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León de la Riva aprueba contratos hasta 2019 a pesar de estar "en funciones"

León de la Riva aprueba contratos hasta 2019 a pesar de estar "en funciones"

El Partido Popular ha utilizado la mayoría absoluta que tenía en la anterior legislatura para adoptar acuerdos que afectan a contratos del área de Servicios Sociales. En la comisión de Bienestar Social del Ayuntamiento de Valladolid el PP ha aprobado en solitario la contratación de la gestión del servicio de estancias diurnas y estancias temporales hasta el año 2017. Pero hay casos más graves, como la contratación con una empresa privada del servicio de la Escuela Municipal Infantil El Globo hasta 2019.

| etiquetas: león de la riva , valladolid , alcalde , contrato
Comentarios destacados:              
#14 #2 Citando la ley, que he conocido gracias a @Mordisquitos hace un rato en otra noticia:

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El Artículo 39 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local dice que:

«1. El mandato de los miembros de los Ayuntamientos es de cuatro años, contados a partir de la fecha de su elección.

2. Una vez finalizado su mandato, los miembros de las Corporaciones cesantes continuarán sus funciones solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores, y en ningún caso podrán adoptar acuerdos para los que legalmente se requiere una mayoría cualificada.»
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  1. Trabajando sin descanso hasta el último minuto :shit:
  2. Inaceptable y carente de la más mínima ética y respeto por el siguiente partido que tenga que asumir, le atan de manos; habría que prohibir por ley (ya que de ética y moral estamos muy escasos, por cierto ¡cuánta falta hace una materia como Educación para la Ciudadanía quizás así) que un alcalde en funciones adopte decisiones que comprometan a futuras legislaturas, solamente a lo esencial para que el ayto. siga funcionando.
  3. Nulificar esos contratos no es inseguridad jurídica: es dejar claras las reglas del juego.
  4. Yo estas cosas no las veo normales. Debería de estar prohibido que un gobierno en funciones firme contratos de este tipo.
  5. Esto se puede considerar un pucherazo en toda regla, me voy pero te dejo con las manos atadas detrás de la espalda para cuando vuelva
  6. Otra de esas cosas que no serán éticas, pero son legales. >:-(
  7. "A pesar de" xD
  8. Marca España. Marca PP.
  9. #3 Y alguna denuncia por prevaricacion
  10. #9 of course 8-D
  11. #2 simplemente antidemócrata o lo que es lo mismo un fascista de tono y lomo.
  12. #1 La letra pequeña...  media
  13. Se derogan por ley extraordianria
  14. #2 Citando la ley, que he conocido gracias a @Mordisquitos hace un rato en otra noticia:

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    El Artículo 39 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local dice que:

    «1. El mandato de los miembros de los Ayuntamientos es de cuatro años, contados a partir de la fecha de su elección.

    2. Una vez finalizado su mandato, los miembros de las Corporaciones cesantes continuarán sus funciones solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores, y en ningún caso podrán adoptar acuerdos para los que legalmente se requiere una mayoría cualificada.»
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  15. #14 Gracias, entonces en su tiempo algunos han tenido un pelín de sentido común, entonces habrá que apelar a esa ley y si no dan marcha atrás hacer uso de ella.
  16. #12: Trabajar en hacer crecer mi ático.
    #Nota: se refieren al ático por el que fue juzgado y está pendiente de sentencia.  media
  17. Nulidad de pleno derecho por falta de capacidad para contratar y a otra cosa, como indica #14.
  18. Debería estar prohibido aprobar contratos desde 6 meses antes de las elecciones.
  19. #5 De eso por Baleares se tiene un poco de experiencia (Son Espases).
  20. #18 Yo, más que poner un límite hacia atrás lo pondría hacia adelante, que no se pueda contratar nada que no estuviera previsto antes de la convocatoria de elecciones y que no dure más allá de 6 meses después de las propias elecciones.
  21. #18 Lo que hay es que meter a los delincuentes en la carcel.

    Recuerda que a Al Capone le pillaron por estafar a hacienda. Por mucho que sea legal, si tiras de la manta seguro que hay cargos de sobra para juzgar y condenar.

    Eso es lo que no se hace, juzgar y condenar. Aquí el fiscal general es el abogado de la monarquia.
  22. #20 Eso no puede ser así nunca, porque las obras tienen unos plazos de ejecución y los proyectos hay que hacerlos completos.

    Tu proyectas una depuradora de residuales, y no vas a ir haciendo un tramo cada 4 años. Preparas el proyecto completo y le asignas la parte del presupuesto anual que le corresponda. Esto es un simple ejemplo.

    Lo que hay que hacer es pedir transparencia total y absoluta en las cuentas. Que todos los ciudadanos pueden auditar y ver las cuentas de todas y cada una de las administraciones, así no habrá dudas acerca de si los contratos son fraudulentos o no.
  23. #14 A parte de eso ¿habría delito, no?
  24. Deberían de meterlos, por defecto, a todos en la cárcel. Depués, irlos sacando poco a poco y a medida que fueran demostrando su inocencia.
  25. Pa lo que me queda en el convento, me cago dentro.
  26. Huyendo con el botín que puedan, trincando hasta el último segundo. Hasta los bolis y los clips se llevarán.

    Puro estilo PP :roll:
  27. #22 Estaría bien que se exigiese por ley que para firmar proyectos de más de 4 años haga falta más que una mayoría simple o absoluta. Eso sí que daría estabilidad a los contratos firmados.
  28. y eso ahora ....

    que de la mierda que hay debajo de la alfombra ... parece una montaña

    veremos un torrente de mierda
  29. #6 En España, el robar está legalizado.
  30. Hay que darle más difusión a estas cosas, es un insulto a la ciudadanía y un robo. Y no sólo denunciar al alcalde, sino a las empresas que aceptan los contratos.
  31. #14 La cuestión: ¿Hace falta un acuerdo en pleno para firmar un contrato? ¿Sabemos si esos contratos no habían sido ya acordados en plenos extraordinarios antes de las elecciones?

    Está claro que son unos cabrones, pero habrá que ver cuánto de chapuceros han sido.

    Si es cierto que incumplen esta norma, como mínimo se les puede acusar de prevaricadores.
  32. #14 estoy mirando esa Ley y el artículo 39 dice lo siguiente:

    Artículo 39.
    Los órganos forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya conservan su régimen peculiar en el
    marco del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma del País Vasco. No obstante,
    las disposiciones de la presente Ley les serán de aplicación con carácter supletorio.

    El que estoy mirando es la Ley Consolidada, es decir, incluyendo los cambios realizados por posteriores modificaciones en otras leyes.

    No he encontrado referencia a lo que tu expones en esta Ley

    www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392
  33. #4 Ya lo está, ver #14
  34. #22 Me parece que me he explicado mal. Me refiero a que no puedan firmar contratos a tiro de piedra de las elecciones que vayan más allá de, por ejemplo, 6 meses después de las elecciones. Si se hace 2 años antes de las elecciones, cojonudo. Si lo hacen en plan tierra quemada, no. Y añadiría que si hace falta pasarse de un X% del presupuesto de la legislatura se tenga que votar por los ciudadanos correspondientes (sea ayuntamiento, CA o estado).
  35. Me gustaría saber con qué empresas ha firmado esos acuerdos. También me gustaría animar a tomar determinadas medidas para hacerles saber que ser corruptor no debe salir gratis, pero la ley me lo impide.
  36. #14 Ese no es el artículo correcto, más bien la normativa correcta. Hay que ir al 39, pero del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

    #32 es que está equivocado, lo estaba escribiendo mientras has dejado tu mensaje. Me alegro que lo hayas mirado, me congratula ver que no todo el mundo lee por leer.
  37. espero y deseo que estos contratos se anulen
  38. ¿Puede hacerlo? Es decir, esos contratos... ¿serían nulos al estar en funciones o son válidos?
  39. #1 La noticia es erronea. Las decision sobre la contratación de la gestión del servicio de estancias diurnas y estancias temporales se toma en la junta de gobierno del 15 de Mayo, ademas se da el visto bueno a un expediente de contratacion abierto, paso previo a un concurso. www.valladolid.es/es/ayuntamiento/notas-prensa/acuerdos-adoptados-junt.
    Al respecto de la Escuela municipal infantil ayer dia 26 se abrieron los sobres y la decision se toma el dia 9 de Junio, con lo cual no puede haber contratado aun a ninguna empresa. www.valladolid.gob.es/es/perfil-contratante/expedientes-contratacion/c.
    El nuevo equipo municipal tiene toda la potestad de paralizar o modificar ambos consursos.
    Toda la informacion en el portal de transparencia del Ayto.
  40. #36 para mi no tiene sentido que porque una persona diga que tal articulo de tal ley dice esto ya tenga que ser cierto, todos cometemos fallos y la mejor forma de corroborarlo es tirando del BOE.
    Por suerte (o por desgracia según se mire) por mi trabajo estoy acostumbrado a mirar el BOE prácticamente todos los días
  41. #6 no, si lo más grave es que no es legal! Mientras estas de gobierno en funciones solo tienes "servicios minimos". No puedes contratar, no puedes recalificar, no puedes hacer nada mas gordo que atender el mostrador y mantener el edificio en marcha.
  42. #37 Yo espero ademas que esas empresas que han firmado esos contratos de forma ilegal, saltandose la ley que deberían conocer, queden vetadas para cualquier futura relación con los ayuntamientos y autonomías.
  43. "Morir matando" o "morir robando" próximo eslogan electorla del PP para las generales.
  44. Aquí se roba hasta el ultimo segundo ... y se queman todos los papeles, en esto anda.
  45. Se ve que es un mal endémico en varios ayuntamientos(Madrid, Barcelona..). Como no había habido cambios en años no era necesario este zafarrancho de combate para firmar contratos casi de pie mientras cambian los muebles del despacho. Ésto debería estar prohibido perooooo...ya se sabe. Las leyes realmente necesarias para la ciudadanía son las que nunca se dictan.
  46. Yo soy más de Gerald de Rivia.
  47. #16 Tiene que tener la vesícula biliar echando humo... como la condesita. :-D
  48. #14 Tu gozo (y el mío) en un pozo. Esa ley no existe.

    www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392
  49. #49 #48 y #157

    Fue el usuario @macfly el que lo corrigió en su momento con el siguiente texto:

    -------

    Ese no es el artículo correcto, más bien la normativa correcta. Hay que ir al 39, pero del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

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  50. #50 #49
    Cierto. Lo siento. Comprobado.

    Esperemos que se aplique.
    Procedo a corregir mi comentario en la otra noticia. Gracias.
  51. #51 Hostia! No había visto que eras el mismo usuario...

    Menudo follón estaba montando con el corta-pega en el móvil! Primero he citado al mensaje 157 y luego me he dado cuenta de que eran noticias distintas. Cuando consigo hacerlo en ambos lados me entero de que eras el mismo en las dos noticias... jejejeje.

    Bueno, espero que haya quedado aclarado. Bailaría algún número en algún momento y @macfly nos puso a todos en la buena dirección.
  52. Aclarado, y gracias por sacarme de mi error.

    *capón
    ¡Aún queda esperanza @macfly!

    Si teneis mas de 35 pillais la broma. :-)
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