Etxebizitza Sindikatua de Galdakao denuncia, arropados por decenas de vecinas de la localidad, la amenaza de desahucio que sufren dos familias del municipio bizkaitarra y la falta de voluntad de las entidades financieras a negociar
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"El artículo 47 no se encuentra en el Capítulo I de la Constitución, el cual está consagrado a los derechos fundamentales y las libertades públicas, sino en el Capítulo III, que trata de los principios rectores de la política social y económica.
Como consecuencia, el artículo 47 no cuenta con las garantías procesales y sustantivas.
La carencia de garantías sustantivas implica que las restricciones a este derecho no están reguladas obligatoriamente por una ley específica.
Y la falta de garantías procesales supone que no está amparado por los apartados 1 y 2, del artículo 53 del a Carta Magna. Esto implica que no se trata de un derecho que vincule a todos los poderes públicos para su cumplimiento. Además no habilita, en caso de incumplimiento, para que la persona afectada pueda ampararse ante el Tribunal Constitucional. "
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