La denominada ley ciclista, que pretende acabar con la impunidad de los infractores al volante evitando el archivo masivo de las causas penales y aumentar así la protección jurídica de las víctimas, especialmente ciclistas y peatones, quedó ayer definitivamente aprobada tras pasar por el Senado.
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"En lo sucesivo –precisó Lerma durante la presentación del dictamen– si el juez determina que hubo una imprudencia al volante y, como consecuencia de ella, se produjo una muerte o una lesión relevante, deberá ser calificada, como mínimo, de infracción menos grave y ser resuelta en vía penal."
En realidad se podría denominar "ley de protección de víctimas de accidentes, ya que incluye tanto ciclistas como peatones, y supone cambios muy importantes, evitando el archivo de expedientes cuando un juez por su ideología o su subjetividad archiva causas sin más. Añade también la posibilidad de que la administración actúe de oficio.
"Tal y como se recoge en el texto de la norma, esta modificación responde a la indefensión en la que se han encontrado peatones o ciclistas, víctimas de accidentes de tráfico, en atropellos por ejemplo, cuando pese a existir "indicios de imprudencia graves", se archiva la causa porque los tribunales los consideran "leves" y, por tanto, carentes de responsabilidad penal, aplicando los resquicios que deja la ley en su interpretación
...elimina la posibilidad de que el juez o el tribunal pueda subjetivamente apreciar la inexistencia de delito.."También obliga al levantamiento de atestado e investigación, cuando hasta ahora se podía desestimar por parte del juez " Del mismo modo, establece la obligatoriedad de la elaboración de atestado policial y su remisión a la autoridad judicial en los accidentes viales con resultado de lesión o muerte, de modo que el juez "siempre disponga del mismo para la valoración de la posible comisión de los delitos de lesiones u homicidio por imprudencia menos grave derivados de infracción grave de tráfico".
Aquí se recogen más matices en la presentación al Congreso.
www.europapress.es/sociedad/noticia-congreso-aprueba-modificar-codigo-
La DGT te da algunos consejos para evitar atropellos:
www.autobild.es/noticias/dgt-recuerda-como-caminar-carretera-evitar-at
¿Podéis proporcionar esos datos que indican que la mayor parte de los accidentes los peatones?... O es solo por culpabilizar a las víctimas.
Lo que se paga es el IVTM, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Ese es su nombre real, fuera de que coloquialmente se le denomine de circulación, el sello o como quiera llamarlo cualquiera.
El impuesto grava la tenencia de un vehículo con motor, no la "circulación".
Una silla de ruedas no es un vehículo de tracción mecánica, y también tiene derecho a circular por la carretera.