El magistrado da la razón a un trabajador en una sentencia que deberá extenderse al conjunto del funcionariado. El juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Ceuta ha reconocido el derecho de un funcionario a percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 correspondiente a los servicios efectivamente prestados durante el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2012 y el 14 de julio del mismo año, sin perjuicio de las retenciones y descuentos que proceda efectuar
|
etiquetas: extra , juez , funcionarios
una ley que aplique retroactividad normalmente, es ilegal (acaba siendo inconstitucional)
los peperos con su mayoria absolutista pueden cambiar la ley, pero los efectos solo se deberian aplicar a partir de cambiarla, no antes. ellos cambiaron la ley un 14 de julio, con lo que los derechos de paga generados antes no podian eliminarlos, y lo hicieron...