El Partido Popular ha utilizado la mayoría absoluta que tenía en la anterior legislatura para adoptar acuerdos que afectan a contratos del área de Servicios Sociales. En la comisión de Bienestar Social del Ayuntamiento de Valladolid el PP ha aprobado en solitario la contratación de la gestión del servicio de estancias diurnas y estancias temporales hasta el año 2017. Pero hay casos más graves, como la contratación con una empresa privada del servicio de la Escuela Municipal Infantil El Globo hasta 2019.
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etiquetas: león de la riva , valladolid , alcalde , contrato
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El Artículo 39 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local dice que:
«1. El mandato de los miembros de los Ayuntamientos es de cuatro años, contados a partir de la fecha de su elección.
2. Una vez finalizado su mandato, los miembros de las Corporaciones cesantes continuarán sus funciones solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores, y en ningún caso podrán adoptar acuerdos para los que legalmente se requiere una mayoría cualificada.»
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El Artículo 39 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local dice que:
«1. El mandato de los miembros de los Ayuntamientos es de cuatro años, contados a partir de la fecha de su elección.
2. Una vez finalizado su mandato, los miembros de las Corporaciones cesantes continuarán sus funciones solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de sus sucesores, y en ningún caso podrán adoptar acuerdos para los que legalmente se requiere una mayoría cualificada.»
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#Nota: se refieren al ático por el que fue juzgado y está pendiente de sentencia.
Recuerda que a Al Capone le pillaron por estafar a hacienda. Por mucho que sea legal, si tiras de la manta seguro que hay cargos de sobra para juzgar y condenar.
Eso es lo que no se hace, juzgar y condenar. Aquí el fiscal general es el abogado de la monarquia.
Tu proyectas una depuradora de residuales, y no vas a ir haciendo un tramo cada 4 años. Preparas el proyecto completo y le asignas la parte del presupuesto anual que le corresponda. Esto es un simple ejemplo.
Lo que hay que hacer es pedir transparencia total y absoluta en las cuentas. Que todos los ciudadanos pueden auditar y ver las cuentas de todas y cada una de las administraciones, así no habrá dudas acerca de si los contratos son fraudulentos o no.
Puro estilo PP
que de la mierda que hay debajo de la alfombra ... parece una montaña
veremos un torrente de mierda
Está claro que son unos cabrones, pero habrá que ver cuánto de chapuceros han sido.
Si es cierto que incumplen esta norma, como mínimo se les puede acusar de prevaricadores.
Artículo 39.
Los órganos forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya conservan su régimen peculiar en el
marco del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma del País Vasco. No obstante,
las disposiciones de la presente Ley les serán de aplicación con carácter supletorio.
El que estoy mirando es la Ley Consolidada, es decir, incluyendo los cambios realizados por posteriores modificaciones en otras leyes.
No he encontrado referencia a lo que tu expones en esta Ley
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392
#32 es que está equivocado, lo estaba escribiendo mientras has dejado tu mensaje. Me alegro que lo hayas mirado, me congratula ver que no todo el mundo lee por leer.
Al respecto de la Escuela municipal infantil ayer dia 26 se abrieron los sobres y la decision se toma el dia 9 de Junio, con lo cual no puede haber contratado aun a ninguna empresa. www.valladolid.gob.es/es/perfil-contratante/expedientes-contratacion/c.
El nuevo equipo municipal tiene toda la potestad de paralizar o modificar ambos consursos.
Toda la informacion en el portal de transparencia del Ayto.
Por suerte (o por desgracia según se mire) por mi trabajo estoy acostumbrado a mirar el BOE prácticamente todos los días
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392
www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-33252
Artículo 39
Fue el usuario @macfly el que lo corrigió en su momento con el siguiente texto:
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Ese no es el artículo correcto, más bien la normativa correcta. Hay que ir al 39, pero del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
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Cierto. Lo siento. Comprobado.
Esperemos que se aplique.
Procedo a corregir mi comentario en la otra noticia. Gracias.
Menudo follón estaba montando con el corta-pega en el móvil! Primero he citado al mensaje 157 y luego me he dado cuenta de que eran noticias distintas. Cuando consigo hacerlo en ambos lados me entero de que eras el mismo en las dos noticias... jejejeje.
Bueno, espero que haya quedado aclarado. Bailaría algún número en algún momento y @macfly nos puso a todos en la buena dirección.
*capón
¡Aún queda esperanza @macfly!
Si teneis mas de 35 pillais la broma.