dolores Vázquez, una mujer llevada a juicio por un juez profesional, no por un jurado y acusada por la Fiscalía profesional con una investigación de la Guardia Civil
  25. #12 A mi me sorprende que realizaran dicha acción de por idea propia, sigo pensando que alguien emitió orden interna desde arriba para dar validez a esas acciones.
    Siendo ya funcionarios del Estado, lo que menos haces es meterte en marrones.
  26. #13 Para que luego vengan los de siempre a decir que los jueces son de derechas o más.

    Ante casos complejos no lo veo, pero para casos simples es interesante que al menos la gente participe.
  27. #27 Es muy probable lo que dices, si no eran unos descerebrados, es que cumplían órdenes, pero deberían haber conservado la orden en algún formato. Aunque en principio las conversaciones por radio tendrían que estar grabadas. Si no se defienden así es que son culpables por propia iniciativa, o las pruebas no existen porque se hayan destruido, o es que están dispuestos a salvar a algún jefe (aunque esto último no es muy comprensible).
  28. #29 elpais.com/espana/2021-03-30/la-policia-se-ampara-en-una-orden-interna

    En el último párrafo lo indican lo que tú insinúas.

    Y aún así, me da que hay cierta "interpretación" por parte de una persona que no es entendida en leyes, ya que hay un conflicto de leyes obvia, y como ya ha pasado con el confinamiento y el estado de alarma, alguien interpretaría que si es válido ya que se tenía que hacer algo.

    Además, que parece un poco estúpido que un polícia, llevando unas cámaras propias, grabes una ilegalidad :-S
  29. #18 Un jurado formado por jueces.
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