Después de un proceso de divorcio y debido a no abonar la pensión del hijo, el juzgado embarga la prestación de desempleo de un padre separado dejandolo con 20 € para vivir. Imagen de la Sentencia debajo del post explicativo.
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etiquetas: juzgado , padre , separado , pension , alimenticia , embargo , desempleo
O este señor miente o sus abogados son pésimos.
1- Si su situación cambió, tiene derecho a que se revise.
2- Si su hijo trabaja por cuenta propia, como bien dice, y es mayor de 18 años ya no es obligatorio el ingreso de la pensión de alimentos.
3- Tan ilegal es no pasar la pensión de alimentos como incumplir el régimen de visitas que imagino tendrá.
4- Los embargos de la nómina nunca pueden abarcar todos los ingresos de la persona, tienen que dejarle lo suficiente para subsistir ( el SMI).
Por otro lado, como bien han dicho, esto tiene su origen en el machismo de asignar a la mujer el rol de cuidadora sin capacidad de ganarse la vida, y no en la feminazismo. Que algunos sois demasiado cuñados con vuestra orgullo de machos (y soy hombre, y abogado).
Ese es el verdadero problema no que sea pensión alimenticia y/o similar. Da igual el porqué. Otros les embargan deudas con Hacienda o de Seguridad Social.
Y por cierto, a la hora de tener hijos, responsabilidad y saber si puedes mantenerlo el resto de tu vida. No somos conejos.
En parte por eso lo envio, es mas se ve en la imagen de la sentencia que indican que es la prestacion por desempleo y la cuantia.
Pero como demagogia queda bonito
1- Le asignaron a la hija una pensión de alimentos de 200€
2- El exmarido no le pasó la pensión ni el primer mes.
3- desde que denunció hasta que salio el juicio paso año y medio.
4- En el juicio solo pudo reclamar lo adeudado hasta la fecha de la denuncia. Para el resto había que volver a denunciar.
5- Una vez condenado y acordando pagar la deuda poco a poco con la mensualidad
6- vuelta punto 2 hasta que a la segunda o tercera vez mi familiar pasó de denunciar más.
La justicia parece ser uniformemente injusta y premiar a los caraduras. Mucho victimismo veo por aquí de un tiempo a esta parte.
LOL. Machismo, dice. Es un logro feminista. Al menos en el mundo anglosajón.
en.wikipedia.org/wiki/Caroline_Norton
en.wikipedia.org/wiki/Tender_years_doctrine
Aunque claro, la forma más fácil y directa que tendría el feminismo de combatir ese machismo que asigna a la mujer el rol de cuidadora sería exigir la custodia compartida por defecto. No veo que hagan mucho ruido con ese tema. De hecho cada vez que les veo abrir la boca es para oponerse:
2.bp.blogspot.com/-7F-GrExiKts/UbdwMxLRI8I/AAAAAAAABG0/yzapVaUhWZ0/s64
Ahora dime: ¿Ignorancia o maldad?
A tomar por culo, esto no es Facebook, aquí sobran las páginas de copi-pega.
PS: flipo con los sufridores comentaristas de esa web, asumo que son quinceañeros (o no estarían en esa mierda de web) pero todos hablan como cuarentones amargados y cínicos.
Y aunque afecte más a hombres también hay muchas mujeres con su prestación o sueldo birrioso embargados. La ley no distingue ente hombres y mujeres respecto a pensión alimenticia a los hijos.
Para mi la fuente adjuntando los datos que adjunta es tan valida como cualquier otra.
Hemos de escoger cómo queremos configurar la sociedad en el presente y futuro.
Vaya remedio
Como he comentado por el momento es lo que hay, ya se vera si alguien publica algo mas, o no...
Lo de si es "normal" no lo puedo valorar. He visto personas que han ido de listas para engañar a los juzgados (pidiendo que no le domiciliemos la nómina para que no le embarguen el dinero de la cuenta, aunque siempre les pillan), y son bastante "normales".
Yo no doy por sentado nada, también a mi me resulta un poco raro, pero la sentencia esta ahí. Y la vida puede dar muchas vueltas fácilmente. Yo mismo vivo en un sitio "supuestamente" de ricos y en realidad no tengo casi ni para la comida.
Una búsqueda en Google, te dará el facebook de esa persona. La fecha es del 6 de Septiembre. Buscas un poco en su muro y encontrarás el enlace que buscas.
A mi me ha llevado un minuto.
Una deuda de la seguridad social, por ejemplo, es embargable.
El 3 de septiembre dice que es socio de 2 cotos, no sé lo que cuesta eso, pero yo la idea que tengo de persona desesperada es otra.
Un seguro, licencia de caza, coto, etc no tiene por que ser un lujo de la ostia.
Lo que te digo, la historia me parece rara, pero bueno supongo que el tiempo dirá si es como él lo pinta o no.
Encantada y espero que tu situación mejore.
Lo mismo ocurre con los embargos de Seguridad Social por ejemplo, que tiene su propia Ley Orgánica, y su. propias reglas para embargar.
Artículo 607. Embargo de sueldos y pensiones.
1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional.
Dice "cuantía del SMI". Usa SMI como unidad de medida, pero da igual que los ingresos sean de un salario, de una pensión pública o de una prestación por desempleo.
En #5 parece que afirmas que no, y es lo que trato de decirte.