El juez que instruye el 'caso Negreira', el magistrado Joaquín Aguirre, ha incorporado hoy a Joan Laporta a la investigación del 'caso Negreira' con la condición de investigado (lo que antes se llamaba "imputado"). El juez lo ha notificado a Laporta y al resto de las partes hoy por la mañana a través de un escrito donde explica los argumentos de su decisión y emplaza al presidente del Barça a buscar a un abogado que le represente a partir de ahora en el caso.
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¿Seguro que en España ese delito existe?
No me lo puedo de creer.
Vaya tela.
El juez cree que Negreira "ejercía funciones públicas", ya que la Federación Española de Fútbol, de la que depende el Comité Técnico de Árbitros, tiene esta categoría y por eso cree que el ex vicepresidente se debe equiparar a un funcionario público
No sé por qué te empeñas en difamar al juez tan alegremente.
www.realcafebernabeu.es/presidentes-del-fc-barcelona-que-han-estado-en
Desde luego Rubiales no era funcionario y ese si que cobraba, menos lo es Negreira
Lo dicho, no sé por qué el difamar a este juez que solo hace su trabajo.
Ojo al comunicado de la federacion
La RFEF no puede ser calificada como un organismo de derecho público. A pesar del esfuerzo argumentativo realizado por el Ilmo. Juez Instructor para concluir que la RFEF es un organismo público, tanto del ordenamiento jurídico aplicable español como del europeo se infiere la naturaleza jurídico-privada de la RFEF, pues en modo alguno reúne todos los requisitos exigidos para ser calificada como organismo de derecho público", añade.
Según el recurso que llega a calificar de "exótica" la argumentación de instructor, "carece de sentido que a nosotros se nos excluya del procedimiento y, en cambio, la Liga siga en el procedimiento pese a tener la misma naturaleza jurídico-privada que la RFEF, si bien ambas entidades tenemos intereses diferentes en función nuestros respectivos ámbitos competenciales".
www.publico.es/deportes/juez-imputa-joan-laporta-caso-negreira-pagos-b
Supongo que sabremos pronto quién tiene razón
Flipando con esta gentuza. Luego se las darán de dignos e indignados si sale una noticia en la que Florentino se tira un pedo apestoso en un ascensor lleno de gente. Y encima no lo reconoce.
Fonsi Lolaiza es un moderado al lado de los de menéame.
O sea, deseas que se desmorone todo el jucio porque no quieres que el Barcelona sea condenado por sobornar a los árbitros aún teniendo los pagos de esos sobornos.
De verdad que flipo con vosotros. Absolutos fanáticos.
Son todos unos mandriles.
Es que quitando a Don Nicolau Casaus que era todo un señor, vaya club de corruptos.
PD: El club siempre a tenido pesimos gestores económicos internos, ser directivo del mismo es un deporte de riesgo.
Por otro lado, lo que me sigue sorprendiendo del tema este es que no ha aparecido hasta el momento, que yo sepa, la preceptiva autorización que Negreira tenía que haber solicitado a la FEF y ésta tenía que haber concedido, para poder hacer negocietes con un club de 1ª o 2ª, que está establecida estatutariamente
En un escrito al que ha tenido acceso laSexta, la defensa de Josep María Bartomeu alega que la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) es una entidad de naturaleza privada que cumple las siguientes funciones:
- Queda sujeta al régimen jurídico privado pues no forma parte, como hemos visto, del sector público.
- El personal que trabaja en la RFEF lo hace con contratos laborales y, por tanto, vinculados al régimen jurídico privado, no el funcionarial.
- Los actos derivados de la RFEF quedan sometidos a la jurisdicción ordinaria, no a la jurisdicción contenciosa - administrativa pues no forman parte de su ámbito de aplicación, tal y como señalan los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En definitiva, concluyen que la RFEF y el Comité Técnico de Árbitro (CTA) constituyen "una federación deportiva, es decir, una entidad asociativa privada" cuyo objeto es el "fomento, la organización, la reglamentación, la protección, el desarrollo y la práctica, en el conjunto del territorio del Estado, del fútbol en todas sus especialidades".
La defensa de Bartomeu también también señala en su escrito que el auto de Aguirre "no especifica las razones por las que el Ilmo. Sr. Magistrado Instructor decide ese cambio, pero cabe suponer que lo es debido al nulo resultado de la investigación, dirigida a demostrar que algún árbitro fue influenciado por el Sr. Enríquez, siguiendo un plan urdido por él mismo y el FC Barcelona".
El escrito defiende que el juez ha buscado la calificación alternativa del cohecho para no cerrar la causa por corrupción entre particulares. "La manifiesta carencia probatoria parece haber llevado a la necesidad de modificar la calificación para poder mantener viva la causa. Pero ni los denunciantes o comparecientes han podido aportar prueba alguna, ni las indagaciones policiales han conseguido dar con el menor rastro probatorio que diera sustento de esa idea inicial de la existencia de un delito de corrupción en el deporte, lo que ha devenido en una mera conjetura carente prueba", señala el escrito de los abogados del expresidente culé.
“El auto del ‘caso Negreira’ es totalmente artificioso”
www.mundodeportivo.com/futbol/fc-barcelona/20230930/1002078920/auto-ca
Este tipo de abusos de poder suponen un fraude de ley ya que adultera el proceso de instrucción. El problema es que se está poniendo la investigación al servicio de su certeza y se preordena la prueba a su sospecha. Como no le ha sido posible al juez llegar a la corrupción deportiva, se ha encaminado a la corrupción pública. Hay una fisura estructural clara”.
Tanto la guardia civil tras meses de investigación como el juez dicen con pruebas justamente todo lo contrario: que mentís.
¿Del hijo tienes algo? ¿Por qué llevaba en coche a los árbitros y los acompañaba hasta el Nou Camp? Seguro que ahora saltas diciendo que era porque tenía una gasolinera y le sobraba carburante
Por cierto el Fútbol CLUB Barcelona es un club de sus socios. Un Presidente no puede, ni debe moralmente pagar a nadie ni metido en la Federación ni por el pago de unos informes CON EL DINERO DE SUS SOCIOS y sin emitir factura alguna.
¿En serio no entiendes lo que significa 'a efectos penales'?
"Se considerará funcionario público a todo aquel que por disposición inmediata de la Ley, por elección, o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas", reza la jurisprudencia del Tribunal Supremo, detallando que "es un concepto aplicable a efectos penales, como se desprende del mismo precepto, que es diferente del característico del ámbito administrativo, dentro del cual los funcionarios son personas incorporadas a la Administración Pública por una relación de servicios profesionales y retribuidos regulada por el Derecho administrativo".
Ahí lo llevas.
Si es que son las risas. Cometen un delito y se autodenuncian.
Cuando Hacienda pidió pruebas de la función por ellos, el Barcelona se negó y pagó la correspondiente multa. Porque no hay ni una sola razón por la que el FC Barcelona ha untado secreta y clandestinamente (prueba es que nadie en el CTA ni en la RFEF ni fuera del FC Barcelona sabían que el vicepresidente estaba a sueldo del Barcelona a la hora de cumplir su función) que no sea soborno.
Es más, Negreira reconoció a Hacienda que el Barcelona le untaba para asegurarse que le piten bien.
El soborno o cohecho existe también si esa persona pese a no ser funcionario, realiza una función pública. Como son los miembros de la RFEF. De la cual ya hay bastante jurisprudencia.
El primero es Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) relativa a un conflicto que se dio en la Federación de Fútbol italiana. En la que éste considera que las Federaciones de Fútbol establecen tres requisitos: 1º La entidad ha sido creada específicamente para satisfacer necesidades de interés general. 2º Está dotada de personalidad jurídica propia, como es el caso. 3º Por último, está sujeta a la supervisión de una autoridad pública, como lo está con el Consejo Superior de Deportes (CSD), dependiente a su vez del Ministerio de Cultura y Deportes. Cabe destacar que las sentencias europeas son de obligado cumplimiento en España.
Dentro de nuestro país está la interpuesta por la RFEF a El Confidencial por la difusión de conversaciones privada de Rubiales. El juez de ese caso consideró a Rubiales como alguien que realiza una función pública, jurídicamente como un funcionario y sus conversaciones privadas las catalogó de "interés público".
Hablamos de que ya hay SENTENCIAS judiciales donde se considera a los miembros de las Federaciones, al menos jurídicamente, como funcionarios públicos.
¿En serio pensabas que el juez no tiene ni idea de leyes y tú eres más listo?
www.mundodeportivo.com/futbol/fc-barcelona/20230930/1002078920/auto-ca
www.elconfidencial.com/espana/2023-03-10/barca-fc-barcelona-hacienda-c
"En concreto, la Inspección Fiscal pidió a la entidad deportiva "copia de las facturas y de los medios de pago utilizados, descripción de la naturaleza de los servicios prestados y su relación la actividad de la entidad", así como "el contrato de prestación de servicios" que justificaba las transferencias y el acuerdo adoptado previamente por los órganos de gobierno del club para autorizar esos encargos.
El Barça contestó a ese primer requerimiento entregando las facturas emitidas que había recibido de las dos mercantiles investigadas, Dasnil 95 SL y Nisdal SCP, pero no aportó más documentos. En el concepto figuraba que ambas empresas habían prestado al club servicios de "asesoramiento de vídeos". Hacienda requirió entonces al club para que identificara a los "profesionales, técnicos o personal auxiliar que habían desarrollado esos servicios, así como copia de los vídeos, documentos o informes en los que se concretaron esos trabajos". No hubo respuesta, según explica la Fiscalía en la querella. El Barça no pudo entregar ningún nombre o archivo que demostrara que esos servicios reflejados en la factura realmente se prestaron. Las dos sociedades eran en realidad propiedad de Negreira, como acabó descubriendo el Ministerio Público en sus pesquisas".
Vamos, que hubo facturas, pero falsas.
Y no, no ha dicho que Negreira fuera funcionario público, no inventes, ha dicho que era funcionario a efectos penales.
Ya si no entiendes la diferencia entre uno y otro te remito a mi post #57