El juez Adolfo Carretero ha incidido en un auto dictado este martes en la "gravedad" de los hechos investigados en la causa abierta contra Luis Medina y a Alberto Luceño por una presunta estafa al Ayuntamiento de Madrid en la compra de material sanitario al tener lugar "en el momento más álgido de la pandemia" cuando había "miles de fallecimientos diarios", una operación en la que los comisionistas se habrían embolsado hasta seis millones de euros.
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Estando todos en incertidumbre y con miedo, sin embargo, estos hijosdeputa aprovecharon para saquear las arcas públicas de sanidad, dinero que necesitábamos para más material médico de urgencia y que, tal vez por esa carencia, murieron personas solas y asfixiadas.
Hijosdeputa es poco.
www.elcorreo.com/sociedad/salud/tuberias-solidarias-vitales-coronaviru
Que guillotina nos hace falta...
Lógicamente.
Un castigo ejemplar hacia ellos es lo que más me gustaría en estos momentos.
Están haciéndose los indignados pero como siempre el juez es de la 'familia':
www.meneame.net/story/adolfo-carretero-juez-conservador-escandalo-masc
Cara de adamantium. Y saldrán de rositas...
Que por cierto, cuando te embargan bienes materiales los puedes seguir usando, nadie se los lleva.
Hay que echar a esta gentuza del país y expropiar todas sus propiedades.
1º.- Recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.
2º.- Se perpetre abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte, algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial de cualquier clase.
3º.- Recaiga sobre bienes que integren el patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.
4º.- Revista especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.
5º.- El valor de la defraudación supere los 50.000 euros, o afecte a un elevado número de personas.
6º.- Se cometa con abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional.
7º.- Se cometa estafa procesal. Incurren en la misma los que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el juez o tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero.
8º.- Al delinquir el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Capítulo. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.
Creo que cumple tres de los supuestos, así que el agravante es claro.
Y qué coño, por el bien de la estatua esa de una señora con los ojos vendados y una balanza en la mano, que deje de coger polvo.
Nuevamente vamos a ver como en america ruedan cabezas cuando esto pase por chanchullos similares pero con un daño inmensamente menor para el estado, igual que en las subprime, mientras que aqui se ira todo dios de rositas y encima se les recompensara electoralmente.
1.- los juzgarán?
2.- en el caso de que los juzguen, cuando?
3.- en el caso de que los juzguen antes de que haya prescrito todo, devolverán un céntimo?
Lo demás, pamplinas